1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 6 de noviembre de 2024, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "La Nogalera 2025".
El día 8 de agosto de 2024, la Junta de Gobierno Local de Burlada acordó aprobar el proyecto para la restauración de ecosistemas fluviales y reducción del riesgo de inundaciones en entornos urbanos de Burlada «La Nogalera 2025», redactado por Krean S. Coop. que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, llevará implícito la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes comprendidos en ellos.
Con fecha 12 de agosto de 2024, publicado en el Boletín Oficial de Navarra el 29 de agosto de 2024, el Pleno del Ayuntamiento de Burlada ratificó la aprobación del proyecto acordada en la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de agosto de 2024, y aprobó iniciar el expediente para la expropiación de los bienes y derechos afectados por el proyecto para la restauración de ecosistemas fluviales y reducción del riesgo de inundaciones en entornos urbanos de Burlada "La Nogalera 2025".
Transcurrido el plazo de información pública, el pleno del Ayuntamiento de Burlada, en la sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2024, resolvió las alegaciones presentadas y aprobó definitivamente el proyecto mencionado, así como la relación de bienes y derechos afectados. Asimismo, acordó realizar la retención de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados y demás obligaciones derivadas del expediente expropiatorio y solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa. El anuncio de aprobación definitiva fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra en fecha 8 de octubre de 2024.
La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, se fundamenta en que Burlada se ha visto sometida a los efectos dañinos de las avenidas del río Arga de forma recurrente los últimos años. Los ríos Arga y su afluente Ultzama son ríos cuyas cabeceras están afectadas por precipitaciones acuosas y nivales. Los cambios bruscos climáticos provocan la suma de caudales provenientes de lluvias y deshielos; hecho que ha alterado el régimen de tránsito de avenidas en Burlada. Se trata de eventos que combinan intensidad y duración de la avenida que superaron el modelo de resguardo actual basado en una mota longitudinal dispuesta junto al cauce menor del río. Un análisis preliminar del sistema de defensas frente a inundaciones, puso de manifiesto que las alternativas continuistas consistentes en elevar más estas defensas (motas), están limitadas por la existencia de secciones críticas hidráulicas del tramo. El proyecto establece como objetivo general, a tenor de la vulnerabilidad de la trama urbana de Burlada frente a las grandes avenidas de río Arga, disminuir la presión antrópica sobre el cauce, sentando así las bases de una ciudad resiliente comprometida con el medio natural. Para la consecución de los objetivos del proyecto, así como para la obtención de ayudas europeas, es necesario terminar las obras y justificar la ejecución de todo el trabajo a la mayor brevedad posible.
El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por el Ayuntamiento de Burlada y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.
En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,
ACUERDA:
1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "Nogalera 2025".
2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.
Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Burlada.
4.º Trasladar el presente acuerdo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
Pamplona, 6 de noviembre de 2024.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Félix Taberna Monzón.
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