2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
AIBAR
Expediente de investigación de bienes en las parcelas catastrales 660-659 y 741-743 del polígono 9
El Pleno del Ayuntamiento de Aibar / Oibar, en sesión ordinaria celebrada en fecha 6 de septiembre de 2024, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación:
"Considerando que es voluntad de este ayuntamiento, proceder a ejecutar la resolución del TAN 217, la cual resuelve estimar parcialmente el recurso de alzada número 20-00559 interpuesto por don Guillermo Otano Guruchaga contra desestimación tácita por parte de este ayuntamiento de petición contenida en escrito de 27 de septiembre de 2019, sobre solicitud de inicio de expediente de investigación, deslinde y recuperación posesoria y de requerimiento para que se reponga a su estado anterior la acequia eliminada, por no ajustarse el acto presunto a derecho, en cuanto desestima de plano la iniciación de dicho procedimiento.
Visto que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 115 de la de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y 37 y 38 del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, corresponde a las Entidades Locales la facultad de investigar e inspeccionar la situación de los bienes y derechos cuya pertenencia a su patrimonio se presuma, a fin de determinar la titularidad de los mismos, estando todas las personas físicas o jurídicas de la Comunidad Foral, tanto públicas como privadas, obligadas a cooperar en la investigación e inspección.
Considerando que el acuerdo de iniciación del expediente de investigación debe expresar las características que permitan identificar el bien o derecho investigado publicándose en el Boletín Oficial de Navarra y en el de la Entidad Local, así como notificarse personalmente a los afectados por el que resulten conocidos e identificables.
Considerando que las personas afectadas por el expediente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al que deba darse por terminada la exposición en el tablón anteriormente mencionado, podrán alegar por escrito ante la Entidad Local cuanto estimen conveniente a su derecho, acompañando todos los documentos en que funden sus alegaciones.
Considerando el informe emitido por la Secretaría Municipal Accidental obrante en el expediente.
Visto que el ejercicio de la acción investigadora corresponde al Ayuntamiento Pleno, a la vista del artículo 22.2-j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En virtud de lo expuesto, el Pleno,
ACUERDA:
Primero.–Iniciar la acción investigadora de la franja de terreno de superficie aproximada de 1.000 m² que figura en el acta de reorganización entre las fincas de reemplazo 360-361 y 362-364, parcelas catastrales 660-659 y 741-743 del polígono 9 de Aibar / Oibar, por los motivos anteriormente expuestos y que se tienen aquí por reproducidos a todos sus efectos.
Segundo.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios municipal durante un plazo de quince días hábiles.
Tercero.–Notificar el presente acuerdo que se adopte a las personas directamente afectadas que resulten conocidas e identificables.
A tal fin, los interesados podrán alegar por escrito cuanto estimen conveniente a su derecho, acompañando los documentos en los que funden sus alegaciones, durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que finalice la exposición pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Cuarto.–Dar traslado del presente acuerdo a don Guillermo Otano Guruchaga, al Departamento de Presidencia e Igualdad del Gobierno de Navarra, y al Tribunal Administrativo de Navarra para su conocimiento y efectos".
Aibar / Oibar, 25 de septiembre de 2024.–El alcalde, Francisco Javier Martínez Aldunate.
Código del anuncio: L2416316