BOLETÍN Nº 228 - 11 de noviembre de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ALTSASU / ALSASUA

Delegación de alcaldía para celebrar matrimonio civil

Con fecha 2 de octubre de 2024 el alcalde de este ayuntamiento dictó la Resolución de Alcaldía número 1504/2024 cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Resolución de Alcaldía sobre de delegación de competencia para la celebración de bodas civiles.

Visto que de acuerdo con la normativa relativa a la celebración de matrimonios civiles la competencia para su celebración corresponde a los/as alcaldes/as de los ayuntamientos.

Visto que se considera conveniente que estas funciones de celebraciones de bodas civiles puedan ser desempeñadas por cualquiera de las/os concejalas/es del Ayuntamiento de Alsasua, ya que en ocasiones las personas contrayentes solicitan que dicha celebración sea oficiada por alguna/a de éstos/as.

Visto que por parte de la Alcaldía del Ayuntamiento de Alsasua no existe inconveniente en la delegación de la competencia para la celebración de matrimonios civiles.

Teniendo en cuenta el contenido de los artículos 23.4 y concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 43.4, 43.5, 44 y concordantes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aplicables en materia de delegación de competencias,

RESUELVO:

1.º Delegar la competencia para la celebración de bodas civiles en el Ayuntamiento de Alsasua en todas/os las/os concejalas/es del Ayuntamiento, para aquellas ocasiones en que así sea solicitado por las personas contrayentes.

2.º La presente delegación requiere, para su eficacia, la aceptación por parte de las/os concejalas/es interesadas/os, entendiéndose aceptada si en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la correspondiente notificación, no efectúan manifestación expresa en contrario.

3.º Notificar personalmente a las/os concejalas/es afectadas/os la presente resolución.

4. Dar cuenta al Pleno, en la primera sesión que se celebre, de la resolución adoptada, así como ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra el presente acto administrativo podrán interponerse los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Altsasu / Alsasua, 2 de octubre de 2024.–El alcalde, Javier Ollo Martínez.

Código del anuncio: L2415476

Hace cien años

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