BOLETÍN Nº 22 - 30 de enero de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ULTZAMA

Ordenanza reguladora del funcionamiento y utilización de las instalaciones del polideportivo municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Ultzama, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2023, aprobó inicialmente la "Ordenanza reguladora del funcionamiento y utilización de las instalaciones del polideportivo municipal de Ultzama."

El expediente se ha sometido al trámite de información pública mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial de Navarra número 236 de fecha de 14 de noviembre de 2023, tablón de anuncios y página web municipal, durante el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin que se hubiera presentado alegación alguna.

Por todo ello, habiéndose indicado así en el anuncio de la aprobación inicial, el acuerdo de aprobación inicial ha pasado a tener el carácter de definitivo y en cumplimiento del contenido del 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, se procede a la publicación del presente acuerdo y del texto íntegro de dicha ordenanza.

Larraintzar, Ultzama, 8 de enero de 2024.–El alcalde, Martín M.ª Picabea Aguirre.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE USO DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE ULTZAMA

Artículo 1.

Es objeto de la presente Ordenanza la regulación del uso y funcionamiento del polideportivo municipal del Ayuntamiento de Ultzama y sus instalaciones, situado en Larraintzar, calle San Pedro, 44 (Ultzama).

Artículo 2. Usos del polideportivo.

2.1. El Polideportivo Municipal Ultzama se utilizará para el ejercicio de los deportes propios de este tipo de instalaciones tales como futbol sala, baloncesto, balonmano, entrenamientos en interior (correr, colchonetas, espalderas...), etc.

El ayuntamiento podrá autorizar otras actividades de carácter social, cultural o deportivo que sean de interés municipal o vecinal.

2.2. Con el objeto de conservar en el mejor estado posible las instalaciones las personas que hagan uso del Polideportivo deberán utilizar el material y calzado adecuado para la práctica de las distintas modalidades que se desarrollen.

Queda prohibida la introducción de animales, el ejercicio de actividades y uso de materiales que puedan deteriorar las instalaciones como bicicletas, monopatines, vehículos a motor, y similares.

2.3. Se prohíbe comer en el Polideportivo.

2.4. Prohibido beber, salvo agua y bebidas isotónicas, refrescantes, etc., para deporte.

2.5. El público deberá de ubicarse en las gradas destinadas a ello. Está prohibido comer en las gradas y tomar bebidas, salvo agua.

Se podrá acceder al Polideportivo con vehículos para carga y descarga de material, previa autorización expresa para ello por parte del ayuntamiento.

2.6. Queda prohibido utilizar el Polideportivo como espacio de reunión informal.

Artículo 3. Personas/entidades usuarias del polideportivo.

3.1. Colegio Público: Para la realización de sus actividades en horario escolar.

3.2. Mancomunidad de Servicios Sociales de Ultzama: Para la realización de actividades organizadas desde la Mancomunidad. Se acordará la reserva de horas con el ayuntamiento.

3.3. Particulares: Personas particulares que previa reserva y pago del precio establecido hacen uso del polideportivo.

3.4. Grupos con "bonos de grupo": Estos son los grupos de personas que dispongan de bonos especiales para el polideportivo para su uso como grupo. En estos casos la llave del polideportivo se otorgará a un máximo de 3 personas por grupo. El ayuntamiento podrá establecer un límite de uso de días y/o horas semanales y de fin de semana, el cual se fijará anualmente junto al precio.

3.5. Otros: Personas particulares, clubes, asociaciones, colectivos, etc., que quieran usar el polideportivo para organizar actividades deportivas, culturales y/o actividades de otra índole con asistencia de público.

En estos casos, para contar con el permiso de uso, se deberá presentar una solicitud con al menos 15 días de antelación donde expongan la actividad a realizar, instalaciones que van utilizar (vestuarios, baños, luz, calefacción) y otros datos que sean de interés.

Aparte del cumplimiento de las normativas aplicables a la propia actividad, que será responsabilidad de la entidad o persona organizadora hacerlas cumplir, el Ayuntamiento podrá exigir el cumplimiento de medidas específicas y condiciones de seguridad (seguro propio de responsabilidad civil, plan de evacuación, etc.) en base al riesgo, el cual será evaluado por personal técnico municipal a partir de los datos aportados por la entidad o persona organizadora.

Artículo 4. Modo de acceso.

4.1. El ayuntamiento pondrá a disposición de las personas usuarias el sistema o modo de acceso al polideportivo, pudiendo ser éste una llave u otro formato (APP/Tarjeta/Clave/etc). En adelante en esta ordenanza nos referiremos al mismo como llave.

4.2. Las personas mayores de 14 años podrán solicitar la llave del polideportivo y utilizar las instalaciones, respetando siempre las reservas existentes y el orden propio del uso libre de las instalaciones.

4.3. Las personas menores de 14 años deberán estar acompañadas por una persona adulta que garantice su seguridad y asegure el cumplimiento de la normativa vigente. La persona adulta acompañante de menores de 14 años deberá permanecer en el polideportivo y velará por la seguridad de las personas menores a su cargo, y asumirá la responsabilidad del correcto mantenimiento y uso de las instalaciones.

4.4. La llave se podrá recoger en el Ayuntamiento de Ultzama tras rellenar el documento específico de reserva de la instalación.

4.5. La llave se devolverá al finalizar la actividad en el Ayuntamiento. En caso de que el horario de atención al público hubiera finalizado el personal del Ayuntamiento decidirá cómo realizar la devolución. El ayuntamiento podrá habilitar un buzón en la entrada del polideportivo para la entrega de la llave.

4.6. Las personas abonadas o que tengan reservas de larga duración tendrán derecho a llave de acceso al polideportivo, la cual tendrá que ser entregada cuando finalice la reserva.

4.7. En caso de pérdida de la llave o mecanismo de acceso al polideportivo, el ayuntamiento podrá cobrar a la persona usuaria la realización de la copia del mecanismo.

4.8. Cada persona usuaria tiene el derecho de formular las reclamaciones y sugerencias que estime pertinentes ante el Ayuntamiento de Ultzama por escrito.

4.9. La persona que realice la reserva será la responsable del cumplimiento de las normas de uso y mantenimiento de la instalación.

4.10. La llave es intransferible y cada persona usuaria es responsable de su llave.

4.11. Para acceder a las instalaciones se usarán exclusivamente los accesos/puertas correspondientes. Una vez finalizado el uso se deberán apagar todas las luces y cerrar las puertas.

Artículo 5. Horario de funcionamiento.

La Alcaldía, junto con la Comisión de Deportes y el personal técnico municipal de deportes, son quienes fijarán los horarios de funcionamiento los cuales estarán a disposición de las personas usuarias en la web del ayuntamiento.

Artículo 6. Reservas.

6.1. Colegio público. Para sus actividades, durante el curso escolar, estará reservado hasta el final de la jornada escolar. Se creará un calendario anual.

6.2. Actividades de la Mancomunidad de Servicios Sociales. La mancomunidad solicitará las horas de reserva con el ayuntamiento. Se publicará un calendario anual que podrá visualizarse en la web del ayuntamiento.

6.3. Grupos con "bono de grupo" La reserva será para los periodos de septiembre a junio y de julio-agosto. Se realizará rellenando el documento específico de reserva del polideportivo en el ayuntamiento. También podrá hacerse telemáticamente enviando por correo a la dirección de correo que el ayuntamiento publique en la web.

6.4. Reservas puntuales. Podrá realizar reservas de la pista, haciendo peticiones a lo largo del año. Deberá de realizar la solicitud con 2 días hábiles de antelación como mínimo.

Las reservas de larga duración se harán a partir de la primera quincena de septiembre.

Las reservas para el verano se harán en el mes de junio.

El ayuntamiento actualizará el calendario de reservas en la segunda quincena de septiembre de cada año. Para poder seguir disfrutando de la reserva de larga duración es necesario presentar nueva solicitud.

En caso de que coincidan en horarios de reservas distintas personas solicitantes se les convocará para intentar solucionar el problema y, en caso de que no se llegare a un acuerdo, se asignarán las horas mediante sorteo..

Las personas solicitantes de reservas de larga duración, en caso de que no vayan a hacer uso de la reserva, lo comunicaran al ayuntamiento para liberar esa franja horaria y que otras personas usuarias lo puedan solicitar.

En caso de que se solicitara reserva fuera de los periodos de reserva solo se otorgará en el caso de que hubiera horas libres.

6.5. El ayuntamiento se reserva el uso del polideportivo y sus instalaciones para las actividades que él mismo promueva, en solitario o en colaboración con otras entidades y/o asociaciones, y que tengan como objetivo el desarrollo social, cultural y deportivo de Ultzama.

Artículo 7. Otras instalaciones.

7.1. Vestuarios, duchas y baños.

Todas las personas usuarias tendrán derecho al uso de estas instalaciones. Será responsabilidad de las mismas cuidar el mobiliario, darle un mantenimiento adecuado, y una limpieza básica. En el caso de detectarse algún deterioro en el mobiliario se avisará al ayuntamiento.

El arreglo de las averías o roturas en el mobiliario, en caso de ser por un mal uso del mismo, será a cuenta de las personas usuarias.

El ayuntamiento podrá regular o cerrar el acceso a estas instalaciones por motivos sanitarios u otros de seguridad.

Igualmente, podrá cerrar o limitar el acceso a las misma por causa de obras, arreglos, tareas de mantenimiento, acondicionamiento o limpieza.

7.2. Calefacción.

Las personas usuarias que quisieran hacer uso de la calefacción deberán reflejarlo en la solicitud del uso del polideportivo. Para ello, las mismas abonarán al ayuntamiento la tasa correspondiente.

En caso de que las personas usuarias tengan un convenio con el ayuntamiento será el convenio el que regule el uso de la calefacción.

Será el personal designado por el ayuntamiento quien ponga en funcionamiento la calefacción.

7.3. Luz.

En caso de que las personas usuarias tengan un convenio con el ayuntamiento será el convenio el que regule el uso de la luz.

El resto de las personas usuarias tendrán a su disposición un monedero electrónico o sistema específico desde donde se activará la iluminación.

A la hora de abandonar las instalaciones se deberán apagar todas las luces.

7.4. Sala lateral.

Esta sala se destinará para actividades organizadas por el ayuntamiento o la mancomunidad, así como a actividades específicas como spinning, etc.

7.5. Cuartos de material.

El cuarto de materiales se regulará en los acuerdos y autorizaciones de reserva que se hagan con las personas usuarias.

Material cerrado en la jaula asignada: El ayuntamiento no se responsabilizará de la desaparición o robo del material.

En dichos lugares sólo se podrá guardar material y equipación deportiva.

Está prohibido el uso del material de otras personas usuarias, y la del propio ayuntamiento, salvo autorización expresa.

7.6. Despacho.

Estará destinado a personal del colegio público y a personal técnico o club que así lo solicite, argumentando la necesidad de ello. En cualquier caso se deberá de solicitar el uso de dicha sala.

Artículo 8. Tasas.

Los precios de utilización de las instalaciones serán los establecidos en la ordenanza municipal vigente reguladora de los tipos de gravamen correspondientes de las tasas, precios públicos e impuestos municipales.

El uso del polideportivo por entidades sin ánimo de lucro será gratuito siempre que las mismas no cobren entrada. Se deberá pagar la tasa correspondiente para el uso de luz y calefacción en caso de utilizar las mismas.

En las actividades de uso del polideportivo en los que el ayuntamiento sea colaborador la calefacción y la luz serán gratuitas.

Artículo 9. Régimen disciplinario: Infracciones y sanciones.

9.1. A aquellas personas que produjesen daños de forma voluntaria, tanto en la cancha como en las instalaciones anexas, se le impedirá el acceso y utilización del polideportivo durante un periodo comprendido entre los tres y cuatro meses, dependiendo de la gravedad de los hechos. Igualmente, las mismas tendrán la obligación de compensación por los daños y perjuicios ocasionados, si los hubiere.

9.2. En caso de utilización del polideportivo para usos distintos a los establecidos en el apartado 2.1. de la presente Ordenanza podrá considerarse como un incumplimiento de las obligaciones contraídas en el momento de la autorización, dando lugar a la obligación de restitución de los daños y perjuicios causados a las instalaciones por parte de la persona solicitante, en el caso de que los hubiere.

9.3. Hacer copias de las llaves del polideportivo estará considerado como falta o infracción muy grave.

9.4. Dejar las llaves del polideportivo a quien no tiene reserva o autorización de acceso será considerado como falta o infracción grave.

9.5. Corresponderá a la Administración Municipal la aplicación del régimen sancionador recogida en esta Ordenanza.

Artículo 10. De las faltas o infracciones.

–Son faltas o infracciones leves:

a) Utilizar el polideportivo sin contar con autorización o fuera del horario de reserva, por una sola vez en el periodo de tres meses.

b) No utilizar adecuadamente los servicios de los que disponen las instalaciones.

c) No comunicar de inmediato al personal o concejales/as del ayuntamiento los desperfectos o anomalías encontrados en las instalaciones.

d) No apagar la luz una vez se abandonen las instalaciones.

e) No cumplir con el horario establecido en el registro o solicitud de reserva.

–Son faltas o infracciones graves:

a) Permitir que otras personas no autorizadas utilicen el polideportivo sin previo conocimiento del ayuntamiento.

b) Causar graves daños en las instalaciones.

c) No informar de la perdida de la llave.

d) La reiteración de tres (3) faltas o infracciones leves.

e) No cumplir la sanción por faltas o infracciones leves.

e) Dejar las llaves del polideportivo a quien no tuviera reserva o autorización de acceso.

–Son faltas o infracciones muy graves:

a) La reiteración de tres (3) faltas o infracciones graves.

b) Causar daños muy graves en las instalaciones.

c) No cumplir las sanciones por las faltas o infracciones graves.

d) Hacer copias de las llaves del polideportivo.

Artículo 11. De las sanciones.

a) La comisión de las faltas o infracciones leves supondrá la prohibición de utilizar el polideportivo por un periodo de entre 1 a 3 semanas. Igualmente se deberán pagar de los daños y perjuicios causados, si los hubiere.

b) La comisión de faltas o infracciones graves supondrá la prohibición de utilizar el polideportivo durante un periodo de entre 3 semanas a 2 meses, según la gravedad, y el pago de una multa de 300 euros. Igualmente se deberán pagar de los daños y perjuicios causados, si los hubiere.

c) El incumplimiento de alguna de estas sanciones por faltas o infracciones graves y/o la comisión de faltas o infracciones muy graves supondrá la prohibición de acceder a cualquier instalación deportiva municipal durante el periodo de entre 2 a 4 meses, según la gravedad, y el pago de una multa de 600 euros. Igualmente se deberán pagar de los daños y perjuicios causados, si los hubiere.

Artículo 12. Del Procedimiento Sancionador.

Las sanciones se impondrán, en su caso, previo Expediente que será tramitado por el ayuntamiento de Ultzama siguiendo las normas del procedimiento administrativo establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y normativa de desarrollo de la misma.

El órgano competente para la imposición de las sanciones será la Alcaldía del Ayuntamiento de Ultzama.

Código del anuncio: L2400453