BOLETÍN Nº 202 - 4 de octubre de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 398/2024, de 16 de septiembre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, por la que se concede nueva autorización al Centro Privado Autorizado de "Mugarki Formación" por traslado de sus instalaciones, cambio de titularidad, cambio de su denominación específica y por la ampliación de su oferta de enseñanzas deportivas en las disciplinas Hípicas.

Visto el expediente instruido a instancias de la entidad EL TRISQUAL SLU, titular del centro Privado autorizado de Enseñanzas Deportivas "El Trisqual" de Cizur Menor, solicitando nueva autorización por el traslado de sus instalaciones al centro "Mugarki", situado en el Polígono Ordoki de Arizkun, por cambio de su titularidad, por modificación de su denominación específica y por la ampliación de su oferta de enseñanzas deportivas en las disciplinas Hípicas.

Conforme al procedimiento establecido en el Título III - Modificaciones y nuevas autorizaciones-del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra.

A la vista de los informes favorables del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, del Servicio de Infraestructuras Educativas y del Servicio de Inspección Educativa.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, y a propuesta del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TICs Educativas,

RESUELVO:

1.º Conceder nueva autorización, con efectos del inicio del curso 2024-2025, al centro privado autorizado de Enseñanzas Deportivas "Mugarki Formación" por traslado de sus instalaciones, cambio de su titularidad, cambio de su denominación específica y por la ampliación de su oferta de enseñanzas deportivas en las disciplinas Hípicas.

2.º Denegar al titular su solicitud para la implantación progresiva a partir del curso 2025-2026 de nuevos ciclos de enseñanzas de Formación Profesional, remitiéndole a solicitar de nuevo su autorización con 3 meses de antelación a la fecha prevista para su implantación y recordándole que la autorización de las enseñanzas Deportivas de Hípica para el presente curso está condicionada a la acreditación por parte del titular del cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigibles con carácter previo al inicio de su actividad lectiva.

3.º Indicar que los nuevos datos registrales del centro a partir del curso 2024-2025 serán los siguientes:

–Código de centro: 31014992.

–Titular: "Mugarki Formación, Sociedad Civil" con CIF: J71507073.

–Denominación Genérica: Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas.

–Denominación Específica: "Mugarki Formación".

–Domicilio: Edificio Mugarki, Polígono 47 - Parcela 236.

–Localidad: Arizkun, CP 31713.

–Municipio: Valle de Baztán.

–Enseñanzas y capacidad máxima autorizadas:

Enseñanzas Deportivas, con las siguientes especialidades:

  • Técnica/o deportiva/o en disciplinas hípicas de "Salto, doma y concurso completo": 2 unidades, una unidad del ciclo inicial y 1 unidad del ciclo final, con una capacidad máxima de 20 alumnas y alumnos por unidad.
  • Técnica/o deportiva/o en disciplinas hípicas de "Resistencia, orientación y turismo ecuestre": 2 unidades, una del ciclo inicial y una del ciclo final, con una capacidad máxima de 20 alumnas y alumnos por unidad.

4.º Señalar al titular que debe organizar los ciclos solicitados conforme a la estructura organizativa y curricular que determine el Departamento de Educacion, y que debe garantizar los adecuados y suficientes puestos para la realización de la fase de formación práctica de los ciclos inicial y final de enseñanzas deportivas. Para ello, en el plazo de los 15 días naturales, empezados a contar a partir de la recepción de la notificación de la presente autorización, deberá presentar instancia dirigida a la Dirección de Planificación e Integración de la Formación Profesional adjuntando la relación de empresas con las que haya acordado o prevea acordar los puestos para la realización de la formación práctica del alumnado de las unidades solicitadas, y el modelo de convenio para la realización de la formación práctica que utilizará, en el que expresamente se señale que no existe posibilidad de abono económico ni contraprestación o donación alguna por parte del centro ni del alumnado por la realización de la formación práctica curricular.

5.º Recordar que el acceso a estas enseñanzas precisa, además del cumplimiento de unos requisitos académicos, la acreditación de unos requisitos específicos de la modalidad deportiva correspondiente. A este respecto, las pruebas específicas para el acceso a los ciclos de disciplinas hípicas deberán ser organizadas y convocadas mediante resolución a propuesta del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional. La realización y organización de dichas pruebas deberá ser costeada por parte del centro autorizado, al objeto de que no repercutan en las partidas presupuestarias asignadas al Departamento de Educación. Se advierte al centro de este aspecto y de que la tramitación de la resolución de convocatoria de las pruebas específicas de acceso y su publicación en el Boletín Oficial de Navarra precisa de un período de tramitación de, al menos, 30 días, por lo que deberá tener en consideración este tiempo de tramitación en el momento de realizar la solicitud de convocatoria de prueba específica de acceso al Servicio mencionado.

6.º Advertir al titular de que, en desarrollo de lo establecido en el artículo 22 del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra, se considerará como causa de revocación de la autorización, el incumplimiento de lo establecido en el artículo 55.8 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo.

7.º Adscribir al centro privado solicitante, a efectos administrativos, al Centro Integrado Politécnico "Elizondo" Lanbide Eskola Ikastetxe Integratu Politeknikoa.

8.º Recordar que el titular del centro deberá solicitar la modificación de la autorización o nueva autorización administrativa cuando cambien los datos registrales del centro, establecidos en el apartado 3.º de la presente Resolución, o cuando se modifiquen sus instalaciones, según lo establecido en el Título III del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio.

9.º Notificar la presente Resolución al titular del centro, indicando que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

10.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Infraestructuras Educativas, al Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, al Servicio de Sistemas de Información de Educación, al Servicio de Ayudas al Estudio y Servicios Educativos, a la Sección de Financiación de Centros Escolares, al Negociado de Gestión de la Información Escolar y al Centro Integrado Politécnico "Elizondo" Lanbide Eskola Ikastetxe Integratu Politeknikoa.

11.º Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 16 de septiembre de 2024.–El director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.

Código del anuncio: F2414026

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