BOLETÍN Nº 201 - 3 de octubre de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 393E/2024, de 23 de septiembre, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se deniega el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de aserradero de madera y reparación de palés de madera, cuyo titular es Vicente Zalba Servicio de Reparación de Palets, SL, ubicada en término municipal de Berrioplano.

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 5.1 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Con fecha 19/12/2023 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental unificada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos gestionados del anejo III de la autorización ambiental unificada, de tres nuevos residuos con los siguientes códigos LER:

PROCESO

LER

DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO. PROCEDENCIA

R0309 Preparación para la reutilización de sustancias orgánicas. Reparación de palés de madera.

030101

Residuos de corteza y corcho.

150105

Envases compuestos. Cercos o cartolas de pales de automoción con refuerzos metálicos en sus esquinas.

200138

Madera distinta de la especificada en el código 200137*. Listones, tablones y tacos sueltos del sector logístico y de servicios.

El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que la gestión solicitada para los siguientes residuos no puede ser autorizada en las condiciones actuales, por no resultar acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, por los motivos expuestos a continuación:

LER. DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO. PROCEDENCIA

JUSTIFICACIÓN DE DESESTIMACIÓN

030101 Residuos de corteza y corcho.

Desistimiento del titular tras requerimiento.

150105 Envases compuestos. Cercos o cartolas de pales de automoción con refuerzos metálicos en sus esquinas.

El residuo se considera envase de madera, a pesar de llevar refuerzos metálicos. Le corresponde el código LER 150103, que ya se encuentra autorizado.

200138 Madera distinta de la especificada en el código 200137*. Listones, tablones y tacos sueltos del sector logístico y de servicios.

La procedencia no se corresponde con la de un residuo doméstico. En caso de que se traten de restos de palés, el productor deberá gestionarlo con el código LER 150103 de la Decisión de la Comisión 2014/955/UE.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, procede llevar a cabo la modificación de la autorización ambiental unificada.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Denegar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de aserradero de madera y reparación de palés de madera, cuyo titular es Vicente Zalba Servicio de Reparación de Palets, SL, ubicada en término municipal de Berrioplano.

Segundo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Cuarto.–Trasladar la presente resolución a Vicente Zalba Servicio de Reparación de Palets, SL y al Ayuntamiento de Berrioplano, a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de septiembre de 2024.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación; Raúl Salanueva Murguialday.

Código del anuncio: F2413917

Hace cien años

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