BOLETÍN Nº 196 - 26 de septiembre de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 11 de septiembre de 2024, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto «Instalación solar fotovoltaica autoconsumo Mendaza».

Con fecha 5 de junio de 2024, la Comisión Permanente de la Mancomunidad de Montejurra acordó aprobar el proyecto «Instalación solar fotovoltaica autoconsumo Mendaza», reconocer y declarar la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, implícita en la aprobación del mismo, y aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles.

Transcurrido el plazo de información pública sin que se hubiesen presentado alegaciones, la Comisión Permanente de la Mancomunidad de Montejurra, en la sesión celebrada el día 14 de agosto de 2024, aprobó definitivamente el proyecto mencionado, así como la relación de bienes y derechos afectados, quedando implícita en dicha aprobación la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación. Asimismo, acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, se fundamenta en cumplir cuanto antes con los objetivos de la Orden TED/934/2022 mediante la ejecución del proyecto global «Agua Digital Navarra (ADNA): PERTE para la digitalización del ciclo integral del agua en Navarra», del que forma parte la obra «Instalación solar fotovoltaica autoconsumo Mendaza» que es objeto del presente informe, así como para poder beneficiarse de las subvenciones vinculadas a este proyecto.

Dicha orden se enmarca en el desarrollo de las actuaciones del PERTE y el Componente 5 del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia centrados en el ciclo urbano del agua, apoyándose en la mejora de digitalización de las infraestructuras hidráulicas a nivel municipal y el desarrollo de actuaciones de mejora complementarias, tanto para mejorar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE a través de mejoras en el funcionamiento de las infraestructuras de tratamiento de aguas residuales, como para mejorar el cumplimiento de los criterios de eficiencia energética o mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por la Mancomunidad de Montejurra y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra «Instalación solar fotovoltaica autoconsumo Mendaza».

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de Montejurra.

4.º Trasladar el presente acuerdo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa, ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

Pamplona, 11 de septiembre de 2024.–La vicepresidenta segunda en sustitución del consejero secretario del Gobierno de Navarra, Ana Ollo Hualde.

Código del anuncio: F2413193

Hace cien años

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