2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ORKOIEN
Extracto de la convocatoria reguladora de las prestaciones económicas directas a personas y/o familias
BDNS (Identificación): 764816.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/764816).
a) Beneficiarios:
1) La persona solicitante deberá ser mayor de 18 años, o menor emancipado con menores a sucargo.
2) La unidad familiar deberá estar empadronada en cualquiera de las localidades de la Zona Básica de su Servicio Social de Base con al menos 3 meses de antigüedad.
3) Personas o unidades familiares cuyos ingresos una vez comprobados el cociente entre los recursos económicos de la persona solicitante y de las y los miembros de la unidad familiar en el momento de la solicitud y la cuantía de la Renta Garantizada (RG) que pudiera corresponderle en función de la composición de dicha unidad familiar, obtengan un cociente resultante igual o inferior a 1,5 de la Renta Garantizada vigente en el año actual.
4) Los bienes muebles de todos los miembros de la unidad familiar no deberán superar los bienes muebles computables establecidos en la Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre, que regula el derecho a la Renta Garantizada y el derecho a la inclusión social en el momento de lasolicitud.
5) El valor catastral de los bienes inmuebles de todos los miembros de la unidad familiar, a excepción de la vivienda habitual, no deberá superar 10 veces la Renta Garantizada para una unidad familiar de un solo miembro en términos anuales. Se exceptuará este requisito en aquellos casos en que quede justificada la imposibilidad de realización de dicho patrimonio.
6) Presentar una situación que dificulte el afrontamiento de gastos específicos, cuyo abono es necesario para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social.
7) Que la necesidad que se expone no esté contemplada en las Ayudas Extraordinarias del Departamento de Derechos Sociales y que si lo estuviese requiera de una intervención de urgencia para evitar males mayores. Esta urgencia se deberá objetivizar de forma documental a ser posible.
8) En el momento de la solicitud, deberá estar al corriente de pago de cualquier tipo de obligación con Servicios Sociales de Base de la zona básica de Orkoien. No tener pendiente devolución de adelantos proporcionados por los SSB y no tener ninguna falta de justificación de ayudas.
9) Excepcionalmente, podrán beneficiarse de las ayudas, aunque no reúnan los requisitos establecidos, quienes acrediten, mediante informe técnico, la concurrencia de causas graves o urgente necesidad que puedan dar lugar a daños irreparables.
b) Objeto: La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen aplicable a la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2024 y siguientes, a las unidades familiares empadronada en cualquiera de las localidades de la zona básica del Servicio Social de Orkoien para la concesión de ayudas de apoyo a procesos de inclusión social y/o de emergencia social.
c) Bases reguladoras: en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web del Ayuntamiento.
d) Cuantía: Según bases de subvención.
e) Plazo de presentación permanentemente abierto mientras exista consignación presupuestaria.
Orkoien, 5 de septiembre de 2024.–El alcalde, Alejandro López Orejuela.
Código del anuncio: L2413057