2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
PERALTA
Aprobación del convenio con la Asociación Rumiñahui para 2024
El día 26 de agosto de 2024 el alcalde de Peralta dictó la siguiente resolución:
Visto el expediente de concesión de subvención nominativa número 696/2024 en el que constan los siguientes tramites/documentos:
1.–Solicitud del beneficiario adjuntando Memoria/ Proyecto de actividades a subvencionar.
2.–Decreto inicio expediente.
3.–Reserva de crédito adecuada y suficiente en el presupuesto en vigor.
4.–Informe de fiscalización de Intervención.
5.–Convenio regulador de la subvención.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 25 señala que el municipio para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Uno de los modos de llevar a cabo dicho mandato legal es el apoyo a entidades en la realización de actividades que supongan un beneficio social.
En el presupuesto municipal para el presente ejercicio está prevista la siguiente subvención nominativa a favor de la siguiente entidad:
BENEFICIARIOS | IMPORTE |
Asociación Rumiñahui | 20.000 euros |
El artículo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos de las entidades locales en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
Considerando que el órgano competente para la resolución es el alcalde, al amparo del artículo 21.s de la Ley de Bases de Régimen Local, y que la misma, actualmente se encuentra delegada en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Peralta por Resolución de Alcaldía 2023-0587, de fecha 27/06/2023.
Considerando que en aplicación del artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del propio Decreto de delegación más arriba indicado, la citada competencia, puede ser avocada por mí, en cualquier momento y de forma singular para expedientes que requieran mayor agilidad.
Visto así mismo que la entidad cumple con los requisitos para ser beneficiario de subvención y vistas las cláusulas del convenio regulador de la subvención,
RESUELVO:
Primero.–Avocar la competencia para otorgar subvención nominativa a la Asociación Rumiñahui, que actualmente se encuentra delegada en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Peralta por Resolución de Alcaldía 2023-0587, de fecha 27/06/2023.
Segundo.–Aprobar el convenio de subvención concediendo la subvención nominativa a la mencionada entidad con cargo a la correspondiente partida del presupuesto municipal en vigor (año 2024) y por el importe de 20.000 euros, comprometiendo el gasto.
Tercero.–Autorizar al alcalde para la firma del convenio en nombre y representación del Ayuntamiento.
Cuarto.–La subvención se hará efectiva y se justificará de conformidad con lo establecido en el convenio de subvención suscrito por ambas partes, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada ley.
Quinto.–Notificar el presente acuerdo a la entidad beneficiaria al objeto de suscripción de correspondiente convenio.
Sexto.–Publicar el presente acuerdo en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, Base de Datos Nacional de Subvenciones y Boletín Oficial de Navarra.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra la presente, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alguno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución.
Peralta, 27 de agosto de 2024.–El alcalde, Juan Carlos Castillo Ezpeleta.
Código del anuncio: L2412576