BOLETÍN Nº 176 - 29 de agosto de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 735E/2024, de 12 de agosto, de la directora general de Medio Ambiente, por la que se emite informe ambiental estratégico de la "Modificación estructurante del Plan General Municipal de Murchante para autorización de nuevas instalaciones ganaderas", promovida por el Ayuntamiento de Murchante.

El objetivo es la modificación estructurante del Plan General Municipal, en cuanto a la actual limitación de nuevas implantaciones de ganadería intensiva en el municipio, para posibilitar de forma justificada en la zona norte del término municipal hasta la cañada real, conocida como La Torre, alejada del casco urbano de Murchante y de los cascos urbano de los municipios limítrofes, la implantación de nuevas instalaciones ganaderas intensivas que aporten riqueza, empleo e inversión productiva al municipio, dentro del marco establecido en la legislación ganadera.

Como elementos relevantes a nivel ambiental se encuentra la zona de especial conservación Balsa del Pulguer, una pequeña laguna endorreica, suelo con valor forestal y el área de interés para la conservación de aves esteparias Entorno del Pulguer.

El Plan General Municipal de Murchante clasifica parte de las parcelas del ámbito de la modificación como suelo no urbanizable de protección por valor ambiental LIC y Zona de protección para las aves esteparias.

La modificación mantiene como suelo no urbanizable de protección por valor ambiental ZEC Balsa del Pulguer, e incluye el área de interés para la conservación de la avifauna esteparia Entorno del Pulguer como suelo no urbanizable de preservación por su valor ambiental: unidades de valor ambiental.

El Plan General Municipal de Murchante clasifica parte del ámbito de la modificación como suelo no urbanizable de preservación por su valor ambiental: suelo forestal.

La modificación realiza una nueva delimitación de esta sub-subcategoría teniendo en cuenta la realidad física del ámbito de la modificación, incluyendo nuevas áreas con formaciones arbóreas de pino carrasco de repoblación.

Los cambios derivados de la modificación, no suponen un cambio sustancial respecto a la regulación establecida por el planeamiento vigente, manteniendo la protección y preservación de los elementos que así lo requieren por sus valores ambientales, culturales, agrícolas, ... y autorizando nuevas instalaciones ganaderas únicamente en un ámbito en coherencia con los valores existentes.

El Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha llevado a cabo adecuadamente y propone emitir informe de evaluación ambiental estratégica simplificada favorable, considerando que no genera afecciones ambientales significativas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral, el Decreto Foral de la Presidencia de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 74/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Emitir informe ambiental estratégico favorable de la "Modificación estructurante del Plan General Municipal de Murchante para autorización de nuevas instalaciones ganaderas", promovida por el Ayuntamiento de Murchante, considerando que no se generan afecciones ambientales.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo, y al Ayuntamiento de Murchante, a los efectos oportunos.

Pamplona, 12 de agosto de 2024.–La directora general de Medio Ambiente, Ana Bretaña de la Torre.

Código del anuncio: F2412074

Hace cien años

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