BOLETÍN Nº 171 - 22 de agosto de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BAZTAN

Extracto de convocatoria pública de subvenciones para actividades culturales promovidas por las asociaciones de Baztan para 2024

BDNS (Identificación): 779020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/779020).

El Ayuntamiento de Baztan, mediante la resolución número 378/2024 del 5 de agosto de 2024, aprobó las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones para actividades culturales promovidas por las asociaciones de Baztan para el año 2024.

Primero.–Beneficiarios.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

1.–Ser una asociación sin ánimo de lucro.

2.–Tener domicilio social y fiscal en Baztan.

3.–Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no estar en deuda con el Ayuntamiento de Baztan.

4.–No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Anexo III (requisito 4).

Los beneficiarios deberán aportar prueba documental del cumplimiento de los requisitos.

Requisito 1. Presentación de estatutos de la asociación. Si esta documentación obra ya en poder del Ayuntamiento de Baztan, sólo será necesario aportar una declaración responsable de la persona representante legal indicando que la misma no se ha modificado (ver anexo III).

Segundo.–Objeto.

Apoyar económicamente la realización de actividades culturales:

a) Que favorezcan el uso del euskera.

b) De carácter formativo (cursos, talleres, conferencias).

c) De carácter creativo (exposiciones).

d) De carácter artístico (teatro, vídeo, conciertos) u otras de naturaleza semejantes.

e) Que sean abiertas a toda la población.

f) Que fomenten la igualdad de género y/o la prevención de la violencia contra las mujeres.

Tercero.–Bases reguladoras.

http://www.baztan.eus

Cuarto.–Cuantía.

La cuota total destinada será de 22.000 euros.

Quinto.–Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán, debidamente cumplimentadas, de manera telemática a través del Registro electrónico del Ayuntamiento de Baztan Sede Electrónica-Baztan o en cualquier registro oficial por la persona que detenta legalmente la representación de la asociación. El plazo de presentación será hasta el 8 de noviembre de 2024 inclusive.

Elizondo, 5 de agosto de 2024.–El alcalde, Fernando Anbustegi Goñi.

Código del anuncio: L2411783

Hace cien años

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