BOLETÍN Nº 116 - 6 de junio de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Modificación del Reglamento de Organización Administrativa

En el ejercicio de la potestad de auto organización que el ordenamiento jurídico atribuye a las entidades locales, en sesión plenaria celebrada el 30 de enero de 2009 se aprobó el Reglamento de Organización Administrativa del Ayuntamiento de Tudela, en el que se viene a reflejar la configuración de las diferentes áreas municipales y resto de unidades administrativas.

La configuración del organigrama que se deriva del citado reglamento tiene su origen en el estudio-diagnóstico de la estructura orgánica y funcional del Ayuntamiento de Tudela llevada a cabo por el Instituto Navarro de Administración Pública, así como de sucesivas modificaciones ocurridas entre la citada fecha y el momento actual, originadas por diferentes circunstancias (económicas, políticas, organizativas, etc.).

La modificación que se plantea, tras los correspondientes análisis previos realizados, consiste en la modificación de la denominación de dos unidades administrativas, sin contener ninguna otra modificación de carácter estructural, de forma que la unidad administrativa "urbanismo, oficina técnica y smart city" pasa a denominarse "urbanismo, obras y proyectos estratégicos" y la unidad administrativa "servicios contratados" pasa a denominarse "servicios contratados y fondos europeos". Tales previsiones se concretan en la plantilla orgánica municipal correspondiente al año 2024.

Visto lo establecido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, respecto a procedimiento a seguir en la adopción del presente acuerdo, que en su apartado 4 determina que no será preceptiva la información pública para la aprobación de los reglamentos que afecten a la organización de la propia entidad local, como es el caso.

En consecuencia,

SE ACUERDA:

1.–Modificar el Reglamento de Organización Administrativa vigente, en los términos contenidos en el presente acuerdo.

2.–La plantilla orgánica municipal se adaptará en coherencia con lo expuesto en el Reglamento de Organización Administrativa, resultando necesario realizar la preceptiva aprobación de plantilla orgánica para la correspondiente entrada en vigor de ambas previsiones.

3.–Este acuerdo es definitivo en vía administrativa por lo que contra el mismo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos (sin que quepa interponer ninguno de ellos mientras no se resuelva expresamente el que, en su caso, esté en trámite de resolución o se haya producido la desestimación presunta del mismo):

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor de este acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acuerdo.

b) recurso de alzada directamente ante el tribunal administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acuerdo.

c) recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acuerdo.

4.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.

Tudela, 23 de mayo de 2024.–El alcalde, Alejandro Toquero Gil.

Código del anuncio: L2408282