BOLETÍN Nº 114 - 4 de junio de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 63/2024, de 27 de mayo, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se corrigen los errores advertidos en la Orden Foral 78/2023, de 16 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 592 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación" y A22 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución", y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.

Advertidos errores en la Orden Foral 78/2023, de 16 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 592 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación" y A22 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución", y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias, procede su corrección de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que señala que estas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

El artículo 125.1 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos administrativos corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto.

En consecuencia,

ORDENO:

1.º Corregir los errores advertidos en la Orden Foral 78/2023, de 16 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 592 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación" y A22 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución", y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias, en el siguiente sentido:

En el "ANEXO VI.–CONTABILIDAD", se sustituye la tabla relativa al "CAMPO RÉGIMEN FISCAL" por la siguiente:

RÉGIMEN FISCAL

CÓDIGO

Sujeción y no exención

a

No sujeción artículo 6.a) Ley Foral 14/2023

b

No sujeción artículo 6.b) Ley Foral 14/2023

c

No sujeción artículo 6.c) Ley Foral 14/2023

d

No sujeción artículo 6.d) Ley Foral 14/2023

e

Exención artículo 8.a).1.º Ley Foral 14/2023

f

Exención artículo 8.a).2.º Ley Foral 14/2023

g

Exención artículo 8.a).3.º Ley Foral 14/2023

h

Exención artículo 8.c) Ley Foral 14/2023

i

Exención artículo 8.g).1.º Ley Foral 14/2023

j

Exención artículo 8.g).2.º Ley Foral 14/2023

k

2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 27 de mayo de 2024.–El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti Pérez.

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