BOLETÍN Nº 107 - 24 de mayo de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

HUARTE

Aprobación definitiva de modificación del Reglamento de las escuelas deportivas municipales

El Pleno del Ayuntamiento de Huarte / Uharte, en sesión celebrada el día 29 de febrero de 2024, aprobó inicialmente la modificación del Reglamento de las Escuelas Deportivas Municipales de Huarte / Uharte. (Expediente 544/2019).

Publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 59, de fecha 19 de marzo de 2024 y en el tablón de anuncios municipal y transcurrido el plazo legal sin que se hubieran presentado reclamaciones, se publica a continuación el texto íntegro para su entrada en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

REGLAMENTO DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES

Del sistema deportivo de las escuelas deportivas municipales

1. La promoción de la actividad física infantil es uno de los fines del Servicio Municipal de Deportes de Huarte / Uharte Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, quien a través de su programa de Escuelas Deportivas Municipales escuelas deportivas municipales, planificará, controlará y evaluará dicha promoción.

2. Formarán parte de las escuelas deportivas municipales aquellas modalidades deportivas gestionadas por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte que vengan encuadradas bajo esta denominación en el programa deportivo municipal publicado anualmente por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte sobre el mes de mayo.

Quedan excluidas las escuelas deportivas de las disciplinas de hielo (hockey y artístico) que estarán reguladas por su propia normativa y las actividades deportivas consideradas bajo la denominación de cursillos.

3. Las escuelas deportivas municipales comenzarán a los seis años y finalizarán, con carácter general, a los 14 años. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá modificar la fecha de inicio y finalización de las escuelas por razones de interés público.

4. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, cuando lo estime oportuno, formalizará convenios de colaboración con clubes, federaciones u otras entidades federaciones para la dirección técnica, organización, desarrollo y control de las distintas modalidades de las escuelas deportivas municipales, siempre manteniendo la titularidad municipal de tales escuelas.

5. Los convenios de colaboración tendrán vigencia de una temporada deportiva (octubre a mayo), prorrogándose anualmente de forma automática, salvo denuncia por alguna de las partes antes del 30 de abril de cada año o salvo modificación sustancial en el sistema deportivo de las escuelas deportivas municipales El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá establecer distintos periodos de vigencia para aquellas escuelas deportivas municipales cuyos condicionantes federativos así lo aconsejen.

6. Resolución del convenio. Serán causa de resolución del convenio:

–El incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente normativa y sus posteriores desarrollos.

–El incumplimiento de las obligaciones legales.

–La extinción o disolución del club, federación o entidad deportiva firmante.

–El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá dejar sin efecto los convenios de colaboración, antes del vencimiento, si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público.

–Los casos de fuerza mayor que imposibiliten el cumplimiento del convenio, siempre que aquella se encuentre totalmente justificada.

7. Cualquier club, federación o entidad deportiva con convenio de colaboración en vigor de escuelas deportivas municipales con el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, y/o se favorezca de sus convocatorias de ayudas, deberá respetar dicho sistema, comprometiéndose a actuar acorde a la presente normativa y a no crear estructuras paralelas, contrarias o suplementarias a las previstas en este sistema deportivo.

8. Aquellas cuestiones que no queden expresamente reflejadas en esta normativa, así como las peculiaridades que una determinada escuela deportiva municipal pudiera tener, serán resueltas por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte a través de su Comisión directiva o persona en quien se delegue.

De los objetivos de las escuelas deportivas municipales

9. Los objetivos generales de las escuelas deportivas municipales, que orientarán el resto de los criterios de entrenamiento, competición y otros, son:

–Colaborar mediante la enseñanza físico-deportiva en el proceso de educación integral del alumnado, entendiendo siempre el rendimiento deportivo, no como un fin en sí mismo, sino como un medio de colaboración en tal proceso.

–Ubicar como objetivos prioritarios del proceso de enseñanza, además del desarrollo físico-deportivo, el respeto al resto de deportistas, cuerpo técnico, cuerpo arbitral, público y personal de las instalaciones deportivas y el correcto uso de espacios y materiales deportivos.

–Dotar al proceso de enseñanza deportiva del ambiente que garantice el bienestar personal del alumnado, y el fomento y la mejora de sus relaciones sociales.

–Crear hábitos deportivos e higiénicos para que en un futuro se desarrollen autónomamente y contribuyan a la consecución del estado de bienestar físico, mental y social de la persona adulta.

–Garantizar a todo el alumnado, en función de los recursos disponibles, la posibilidad de aprender y practicar el deporte que ellos elijan libremente, y poder desarrollar sus aptitudes deportivas básicas en un entorno sano y seguro.

–Fomentar un espíritu de esfuerzo y de responsabilidad en cooperación y respeto con y hacia el otro.

–Facilitar la enseñanza y práctica deportiva al vecindario de Huarte / Uharte, sin discriminación por razones de capacidad deportiva, sexo, condición social u otras.

–Respetar la individualidad del alumnado, especialmente en lo que se refiere a su edad biológica, cualidades psicomotrices, nivel de rendimiento deportivo y preferencias personales y deportivas, siguiendo una progresión lógica en las cargas de entrenamiento y competición.

–Dotar al alumnado de los conceptos técnicos y tácticos adecuados a su edad y nivel de desarrollo.

–Actuar acorde a los principios metodológicos propios de la Educación Física, incidiendo en el carácter educativo y lúdico y en el fomento de los valores del deporte.

De la estructura deportiva de las escuelas deportivas municipales

10. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, establecerá para cada temporada, la estructura deportiva para cada una de las especialidades que conforman las escuelas deportivas municipales la estructura deportiva se establecerá teniendo en cuenta:

Recursos espaciales, atendiendo a la disponibilidad y eficiencia de su uso.

Recursos económicos, atendiendo a la disponibilidad y eficiencia de su uso.

Recursos personales, atendiendo a la disponibilidad y eficiencia de su uso.

Implicaciones futuras en los recursos anteriormente citados.

Criterios formales de las ciencias y la pedagogía de la actividad física.

Reglamentaciones federativas.

11. Se establecerá una única estructura por cada modalidad deportiva. En el caso de que la escuela municipal se organice con la colaboración de otra entidad deportiva o club, será una única entidad o club por modalidad deportiva la que colabore, salvo motivos de interés público.

12. La estructura de cada modalidad deportiva (grupos, edades, categorías, plazas vacantes, etc.) se especificará anualmente en el folleto de actividades deportivas publicado con motivo de la inscripción a las actividades deportivas municipales.

13. La escuela deportiva municipal de cada modalidad deportiva se dividirá para su funcionamiento en grupos, según edades y/o niveles técnicos alcanzados, estableciéndose como criterio general:

13.1. Deportes individuales.–mínimo: 8-10 - máximo: 20.

13.2. Deportes colectivos.–mínimo: 10 - máximo: variable según deporte.

Los mínimos y máximos por grupo podrán ser modificados por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte por razones de interés público o con criterios de perspectiva de género.

14. Una vez finalizada la etapa de escuelas deportivas municipales, la actividad deportiva se encauzará a través de los clubes y entidades federaciones legalmente constituidas. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá establecer convenios y convocatorias de ayudas para el apoyo a dichas actividades.

15. El calendario de las escuelas deportivas municipales se aprueba anualmente por la comisión directiva del Servicio municipal de deportes antes del inicio de la temporada deportiva. En el caso de que no se efectúe su aprobación en comisión, con carácter general, se aplicarán los siguientes criterios:

–El calendario se adaptará al calendario escolar del Colegio Público Virgen Blanca, descansando en períodos de vacaciones, puentes y festivos, salvo que el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte autorice lo contrario por razones técnicas y/o competitivas.

–Se establece el inicio de la actividad el primer día laborable del mes de octubre, finalizando la misma el último viernes laborable del mes de mayo.

16. En las escuelas deportivas convenidas, el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá autorizar a los clubes deportivos, federaciones u otras entidades deportivas, la realización de días complementarios de entrenamiento (pretemporada, o prolongaciones a final de temporada) previa justificación por parte de dichas entidades. En tal caso, serán las entidades convenidas exclusivamente las responsables de dichas jornadas.

De las obligaciones de las entidades convenidas

17. El club, federación o entidad deportiva con convenio de colaboración en vigor de escuelas deportivas municipales, desempeñará obligatoriamente las siguientes funciones:

–Cumplir y hacer cumplir la presente normativa, así como la legislación vigente en materia deportiva, de igualdad, laboral, protección de datos, obligaciones tributarias y de cualquier otra índole que les sea de aplicación.

–Establecer y controlar la aplicación de criterios técnicos, didácticos y metodológicos de la escuela deportiva municipal, acorde a los objetivos y resto del articulado recogidos en la presente normativa. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte se reserva el derecho de analizar y corregir aquellos aspectos que contravengan la presente normativa.

–Supervisar la asistencia del alumnado de los diferentes grupos o clases de la escuela, permitiendo el acceso únicamente al alumnado autorizado por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

–Proponer al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte un equipo técnica y humanamente cualificado para atender los diferentes grupos de la escuela deportiva municipal o de coordinación de la misma, como mínimo en cuanto a:

–La cualificación requerida conforme a lo establecido en la Ley Foral 18/2019 sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra, y/o sus disposiciones reglamentarias.

–Formación en primeros auxilios conforme a lo establecido en el Decreto Foral 63/2022.

–Estar en posesión del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, según la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, del monitorado antes del inicio de cada temporada.

–Establecer planes de formación para el monitorado, con el objeto de completar su formación deportiva específica mejorando su capacitación en la enseñanza deportiva. así como una formación multidisciplinar en materias como la igualdad, prevención violencia sexual y de acoso, resolución de conflictos, etc.

–Asesorar al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte en el establecimiento de la estructura deportiva y cualquier otra cuestión deportiva relacionada con la escuela deportiva municipal.

–Mantener reuniones periódicas con la Coordinadora del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

–Informar al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte de todas aquellas cuestiones que no estén expresamente reflejadas en la presente normativa y/o que por razones extraordinarias pudiesen suponer una excepción a la misma. La adopción de este tipo de medidas precisará de autorización expresa por parte del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

–Trasladar al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte toda circunstancia, queja o solicitud que considere necesaria.

–Coordinar y controlar las actuaciones de su monitorado y realizar el seguimiento de los grupos de la escuela deportiva municipal.

–Comunicar a la Coordinadora del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte los desperfectos observados en las instalaciones y equipamiento deportivo.

–Comunicar a la Coordinadora del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte cualquier incidencia en relación con los y las menores, como agresiones físicas o verbales, indicios de situaciones de acoso, indicios de cualquier tipo de agresión sexual.

–Tramitar los requerimientos federativos (fichas, cuotas, seguros... etc.) establecidos por las distintas federaciones para la participación del alumnado en las competiciones federadas autorizadas a tal efecto.

–Colaborar con el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte en la asignación de los horarios de entrenamiento y competición de los diversos grupos de Escuela, acorde a la estructura deportiva establecida.

–Presentar por escrito al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte cuando se trate de aspectos significativos referidos a la escuela deportiva municipal, la siguiente documentación:

  • Convocatorias y actas de las reuniones de la Junta directiva.
  • Copia de documentos entregados a padres, madres y/o tutores legales (artículo 36).

–Satisfacer la demanda de información requerida por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

–Presentar presupuesto, memoria deportiva (con datos desagregados por sexo) y económica de la escuela deportiva municipal, acorde a los criterios marcados por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte (artículos 57 y 60), para el control presupuestario de la escuela deportiva municipal.

–Dar a conocer al monitorado, coordinación y directivos-as la normativa de las escuelas deportivas municipales y la normativa de uso de instalaciones. Estas normas serán facilitadas a todo el cuerpo técnico y directivo en formato papel y/o informático.

–Mantener informados a padres, madres y/o tutores legales del alumnado acorde, como mínimo, a lo establecido en la presente normativa.

–Atender a los padres, madres y/o tutores legales del alumnado.

–Incluir el anagrama-escudo del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte en la indumentaria de competición de la escuela deportiva municipal, así como en carteles, folletos, página web y otros medios de difusión pública.

–Reflejar en las plataformas Web de la entidad, que los equipos o grupos de entrenamiento de escuelas deportivas municipales son titularidad del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte y están regidos por la "normativa de escuelas municipales."

–Colaborar con Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte en la organización de eventos deportivos vinculados a la escuela municipal, así como en la elaboración de la revista municipal Ugarrandia.

De las obligaciones del monitorado

18. Todas las personas que ejerzan la labor de monitor/a deportivo/a, deberán ostentar una formación inicial teórico-práctica en primeros auxilios en los términos previstos en el decreto foral 63/2022, de 15 de junio, o normativa deportiva en vigor. Deberán participar periódicamente en acciones formativas de actualización de su formación inicial teórico-práctica en primeros auxilios.

19. Todas las personas que ejerzan la labor de monitor/a deportivo/a deberán tener la cualificación o habilitación necesaria conforme a lo establecido en la legislación deportiva en Navarra.

20. Todas las personas que ejerzan la labor de monitor/a deportivo/a antes del inicio de la temporada deberán acreditar estar en posesión del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, según la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

21. Las funciones propias del monitorado, como mínimo, son:

–Atender directamente la actividad del grupo en los horarios de entrenamiento y de competición que tenga asignado.

–Desarrollar en las sesiones de entrenamiento y competición los criterios técnicos, didácticos y metodológicos establecidos para su grupo por la coordinación de la escuela deportiva municipal dirigidos a la consecución de los objetivos de las escuelas deportivas municipales.

–Conocer, aplicar y hacer respetar la normativa de escuelas deportivas municipales y de Uso de las Instalaciones federaciones.

–Velar por el comportamiento del alumnado dentro y fuera del terreno deportivo, en horario de entrenamiento y competición, desde el acceso a los espacios deportivos y vestuarios, hasta la finalización del uso de los mismos.

–Velar por el buen uso y conservación de la instalación (espacio deportivo, vestuarios...), equipamiento y material deportivo.

–Atender, en todo momento, las indicaciones del personal de las instalaciones deportivas municipales.

–Asegurar una práctica saludable y segura del alumnado, comunicando a la coordinación de la escuela deportiva municipal cualquier desperfecto en las instalaciones, equipamiento o material deportivo.

–Acudir a las reuniones periódicas que pudiera convocar el club o el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte y seguir en todo momento las directrices marcadas por estos.

–Rellenar las fichas de seguimiento correspondientes a su grupo.

–Controlar diariamente la asistencia del alumnado a los entrenamientos y competición, llevando un control y registro de las faltas de asistencia e informando a la coordinación de la escuela deportiva municipal cualquier incidencia a este respecto.

–Atender en primera instancia a los padres, madres y/o tutores legales del alumnado de su grupo. La información a aportar se limitará al ámbito de actuación definido por la entidad convenida.

–Custodiar al alumnado menor de 10 años hasta que sea recogido por su padre, madre o tutor-a legal tras el entrenamiento y la competición. Dicha obligación podrá ser omitida tras autorización escrita por parte de padre, madre y/o tutor legal del alumno-a.

–En las escuelas deportivas municipales que proceda, a principio de temporada repartir la indumentaria entre el alumnado, y recogerla al final de temporada, informando al coordinador/a de la entidad y al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte el alumnado que no la ha devuelto.

–Participar en la medida de sus posibilidades en actividades formativas organizadas por los servicios municipales para mejorar la atención a los y las menores, promoción de la igualdad entre niños y niñas, coeducación, prevención de acoso, prevención de violencia sexual, prevención de comportamientos LGTBIfóbicos, resolución de conflictos, comunicación no violenta, etc.

De la obligaciones de los padres, madres y/o tutores legales

22. Las funciones propias de los padres, madres o tutores legales del alumnado son:

–Conocer y respetar la presente normativa, así como la normativa de Uso de las instalaciones deportivas municipales.

–Cumplir con los plazos de renovación, inscripción, pagos y entrega de documentación.

–Asistir a las reuniones informativas cuando éstas se organicen.

–Facilitar y mantener actualizados los medios de contacto que estén a su disposición que permitan la realización de comunicados (teléfono fijo, teléfono móvil, correo electrónico...).

–Llevar y recoger con puntualidad al alumno-a a entrenamientos y competición, asegurándose de que deja al alumno-a bajo la tutela del monitor-a.

–Dotar al alumnado del equipamiento deportivo necesario para su práctica deportiva velando por el buen estado de mantenimiento y limpieza del mismo. Igualmente, cuando la indumentaria sea cedida por la escuela deportiva municipal, siendo obligatorio entregarla al final de cada temporada.

–Mantener un comportamiento ejemplar con respecto a deportistas, cuerpo arbitral, monitorado, coordinación, público y personal de las instalaciones deportivas.

–Colaborar, en la medida de lo posible, con la entidad convenida. y con el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

Del alumnado

23. Concepto de alumnado: se consideran alumnas y alumnos de las escuelas deportivas municipales a todas aquellas personas que contando con plaza disponible definitiva hayan presentado toda la documentación requerida y satisfecho el pago de la cuota obligatoria en los plazos estipulados.

24. Mantenimiento de la condición de alumno-a: la condición de alumno-a se mantendrá desde la incorporación del alumno-a hasta la edad de finalización de cada escuela deportiva municipal, independientemente de su rendimiento deportivo y de cualquier otra circunstancia. Dicha condición sólo podrá perderse por los siguientes motivos:

–Por aplicación del régimen sancionador recogido en la presente normativa y sus posteriores desarrollos en cada escuela deportiva municipal.

–Por incumplimiento de los plazos de pago de la cuota obligatoria y de la presentación de la documentación requerida, en la inscripción, por renovación de plaza o de nuevo alumno-a.

–Por la imposibilidad del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte para crear equipo-grupo de la categoría o edades correspondiente.

–En el caso de incorporaciones a las escuelas deportivas municipales con carácter excepcional asociadas a un tiempo de vigencia o a unas condiciones determinadas.

–La ausencia reiterada a las clases (entrenamientos) o competiciones.

Será la comisión directiva del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte quién decida la continuidad del alumno/a, previa audiencia del padre o madre del alumno/a, y valoración del informe emitido a tal efecto por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte o la entidad convenida. Se valorará el carácter de las ausencias (justificadas o no justificadas), el perjuicio que pueda tener en el funcionamiento de la actividad o equipo, y la lista de espera existente para el acceso a la misma.

Dado el beneficio que propicia la práctica multideportiva en estas edades, no se valorarán negativamente las ausencias propiciadas por la participación del alumnado en otra escuela deportiva municipal de Huarte / Uharte.

La pérdida de la condición de alumno/a por este motivo no conllevará la devolución de las cuotas satisfechas.

25. Derechos del alumnado: todo el alumnado poseerá idénticos derechos y obligaciones dentro de la escuela deportiva municipal, sin discriminaciones de ningún tipo. Tiene derecho a:

–Participar en entrenamientos o clases a un nivel compatible con su madurez y facultades, acorde a la estructura deportiva de la escuela deportiva municipal.

–Participar en competiciones oficiales y/o no oficiales reconocidas por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte para el ámbito de escuelas deportivas municipales, a un nivel compatible con su madurez y facultades, a criterio técnico de la entidad convenida y el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 de la presente normativa.

–Contar, en la medida de lo posible, con un monitorado y coordinación deportiva suficientemente cualificados.

–Ser tratado con dignidad.

–Tener las mismas oportunidades que el resto de los compañeros y compañeras.

–Participar en un medioambiente sano y seguro. Ser escuchado por el monitorado y por el personal responsable de las escuelas deportivas municipales y poder participar aportando sus opiniones y sugerencias para mejorar las escuelas deportivas municipales.

26. Deberes del alumnado: la condición de alumno-a en las escuelas deportivas municipales, obliga a:

–Observar en todo momento un comportamiento correcto con el resto del alumnado, compañeros y compañeras) monitorado, responsables de la entidad convenida, cuerpo arbitral, contrincantes, público, personal de instalaciones deportivas...

–Seguir las indicaciones técnicas y de comportamiento marcadas por el monitorado y responsables de la entidad convenida, así como por el personal de las instalaciones deportivas.

–Respetar la normativa de uso de instalaciones del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte y otras instalaciones donde desarrolle la actividad.

–Participar en los entrenamientos y competiciones establecidos por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte y/o la entidad Convenida, de manera regular conforme a lo establecido en la presente normativa.

–Realizar los pagos y presentar la documentación obligatoria en los plazos estipulados.

Del régimen sancionador

27. Régimen Sancionador: el presente régimen sancionador es de aplicación en todas las escuelas deportivas municipales, pudiendo sufrir posteriores desarrollos por parte del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

28. Facultades: corresponde a la Comisión directiva del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte la adopción de medidas sancionadoras para el alumnado, con el objetivo de salvaguardar el cumplimiento de esta normativa.

El monitorado, coordinación deportiva y responsables de la entidad convenida están facultados para amonestar verbalmente e incluso expulsar del entrenamiento y/ competición al alumnado, cuando estos hagan caso omiso de las amonestaciones verbales, al margen de la posterior sanción que se pueda imponer al infractor/a. En caso de expulsión, se mantendrá la custodia del alumno-a hasta la finalización de la sesión.

29. Tipificación de las faltas: las faltas se clasificarán en: faltas leves, graves y muy graves.

29.1. Serán faltas leves:

–No respetar la normativa específica para cada espacio deportivo.

–Utilización inadecuada de las instalaciones, equipamiento o material deportivo.

–Introducir comida, bebidas o cualquier otro elemento que pueda provocar desperfectos o ensuciar las instalaciones deportivas.

–No atender las indicaciones del monitorado, coordinación deportiva y responsables de la entidad convenida.

–No atender las indicaciones del personal de las instalaciones.

29.2. Serán faltas graves:

–La reiteración de tres faltas leves.

–Provocar y/o participar en riñas y/o agresiones físicas y/o verbales.; acosar o participar en el acoso, incluido el ciber acoso, contra otras personas participantes en las EEDDMM.

–Proferir insultos o descalificaciones con contenido de odio hacia cualquier colectivo social, o de contenido racista, LGTBIfóbico, o sexista.

–Difundir imágenes íntimas de cualquier persona integrante en las escuelas deportivas municipales sin su consentimiento.

–Ensuciar o deteriorar deliberadamente las instalaciones, equipamiento o material deportivo.

–Mantener y/o entregar en mal estado de conservación y/o limpieza la indumentaria cedida por la escuela deportiva municipal para la competición.

–Cualquier incumplimiento que se considere pueda afectar a la seguridad del alumnado o del mismo infractor/a.

–Cualquier acción u omisión que provoque grave alteración del orden dentro de las instalaciones deportivas o durante la participación en la actividad de la escuela deportiva municipal.

29.3. Serán faltas muy graves:

–La reiteración de tres faltas graves.

–Cometer tres infracciones graves en el plazo de un año.

–Sustraer material deportivo o pertenencias de terceros.

–Agredir física, verbalmente, sexualmente, o faltar al respeto a otras personas durante la participación en la actividad de la escuela deportiva municipal.

–Actuaciones que por su relevancia deterioren la convivencia, orden y seguridad Durante su participación en la actividad de la escuela deportiva municipal.

–El impedimento o la grave y relevante obstrucción al normal funcionamiento de la escuela deportiva municipal.

–Los actos de deterioro grave y relevante de instalaciones, equipamientos o material deportivo.

30. Sanciones.

30.1. Las faltas leves conllevarán una sanción de privación temporal de entrenamientos y partidos que oscilará entre 3 y 5 días. Asimismo, podrán conllevar una multa por importe de entre 25 y 60 euros y la obligación de reponer los daños causados.

Las faltas leves prescribirán a los seis meses y las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año.

30.2. Las faltas graves conllevarán una sanción de privación temporal de entrenamientos y partidos que oscilará entre 15 días y 1 mes. Asimismo, podrán conllevar una multa por importe de entre 61 y 300 euros y la obligación de reponer los daños causados.

Las faltas graves y las sanciones impuestas por faltas graves prescribirán a los dos años.

30.3. Las faltas muy graves conllevarán una sanción que oscilará entre la privación temporal de entrenamientos y partidos durante 1 mes y la privación definitiva y baja de la escuela deportiva municipal, al margen de las acciones que legalmente pueda emprender el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte contra el infractor. Asimismo, podrán conllevar una multa por importe de 301 a 600 euros y la obligación de reponer los daños causados.

Las faltas muy graves y las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años.

31. Procedimiento Sancionador.

31.1. El incumplimiento de cualquiera de las normas establecidas en la presente normativa podrá conllevar la expulsión preventiva de la escuela deportiva municipal, por parte de cualquier monitor-a, coordinación deportiva o persona responsable de la entidad convenida.

La expulsión será aplicable al día en que se comete la sanción, salvaguardando la tutela del alumno-a hasta el fin de la sesión de entrenamiento y comunicándolo inmediatamente a la coordinación deportiva de la entidad (o al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte en su defecto) y al padre, madre y/o tutor-a legal.

32.2. La coordinación deportiva de la entidad convenida de la escuela deportiva municipal remitirá un informe y los datos del infractor al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte para que sean adoptadas las medidas sancionadoras oportunas en base a esta normativa.

De la competición

32. La competición enmarcada dentro de las escuelas deportivas municipales se entiende como un elemento importante, pero en ningún caso determinante, del proceso de enseñanza, siendo tratado en todo momento como un medio y no como un fin de la actividad del monitorado y la coordinación deportiva de la escuela deportiva municipal.

33. Con carácter general, el ámbito de la competición estará gestionado por la entidad convenida o en su defecto por el Servicio municipal de deportes. No obstante, los criterios técnicos establecidos por la entidad convenida deben de respetar y ser coherentes con los objetivos recogidos en el artículo 9, y con el resto de esta normativa. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte se reserva el derecho de revisar y reajustar dichos criterios si se observa alguna incompatibilidad.

34. La condición de alumno-a de las escuelas deportivas municipales da derecho a la participación en las competiciones recogidas en el artículo 55 de la presente normativa. No obstante, la mayor o menor participación del alumnado en las competiciones (convocatorias a los partidos) se realizará a criterio de las entidades Convenidas.

Excepcionalmente, con el objeto de garantizar la seguridad física o psíquica del alumno-a, la entidad convenida podrá limitar temporalmente el derecho del alumnado a competir.

35. El alumno-a podrá renunciar voluntariamente a participar en competición oficial, participando únicamente en los entrenamientos. Dicha renuncia no implica la reducción en la cuota obligatoria. En deportes colectivos la renuncia deberá realizarse por escrito en las oficinas del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte antes del inicio de la temporada. La incorporación nuevamente a la competición deberá ser solicitada nuevamente por escrito en las oficinas del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte y podrá ser denegada hasta la temporada siguiente.

De la información a padres, madres y/o tutores legales

36. Reunión inicial: la entidad convenida o/y el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, al inicio de la temporada, podrán convocar a una reunión para informar a padres, madres y/o tutores legales sobre la normativa y funcionamiento de la escuela deportiva municipal, en aquellos grupos en los que se considere necesario (principalmente en los grupos de primer año de escuela).

36.1. Periodo: Dentro de las primeras cuatro semanas desde el inicio de la temporada.

36.2. Contenidos: preferentemente se informará de:

–Criterios técnicos, didácticos y metodológicos aplicables a las sesiones de entrenamiento.

–Criterios técnicos, didácticos y metodológicos aplicables a la competición.

–Derechos, obligaciones del alumnado, así como el régimen sancionador.

–Funciones de los padres, madres y/o tutores legales y obligaciones.

–Procedimiento y medios de comunicación entre la entidad y los padres, madres y/o tutores legales.

–Procedimiento de actuación ante necesidad de asistencia sanitaria.

–Procedimiento de renovación de plazas para temporadas posteriores.

–Explicación y justificación de la aportación voluntaria si la hubiese (cuantía y finalidades).

–Enlace de página web para la consulta de la normativa de las escuelas deportivas municipales.

36.3. Medios para la información: verbal en la reunión y con documentación por escrito que se facilitará por correo electrónico o en formato papel si no se dispone de este medio de comunicación.

37. Comunicación continua: la entidad establecerá medios de comunicación (correo electrónico, WhatsApp, mensajes de texto...) para informar sobre competiciones, anulación de entrenamientos, falta de asistencia no informada previamente, o cualquier otra noticia o circunstancia de interés.

De las inscripciones

38. Las inscripciones para las escuelas deportivas municipales se realizarán a través del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte No considerándose válida toda inscripción ajena a ésta.

39. La inscripción a las actividades deportivas municipales se realizará en estricto cumplimiento de las ordenanzas municipales: "Ordenanza que regula la inscripción en los servicios municipales"; y la "Ordenanza que regula la inscripción a las actividades deportivas municipales de temporada".

40. Fases de inscripción.

Acorde a los criterios de prioridad de participación recogidos en estas ordenanzas se plantean las siguientes fases de inscripción:

–Reinscripción (renovación de plaza) del alumnado participante en la temporada anterior.

–Inscripción de nuevo alumnado.

40.1. Renovaciones-Inscripción de alumnado participante en la temporada anterior.

40.1.1. Órgano de inscripción:

–El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

40.1.2. Fechas: se desarrollará entre el período comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de abril.

40.1.3. Procedimiento:

–El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte realizará una renovación automática y provisional de la matrícula a todos los niños y niñas que forman parte de las escuelas deportivas municipales en su correspondiente modalidad deportiva. Por tanto, no será necesario ningún trámite de renovación.

–Sólo aquellos niños y niñas que no deseen continuar en la escuela deportiva la próxima temporada deberán solicitar por escrito su solicitud de baja en el Servicio Municipal de deportes o a través del correo electrónico en el plazo publicado a tal efecto.

–Una vez renovada provisionalmente la matrícula, el Servicio de Deportes ubicará al alumnado en el grupo de entrenamiento que le corresponda para el curso siguiente, de acuerdo con criterios técnicos.

–Los días y horario de cada actividad deportiva se concretarán en la publicación de la oferta deportiva para siguiente temporada (apartado 40.2.3). Si una vez renovada provisionalmente la matrícula algún inscrito/a desea darse de baja por incompatibilidad horaria, deberá realizarlo por escrito en las oficinas del Servicio Municipal de Deportes en el plazo establecido a tal efecto. De lo contrario se dará por renovada definitivamente la matrícula, debiendo pagar el importe de la actividad.

40.1.4. Publicidad: El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte no realizará publicidad entre los vecinos-as de Huarte / Uharte, ya que se trata de alumnado que está presente en las escuelas deportivas municipales.

La publicidad y difusión del procedimiento de renovación entre los participantes de las escuelas deportivas municipales se realizará a través de los siguientes medios:

–Publicación en la página Web del Ayuntamiento de Huarte / Uharte.

–Exposición en el panel informativo de las instalaciones deportivas Ugarrandia.

–A través de una nota informativa que el monitorado repartirá al alumnado, o bien, a través de correo electrónico.

–Y cuantos medios considere oportunos el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

En la información colgada en la Web municipal y en el panel informativo de las instalaciones deportivas Ugarrandia se recogerá al menos los siguientes datos:

–Procedimiento de renovación.

–Plazos vinculados a la renovación.

–Cuota obligatoria, forma de pago y plazo de presentación declaración de la renta.

40.1.5. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá modificar por razones de interés público el procedimiento de renovación de matrícula.

40.1.6. Otras circunstancias y aclaraciones sobre Renovaciones (reinscripción):

–La inscripción se considerará definitiva cuando el alumno-a una vez inscrito, realice el pago de la cuota obligatoria. El pago de ésta se realizará mediante domiciliación bancaria.

–Con carácter general el incumplimiento de los plazos de pago y/o presentación de la documentación que pudiera ser requerida, implica la pérdida automática de la reserva de la plaza. Si el alumno-a desea reincorporarse a la escuela deportiva municipal deberá acogerse a la fase de inscripción de nuevo alumnado.

–Las renovaciones serán efectuadas a todo el alumnado, independientemente de su capacidad, rendimiento deportivo u otras características. Queda totalmente prohibido "expulsar" o impedir la renovación de cualquier alumno-a durante el periodo de escuelas deportivas municipales por estas causas.

–No se permite la realización de inscripciones de nuevo alumnado, quedando totalmente prohibida la realización de "fichajes", "pruebas de acceso", o cualquier otra actuación que sea contraria a la presente normativa.

–En el caso que la demanda para la renovación supere la capacidad de la estructura deportiva y de los recursos económicos y de instalaciones deportivas del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, los criterios a adoptar a la hora de seleccionar los alumnos con plaza disponible para la temporada siguiente serán:

–Primero: empadronamiento en Huarte / Uharte y/o estar abonado a las instalaciones deportivas municipales de Ugarrandia.

–Segundo: sorteo.

–Serán de aplicación cuantas cuestiones sean reguladas a través de la normativa específica publicada anualmente con motivo de la "Renovación de matrícula" (reinscripción).

40.2. Inscripción de nuevo alumnado.

40.2.1. Órganos de inscripción: el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte será el responsable de las inscripciones del nuevo alumnado.

40.2.2. Fechas: se desarrollarán en el mes de junio, a no ser que exista motivos de carácter deportivo o técnico que justifiquen un cambio de fecha.

40.2.3. Publicidad: el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte publicitará entre el vecindario de Huarte / Uharte la información concerniente a fechas, procedimiento, plazas disponibles y cuota obligatoria para la participación de nuevo alumnado en las escuelas deportivas municipales.

Se hará uso, al menos, de información escrita buzoneada y página web del Ayuntamiento de Huarte / Uharte.

40.2.4. Procedimiento: el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte abrirá un plazo para la preinscripción por parte de las personas interesadas que se realizará vía Web. Exclusivamente aquellas personas que no puedan tramitarla vía Web podrán solicitar su preinscripción en las oficinas del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte, exclusivamente dentro del plazo de preinscripción establecido a tal efecto.

Una vez finalizado dicho plazo se asignarán las plazas en función de las plazas disponibles para cada grupo realizándose un sorteo informatizado. (Ver ordenanza que regula la inscripción a las actividades deportivas municipales de temporada).

Una vez obtenido el proceso de asignación de plazas, el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte facilitará a las entidades colaboradoras-convenidas el listado de personas admitidas para su gestión.

40.2.5. Otras Circunstancias y Aclaraciones sobre las inscripciones de nuevo alumnado:

–La inscripción se considerará definitiva cuando el alumnado realice el pago de la cuota obligatoria y presente la documentación requerida si la hubiese. El pago de la cuota obligatoria se realizará mediante domiciliación bancaria.

–El incumplimiento de los plazos de pago y/o presentación de la documentación implica la pérdida automática de la reserva de la plaza.

–La incorporación de nuevo alumnado estará sujeta a la disponibilidad de plazas libres. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá incrementar el número de plazas por razones de interés público siempre que no suponga un perjuicio para el funcionamiento de la Escuela.

–Queda totalmente prohibido la realización de "pruebas de acceso", "fichajes" o cualquier otra actuación que sea contraria a la presente normativa.

–La preinscripción en cualquiera de las escuelas deportivas municipales implica que los padres, madres, tutores y tutoras del alumnado menor conocen las características de la actividad y su requerimiento físico y que reconocen que el alumno-a reúne las condiciones físicas y no existe ningún impedimento médico para la realización de la actividad.

–No se admitirá nuevo alumnado a partir del 1 de febrero para la temporada en vigor, a no ser que existan motivos de interés público que serán valorados por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

–Serán de aplicación cuantas cuestiones sean reguladas a través de la normativa específica publicada anualmente con motivo de la "inscripción del nuevo alumnado".

–Las situaciones excepcionales que pudieran surgir serán resueltas por la Comisión directiva del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

De la publicidad de las escuelas deportivas municipales

41. Medios de información: los medios que se pueden utilizar para informar a la ciudadanía sobre los aspectos relacionados con las escuelas deportivas municipales serán:

–Normativa de escuelas deportivas municipales.

–Publicidad por escrito en las instalaciones deportivas.

–Publicidad por escrito buzoneada.

–Publicidad en la página web municipal.

–A través de las redes sociales.

42. Plazo de publicación: la publicidad por escrito para las inscripciones de nuevo alumnado se hará pública (página web, buzoneo y en instalaciones) con una antelación mínima de 7 días respecto al día de inicio de las inscripciones.

De la cuota obligatoria en las escuelas deportivas municipales

43. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte establecerá la cuota obligatoria a satisfacer para la participación en las escuelas deportivas municipales de acuerdo con los precios públicos aprobados por el Ayuntamiento de Huarte / Uharte para esa temporada. El pago de la cuota obligatoria permitirá al alumnado el disfrute de los derechos recogidos en el artículo 25 de la presente normativa.

44. La cuota obligatoria será íntegramente satisfecha por todas las personas participantes, sin verse modificada por ninguna circunstancia. Las posibles excepciones o modificaciones de esta norma precisarán del desarrollo y aprobación de la misma por parte del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

45. El pago de la cuota obligatoria no implica la inscripción automática en las escuelas deportivas municipales, sino que se entiende como una parte imprescindible, pero no vinculante, en el proceso de inscripción.

46. Los plazos de pago, plazos para darse de baja, y plazos de presentación de la declaración de renta serán publicados cada temporada en la normativa ubicada en el programa deportivo municipal que es publicitado con motivo de la inscripción a las actividades deportivas municipales de temporada, en el mes de mayo.

47. Cálculo de cuota obligatoria: la gestión del cobro de las actividades se realizará en cumplimiento de la "Ordenanza reguladora para el cálculo del tramo de renta".

De la aportación voluntaria en las escuelas deportivas municipales

48. Las entidades convenidas podrán solicitar a los participantes de la escuela deportiva municipal el pago de una cantidad suplementaria de carácter voluntario, denominada Aportación Voluntaria.

La "Aportación Voluntaria" engloba la aportación económica directa por parte del alumnado en los siguientes supuestos:

La venta de boletos, camisetas... y cualesquiera otras acciones que supongan un aumento de ingresos en el club por parte del alumnado.

La propuesta de "formación deportiva complementaria" al alumnado de escuela deportiva municipal. Esta formación deberá estar previamente autorizada por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte En ningún caso se permitirá el establecimiento de estructuras paralelas a las escuelas deportivas municipales, ni que esa "formación deportiva complementaria" no cumpla los objetivos señalados en el Artículo 9.

Otros supuestos previamente autorizados por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

49. Los servicios y derechos y obligaciones del alumnado recogidos en esta normativa y concretada cada año en la estructura deportiva no sufrirán ninguna modificación, ni tienen ningún tipo de vinculación, con el concepto de Aportación Voluntaria.

50. La entidad convenida informará, obligatoriamente, por escrito a los participantes y al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte de la Aportación Voluntaria que se vaya a solicitar, indicando claramente las siguientes cuestiones:

–El carácter voluntario del pago.

–Su desvinculación con los servicios y derechos de las escuelas deportivas municipales.

–La cuantía económica y su clara diferenciación con la cuota obligatoria.

–Temporada de aplicación.

–La tipología de la Aportación Voluntaria: destino, objeto de los ingresos obtenidos por estas aportaciones.

51. Los ingresos obtenidos a través de la Aportación Voluntaria se destinarán obligatoriamente a áreas estrictamente deportivas de la entidad.

52. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte queda, más allá de lo recogido en la presente normativa, totalmente desvinculado de la regulación y gestión de la Aportación Voluntaria, al entender que se encuentra dentro del ámbito privado de actuación de la entidad y no relacionado con la gestión de las escuelas deportivas municipales, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 45.

De las aportaciones del servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte a las entidades convenidas

53. El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte aportará a las entidades con convenio de colaboración en vigor de escuelas deportivas municipales, apoyo y asesoramiento técnico, y subvenciones de carácter económico, acorde a la disponibilidad de recursos económicos de que disponga y a la estructura deportiva de cada temporada.

54. La subvención económica del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte será compatible con otras posibles subvenciones y aportaciones de otras entidades públicas o privadas, si bien la suma de todas las posibles aportaciones no podrá suponer superávit para la entidad.

55. Las aportaciones del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte a través de la subvención económica de escuelas deportivas municipales se limita a las actuaciones y gastos originados por la preparación y competición en las siguientes competiciones oficiales:

–Juegos Deportivos de Navarra.

–Otras competiciones, reconocidas oficialmente para las disciplinas y/o categorías no incluidas en los Juegos Deportivos de Navarra, previa conformidad por parte del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

56. Dichas aportaciones estarán sujetas al respeto por parte de la entidad convenida a la presente normativa y a la presentación de las memorias y justificaciones necesarias.

57. Elaboración de presupuestos:

Al inicio de temporada (septiembre/octubre) las entidades convenidas presentarán al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte la documentación establecida a tal efecto por éste con respecto a la gestión de la escuela deportiva municipal Esta documentación podrá hacer referencia al:

–Perfil del monitorado de la escuela (titulación, experiencia, conocimiento del euskera, etc.).

–Presupuesto de la escuela (gastos e ingresos, detallado por conceptos).

–Cuantas cuestiones considere oportunas vinculadas a la gestión de la escuela deportiva municipal.

En base a la documentación presentada por la entidad Convenida, a lo establecido a tal efecto en el convenio regulador, y teniendo en cuenta la estructura deportiva ofertada por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte y la asignación presupuestaria establecida en el presupuesto del Ayuntamiento de Huarte / Uharte para las escuelas deportivas municipales se diseñará la propuesta de subvención al club convenido que será aprobada por la Comisión directiva de Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

58. La Subvención a los clubes deportivos convenidos por colaboración en la gestión de una E.D.M podrá contemplar los siguientes apartados:

58.1. Subvención por Recursos Humanos: en la presente partida se podrán contemplar los gastos en coordinación y en monitorado de la escuela deportiva municipal.

58.1.1. Subvención por Coordinación:

Objeto: aportar una cantidad para la dirección técnica y deportiva de la escuela deportiva municipal para aquellas entidades que acrediten el volumen de equipos o alumnos/as con licencia federativa y en competición requeridos, en base a los criterios establecidos por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

58.1.2. Subvención por Monitorado:

Objeto: aportar una cantidad para sufragar los gastos de entrenamiento, preparación física y otros relacionados directamente con la práctica y enseñanza deportiva, por cada equipo o grupo de entrenamiento, en base a los criterios establecidos por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

58.2. Subvención por Gastos federativos:

–Objeto: sufragar los gastos vinculados a la inscripción de los equipos en las diferentes competiciones federadas (impuestos federativos) o no federadas establecidas por el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte Aquellos conceptos que puedan ser subvencionados por otras instituciones, o que sean devueltos (avales) no se subvencionarán.

Los gastos reconocidos son:

–Licencias de alumnado y monitorado de la escuela deportiva municipal.

–Mutualidades.

–Inscripción de equipos en las competiciones.

–Multas federativas cuya responsabilidad sea atribuible al Servicio municipal. de deportes de Huarte / Uharte.

–Arbitrajes en competición oficial.

–Otros conceptos federativos imprescindibles para permitir la participación.

–Gastos excluidos: no se considerarán susceptibles de subvención los siguientes gastos:

  • Licencias y mutualidades superiores a las necesarias para participar en las competiciones recogidas en el artículo 55.
  • Fianzas, avales y similares.
  • Altas federativas del club.
  • Multas federativas cuya responsabilidad no sea atribuible al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.
  • Arbitrajes en partidos amistosos.

58.3. Subvención por recursos materiales: en la presente partida se contemplan los gastos en material de oficina, material deportivo y equipaciones deportivas.

58.3.1. Subvención por material de oficina:

–Objeto: aportación para gastos en papelería, fotocopias, teléfono, Internet y otros suministros para la gestión de la escuela deportiva municipal.

–Criterio cálculo: aportación fija por número de alumnos-as. El número de alumnos /as será el que conste en la base de datos del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte en el momento de la valoración de la aportación a la entidad convenida.

58.3.2. Subvención para material deportivo:

–Objeto: aportación para la compra de material deportivo para los entrenamientos y competición de la escuela deportiva municipal.

–Como norma general la compra de material deportivo para las escuelas deportivas municipales la llevará a cabo el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte e irá a cargo de la partida presupuestaria "Material actividades deportivas" que no vía subvención. Sólo se contemplará subvención para este concepto cuando el funcionamiento de la escuela deportiva municipal así lo justifique.

58.3.3. Subvención por indumentaria deportiva:

–Objeto: aportación para la compra de indumentaria deportiva para la competición, aquella susceptible de ser subvencionada bajo los criterios del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte.

–Como norma general la compra de las indumentarias para las escuelas deportivas municipales la llevará a cabo el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte e irá a cargo de la partida presupuestaria "Material actividades deportivas" que no vía subvención. Sólo se contemplará subvención para este concepto cuando el funcionamiento de la escuela deportiva municipal así lo justifique.

–Dada la variabilidad existente en las características competitivas de las distintas escuelas deportivas municipales, el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte valorará en cada caso la conveniencia de la compra de las equipaciones.

–Gastos excluidos: no serán objeto de esta subvención el gasto en indumentaria deportiva superior a la imprescindible para el desarrollo de la competición (chándal, bolso, abrigo...), entendiéndose que dicho gasto será asumido por la entidad convenida y/o padres, madres y/o tutores legales.

58.4. Desplazamientos: como norma general el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte no subvencionará el desplazamiento a las competiciones. Será responsabilidad de los padres, madres y/o tutores legales el desplazamiento de sus hijos e hijas. La entidad convenida podrá gestionar dichos desplazamientos a través de los autobuses concertados por el Gobierno de Navarra para las competiciones de Juegos Deportivos de Navarra.

–Únicamente cuando el desplazamiento no pueda cubrirse por otra vía y el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte lo valore como un desplazamiento de interés elevado, podrá ser subvencionado. En estos casos previamente autorizados, deberá realizarse a través de transporte público o de empresas de transporte.

–El Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte no asumirá ninguna responsabilidad en el transporte del alumnado.

58.5. Apoyo a la Formación: el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte podrá colaborar económicamente con las entidades convenidas para la formación del monitorado y coordinador/a de las escuelas deportivas municipales. En tal caso, la Comisión directiva del Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte aprobará la normativa y régimen de dicha aportación, que será trasladada a tal efecto a las entidades Convenidas.

–Objeto: aportación para gastos en inscripción para acciones formativas y cursos oficiales organizados por entidades públicas o federaciones deportivas.

59. El presupuesto de gastos presentado por la entidad es considerado como gasto máximo a subvencionar por lo que el Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte no sufragará los déficits que se pudieran generar.

60. Justificación de gastos y Memoria deportiva: al final de cada temporada deportiva, antes del 1 de octubre de cada año, las entidades con convenio de colaboración en vigor de escuelas deportivas municipales presentarán al Servicio municipal de deportes de Huarte / Uharte la memoria deportiva y económica de la temporada recientemente finalizada.

60.1. Memoria económica: presentando los impresos establecidos a tal efecto. La justificación debe alcanzar, en todo caso, la totalidad de la subvención concedida, reduciéndose, en su caso, la cantidad a abonar en el último pago en proporción a la cuantía de subvención no justificada.

60.2. Memoria deportiva: en la que se recogerán, al menos, los siguientes datos:

–Funcionamiento general de la escuela deportiva municipal.

–Participación y resultados más relevantes.

–Principales deficiencias en el funcionamiento, instalaciones y materiales deportivos.

–Propuestas de mejora para la siguiente temporada.

–Otros aspectos que se deseen trasladar.

61. Descuentos: se descontarán aquellas cantidades que no hayan sido debidamente justificadas o que incumplan el objeto y o criterios establecidos en la presente normativa.

62. Pago de subvención económica: la subvención concedida se abonará por transferencia en los siguientes plazos:

–50% de la subvención concedida antes del 31 de enero.

–25% de la subvención concedida antes del 28 de febrero.

–25% restante una vez valorada la justificación de los gastos y memoria deportiva.

Huarte / Uharte, 7 de mayo de 2024.–El alcalde, Alfredo Javier Arruiz Sotés.

Código del anuncio: L2407365