BOLETÍN Nº 106 - 23 de mayo de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de una plaza de interventor/a delegado/a correspondiente al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal, según lo dispuesto en la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 15 de mayo de 2023, se aprobó aplicar en los concursos de traslado que se convoquen para la provisión de las plazas que figuran en la oferta pública de empleo de estabilización (JOB 12_MAY_22, reseña en el Boletín Oficial de Navarra número 97 de 19 de mayo de 2022), el baremo de méritos que se determina en el artículo 10 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio.

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno del organismo autónomo Escuelas Infantiles de fecha 11 de marzo de 2024 se encomienda al Ayuntamiento de Pamplona la gestión de la provisión de la plaza de Interventor/a delegado/a del organismo autónomo.

En consecuencia, la dirección del Área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona, mediante resolución de fecha 7 de mayo de 2024, ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de una plaza del puesto de trabajo de interventor/a delegado/a, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos, así como sus bases.

2. Ordenar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

La convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes:

BASES

1.–Objeto de la convocatoria y normativa aplicable.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso de traslado, de una plaza de interventor/a delegado/a, de régimen funcionarial y nivel A, identificada en la plantilla orgánica del organismo autónomo Escuelas Infantiles con el número 121.

1.2. El presente procedimiento se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra; en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones públicas de Navarra; en el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra, demás normas de aplicación y con arreglo a las presentes bases.

2.–Plazas convocadas.

2.1. En esta convocatoria también será objeto de provisión la plaza que deje vacante la persona aspirante que obtenga nueva plaza en el concurso. No obstante, no se ofertarán aquellas plazas que dejen vacantes las personas aspirantes que hayan obtenido otra en el concurso de traslado cuando no sea precisa su cobertura por tratarse de plazas "a extinguir".

2.2. Al personal que participe en el concurso de traslado del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos no se le modificará el régimen jurídico al que estuviera sujeto con anterioridad a su participación en el concurso.

2.3. Asimismo, las plazas mencionadas podrán excluirse de la convocatoria por quedar afectadas a procesos de reubicación, por ser adjudicadas a quienes reingresan al servicio activo o por cualquier otra causa prevista en el ordenamiento jurídico.

2.4. La plaza resultante tras la cobertura de la vacante se incorporará al procedimiento selectivo de estabilización de concurso-oposición.

3.–Requisitos.

3.1. Para ser admitidas al concurso de traslado, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su situación administrativa.

b) Hallarse encuadrado en el nivel o grupo A, en el puesto de interventor/a delegado/a.

3.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de participación y hasta la toma de posesión de la plaza.

3.3. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria.

3.4. El personal del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos en situación de excedencia sin reserva de plaza podrá reingresar al servicio activo mediante su participación en la convocatoria de concurso de traslado.

3.5. Quienes se encuentren en situación distinta a la de activo, deberán acreditar que reúnen los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes a esta convocatoria.

3.6. El personal que hubiera reingresado al servicio activo, adscrito con carácter provisional a un puesto vacante, deberá presentarse a la convocatoria de concurso de traslado del respectivo puesto de trabajo, al objeto de la adjudicación de destino definitivo.

4.–Solicitudes y documentación.

4.1. Presentación y formalización de la solicitud.

Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, siguiendo la siguiente ruta de navegación: "Trámites y licitaciones", "Ofertas de Trabajo", "Empleo público", "Convocatorias de empleo público", en la reseña correspondiente a la convocatoria.

Las personas concursantes no deberán presentar documentación alguna relativa a los méritos, puesto que, teniendo en cuenta que se valorarán como único mérito los servicios prestados a las Administraciones públicas, atendiendo a razón de 1 punto por año, a la antigüedad reconocida por el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos, en la fecha de publicación de la convocatoria, dicha información se incorporará directamente en el expediente personal de cada persona aspirante y se pondrá a disposición del tribunal para su baremación.

4.2. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

5.–Admisión de personas concursantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas de cada convocatoria, y se ordenará su publicación en la ficha de la correspondiente convocatoria en la web del Ayuntamiento de Pamplona (www.pamplona.es).

5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los tres días naturales siguientes al de publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. La presentación de reclamaciones se realizará por la vía que se determine en la resolución aprobatoria de la lista provisional de personas admitidas y excluidas.

Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el órgano competente dictará un acto administrativo declarando desierto el concurso. Dicho acto administrativo deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra y en la ficha web de la convocatoria.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de cada convocatoria, y se publicará en la ficha web de la correspondiente convocatoria en la web del Ayuntamiento de Pamplona.

En el caso de que no existan personas aspirantes excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva de personas admitidas y se publicará en la ficha de la convocatoria en la web del Ayuntamiento de Pamplona.

5.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar, en el caso de superar el procedimiento selectivo, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

6.–Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador de los concursos de traslado estará compuesto por:

–Presidencia: Aitor Navarro Aristorena, director de Hacienda y Contratación Pública Responsable del Ayuntamiento de Pamplona.

–Presidencia suplente: Xabier Burgui Vergara, director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona.

–Vocal: María José Elverdin Garcés, representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona.

–Vocal suplente: Jesús Lecumberri Rada, representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona.

–Vocal-Secretaría: Antonio José Quesada Arraiz, secretario técnico de Hacienda y Contratación Pública Responsable del Ayuntamiento de Pamplona.

–Vocal-Secretaría suplente: Arantxa Campo Mayo, secretaria técnica de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona.

6.2. El tribunal podrá constituirse a partir del mismo día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

6.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la que ejerza la Secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también personas sustitutas las designadas como vocales suplentes en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.

6.4. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

7.–Calificación de méritos.

7.1. En la presente convocatoria se valorarán como único mérito los servicios prestados a las Administraciones Públicas atendiendo, a razón de 1 punto por año, a la antigüedad reconocida por el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos, en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

7.2. Finalizada la calificación, el tribunal publicará la valoración provisional de méritos en la ficha web de la correspondiente convocatoria, y se concederá un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para que las personas interesadas puedan formular reclamaciones y alegar lo que a su derecho convenga en relación con las valoraciones.

7.3. Una vez resueltas las alegaciones presentadas, el tribunal calificador hará pública la valoración definitiva de méritos, en la ficha de cada convocatoria en la web municipal.

7.4. Los empates que se produzcan en la puntuación de las personas concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos. Si persiste el empate, se resolverá mediante sorteo único celebrado al efecto por el tribunal calificador. Entre las personas igualadas se seleccionará una al azar, mediante la asignación de un número a cada una de ellas ordenadas por orden alfabético, de modo que todos los empates se solventarán atendiendo al orden alfabético, partiendo de los apellidos y nombre de la persona cuyo número se ha extraído en el sorteo.

8.–Elección de vacantes.

8.1. Una vez cumplimentado el trámite anterior, se pondrá a disposición de las personas participantes la relación de plazas a elegir, tanto las iniciales como las que puedan quedar de resultas. Esta información se publicará en la ficha de cada convocatoria en la web municipal.

8.2. De forma simultánea se abrirá un plazo de 5 días naturales para que las personas participantes formulen su solicitud vía telemática, a través del Registro Electrónico. Para ello deberán relacionar por orden de preferencia las plazas deseadas, tanto las iniciales como posibles generadas por resultas.

El órgano convocante llevará a cabo el acto de elección y adjudicación teniendo en cuenta el orden de puntuación.

La información del resultado de la elección se publicará la página web del Ayuntamiento de Pamplona.

8.3. Una vez finalizado el plazo de elección de vacantes, la elección formulada por las personas concursantes tendrá carácter irrenunciable.

8.4. Quien, dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor suficientemente justificado, no formule elección, perderá todos sus derechos a desempeñar las plazas objeto del concurso.

9.–Adjudicación y toma de posesión.

9.1. La adjudicación de plazas a las personas concursantes, en virtud de la elección de vacantes que realicen de conformidad con el orden de prelación resultante, se realizará mediante resolución en la que se fijará la fecha de incorporación única para todas las personas participantes en el procedimiento y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

De forma previa al nombramiento, se procederá a la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la convocatoria por parte de las personas concursantes. En caso de no figurar en el Ayuntamiento de Pamplona constancia del cumplimiento de alguno de los requisitos, se solicitará a la persona interesada que aporte la documentación correspondiente. En caso de que no se acredite el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, la persona aspirante no podrá ser nombrada.

La elección de vacantes supone la aceptación expresa por parte de la persona concursante de la plaza que se le adjudique de entre los que haya señalado y tendrá carácter irrenunciable.

9.2. Al personal que participe en el concurso de traslado no se le modificará el régimen jurídico al que estuviera sujeto con anterioridad a su participación en el concurso.

9.3. La resolución de los procedimientos de provisión de plazas mediante concurso de traslado se formalizará con carácter previo a la adjudicación de plazas en los procesos de estabilización.

10.–Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, que no emanen del tribunal calificador, cabe interponer, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Tanto la interposición como la resolución de cualquiera de los recursos interpuestos serán publicadas en la web municipal a los efectos de notificar y emplazar a las personas interesadas de este proceso selectivo.

Pamplona, 7 de mayo de 2024.–El director del Área de Recursos Humanos, Xabier Burgui Vergara.

Código del anuncio: L2407501