BOLETÍN Nº 10 - 15 de enero de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 498/2023, 12 de diciembre, del director general de Educación, por la que se convoca la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria por las personas mayores de 18 años en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2024.

El director del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad presenta informe favorable para que se apruebe la presente resolución, que tiene por objeto convocar la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria durante el año 2024 y dar instrucciones para su realización.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el capítulo IX del título I a la Educación de personas adultas y en su artículo 68.2 atribuye a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, la capacidad de organizar periódicamente la prueba para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, las pruebas libres que se realicen hasta el final del curso 2023-2024 para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se organizarán basándose en la configuración curricular desarrollada a partir del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. Esta configuración curricular, por lo que se refiere a las enseñanzas de personas adultas, se concreta en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, en la Orden Foral 10/2018, de 25 de enero, de la consejera de Educación por la que se establece el currículo de las enseñanzas de Educación Secundaria para las Personas Adultas en la Comunidad Foral de Navarra.

Asimismo, la Orden Foral 3/2010, de 14 de enero, regula la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria por las personas mayores de dieciocho años en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos que todas las personas participantes en alguna parte del proceso faciliten en los diversos formularios empleados en el mismo, serán tratados por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para su uso estadístico y para la gestión de los documentos de reconocimiento que pudieran resultar de este procedimiento.

Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiéndose al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, número 8, de Pamplona. Aquellas personas que lo hagan constar de forma expresa, podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando existan motivos fundados y legítimos.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1. Aprobar la realización de las dos convocatorias de la prueba libre para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria por las personas mayores de 18 años que tendrán lugar en el año 2024.

2. Dictar instrucciones para la convocatoria y desarrollo de dicha prueba de acuerdo con lo dispuesto en los anexos de esta resolución.

3. Ordenar la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Trasladar la presente resolución y sus anexos al Boletín Oficial de Navarra para su publicación, a los Servicios de Ordenación, Formación y Calidad y de Inspección Educativa, a las Secciones de Ordenación Académica y de Gestión Jurídico-Administrativa, a los Negociados de Formación Permanente y de Escolarización y al Instituto de Educación Secundaria de Navarra de Personas Adultas "Félix Urabayen", a los efectos oportunos.

Pamplona, 12 de diciembre de 2023.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO I.–INSTRUCCIONES PARA LA CONVOCATORIA Y DESARROLLO DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA POR LAS PERSONAS MAYORES DE 18 AÑOS EN EL AÑO 2024

1. Prueba libre.

La prueba libre tiene como finalidad permitir la obtención directa de la titulación básica de nuestro sistema educativo a las personas mayores de dieciocho años que demuestren haber logrado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes.

2. Requisitos.

Podrán concurrir a la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria las personas mayores de dieciocho años o que cumplan esta edad en 2024.

Las personas matriculadas de forma oficial en las enseñanzas de Educación Secundaria para las Personas Adultas que deseen inscribirse en la prueba libre deberán renunciar a la matrícula en dichas enseñanzas antes del día 22 de diciembre, si desearan participar en la convocatoria de febrero, y antes del día 19 de abril, si quisieran hacerlo en la convocatoria de junio.

No podrán inscribirse en la prueba libre aquellas personas matriculadas en otras enseñanzas conducentes al título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Para la realización de la prueba se exigirá a las personas aspirantes acreditar su identidad mediante la presentación de DNI, del número de identificación de extranjero (NIE) o del pasaporte.

3. Fecha y lugar de realización de la prueba.

La prueba se celebrará el día 5 de febrero (1.ª convocatoria) y el día 3 de junio (2.ª convocatoria).

El lugar de realización de la prueba será el Instituto de Educación Secundaria de Navarra de Personas Adultas (IESNAPA) "Félix Urabayen", sito en calle Bartolomé de Carranza, número 5 de Pamplona.

El Departamento de Educación facilitará la realización de la prueba a los reclusos o soldados acuartelados inscritos con grandes dificultades para desplazarse al centro citado. En tales casos un técnico del Departamento se desplazará al centro penitenciario o al cuartel con los ejercicios, en las fechas y horas establecidas, y velará por la correcta realización de los mismos. Una vez finalizadas la prueba las introducirá en un sobre y las entregará al presidente del tribunal.

4. Inscripción para la prueba.

4.1. Aspectos generales.

El plazo de inscripción para la convocatoria de febrero será del 17 al 24 de enero, ambos días inclusive. Para la convocatoria de junio, las inscripciones se realizarán del 10 al 17 de mayo, ambos inclusive.

Las inscripciones se formalizarán en la Secretaría del IESNAPA "Félix Urabayen" de Pamplona, en el Registro del Departamento de Educación, en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a que se refiere el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio.

La solicitud de inscripción se ajustará al modelo que aparece en el anexo II de la presente resolución. Se acompañará fotocopia de los siguientes documentos:

–DNI, NIE o pasaporte.

–Certificación académica, quienes deseen beneficiarse de la exención de alguno de los tres ámbitos de conocimiento, según el anexo de la Orden Foral 3/2010, de 14 de enero.

–Justificante de renuncia a la matrícula en las enseñanzas de Educación Secundaria para las Personas Adultas si las estuviera cursando.

–Certificación de discapacidad, en el caso de que el aspirante precise de alguna medida de adaptación.

Las personas que hayan presentado fotocopias de las certificaciones que se señalan en el punto anterior, deberán acudir a la prueba con las certificaciones originales para que el tribunal, si lo considera oportuno, compruebe que se corresponden con las copias presentadas.

Los diferentes ejercicios de la prueba libre podrán realizarse, a voluntad del aspirante, en castellano o en euskara. Para ello, en la ficha de inscripción, se especificará la opción deseada.

Para los ejercicios del ámbito de comunicación no se permite el uso de diccionarios de lengua castellana, lengua vasca, ni de lenguas extranjeras. Se admite el uso de calculadora básica no programable en los ejercicios del ámbito científico-tecnológico. El ejercicio de lengua extranjera se podrá realizar, a voluntad del aspirante, en francés o en inglés. Para ello, en la ficha de inscripción se especificará el idioma deseado.

En ninguno de los ejercicios se permite el uso de teléfono móvil.

4.2. Relación provisional y definitiva de personas inscritas en la prueba libre.

La lista provisional se publicará los días 25 de enero (para la 1.ª convocatoria) y el 20 de mayo (para la 2.ª convocatoria) en el tablón de anuncios del IESNAPA Félix Urabayen y en la ficha del catálogo de trámites "Pruebas para obtener el título de graduado en ESO 2024", a la que se accede a través del portal www.navarra.es.

En dichas listas se recogerán los solicitantes inscritos que hayan sido admitidos a la prueba y los excluidos con indicación de las causas de exclusión. También se señalarán el ámbito o ámbitos de conocimiento que tengan exentos, así como las adaptaciones de la prueba solicitadas por determinados aspirantes.

Las personas aspirantes podrán formular las alegaciones que consideren oportunas, según el modelo del anexo III, sobre la lista provisional ante el director del centro, los días 26 de enero al 30 de enero (1.ª convocatoria) y los días 24 al 28 de mayo (2.ª convocatoria). Estas reclamaciones podrán presentarse en la secretaría del centro o remitirlas por correo electrónico (f.urabayen@educacion.navarra.es).

La lista definitiva se publicará los días 31 de enero (1.ª convocatoria) y el 29 de mayo (2.ª convocatoria) en el tablón de anuncios del IESNAPA Félix Urabayen y en la ficha del catálogo de trámites "Pruebas para obtener el título de graduado en ESO 2024", a la que se accede a través del portal www.navarra.es.

Si como resultado de la aplicación de los criterios de equivalencias para exenciones de ámbitos alguna de las personas matriculadas tuviera superados los tres ámbitos de conocimiento de la prueba libre, comparecerá el día y hora fijados para el examen. En el acto de llamada a las personas aspirantes por parte del tribunal se le notificará que no tiene que realizar ninguno de los ejercicios de la prueba y se le incluirá en el acta, con las calificaciones que se deriven de las acreditaciones presentadas, y en la propuesta de expedición del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

5. Tribunal.

5.1. Constitución del tribunal.

Se constituirá un tribunal, nombrado mediante resolución del director del Servicio de Régimen Jurídico de Personal, a propuesta del director del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad oído el director del IESNAPA "Félix Urabayen de entre el profesorado del centro perteneciente al cuerpo de catedráticos o al cuerpo de profesores de Secundaria. Igualmente se designarán los correspondientes cinco suplentes. El tribunal, para el mejor desarrollo de sus tareas de evaluación, podrá solicitar la colaboración de asesoras o asesores en los casos en que lo estime conveniente.

El tribunal estará compuesto por una presidenta o presidente y cuatro vocales, uno de los cuales ejercerá las funciones de secretaria o secretario.

En la composición del tribunal se garantizará que exista al menos una profesora o profesor de cada uno de los tres ámbitos de la Educación Secundaria para las Personas Adultas (ESPA).

El tribunal será el mismo para ambas convocatorias del año 2024, febrero y junio. En el caso de que el número de personas inscritas para alguna de las convocatorias sea superior a 150, se podrá designar un segundo tribunal.

En el supuesto de que en alguna de las dos convocatorias exista más de un tribunal, la prueba será común para todas las personas aspirantes, con independencia del tribunal al que estén asignadas, y se realizarán de forma simultánea en una jornada, en sesiones de mañana y tarde.

5.2. Funciones del tribunal.

Las funciones del tribunal serán las siguientes:

a) Coordinar la organización, desarrollo, realización y evaluación de la prueba para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

b) Cumplir con la confidencialidad inherente al ejercicio de sus funciones como integrante de un tribunal.

c) Elaborar la prueba y establecer los criterios de evaluación y de calificación de la misma con la supervisión del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad.

d) Velar por la adecuación de la prueba a la normativa de referencia.

e) Publicar en el tablón de anuncios del IESNAPA Félix Urabayen y en la Ficha de trámites correspondiente toda la información relativa a esta convocatoria, las listas provisionales y definitivas de personas admitidas y no admitidas, así como resolver las reclamaciones presentadas a las mismas.

f) Determinar las adaptaciones de la prueba por discapacidad.

g) Resolver las reclamaciones referidas a las solicitudes de adaptación por discapacidad.

h) Asistir a la prueba, velando por el correcto desarrollo de la misma.

i) Comunicar en el momento de la realización de la prueba, la fecha en la que se harán públicos los resultados, los plazos de reclamación, así como el momento y forma de recoger las certificaciones correspondientes.

j) Corregir y calificar la prueba en los plazos señalados aplicando los criterios establecidos para la corrección de los ejercicios.

k) Publicar en el tablón de anuncios del IESNAPA Félix Urabayen y en la Ficha de trámites correspondiente los resultados provisionales y definitivos de la prueba, así como resolver las reclamaciones presentadas a las mismas.

l) Elaborar la memoria de la convocatoria de la prueba de cada convocatoria.

m) Cualquier otra función que sea determinada por el director general de Educación.

5.3. Compensaciones.

Los miembros del tribunal y las asesoras y asesores percibirán una compensación económica por las funciones realizadas.

6. Estructura, realización, evaluación y calificación de la prueba, publicación de los resultados y reclamaciones y documentación.

6.1. Estructura de la prueba.

La prueba libre constará de tres partes, correspondientes a los tres ámbitos de conocimiento de la Educación Secundaria para las Personas Adultas: comunicación, científico-tecnológico y social.

Los contenidos de los ejercicios de cada uno de los tres ámbitos de conocimiento tendrán como referente curricular el anexo I de la Orden Foral 10/2018, de 25 de enero, por la que se establece el currículo de las enseñanzas de Educación Secundario para las Personas Adultas en la Comunidad Foral de Navarra.

La parte correspondiente al ámbito de comunicación constará de los siguientes ejercicios diferenciados:

–Lengua castellana: incluirá contenidos relativos a los módulos de Lengua castellana.

–Lengua vasca (solo para las personas que realicen la prueba en euskara): incluirá contenidos relativos a los módulos de Lengua vasca.

–Lengua extranjera: incluirá contenidos relativos a los módulos de Lengua extranjera. Las personas aspirantes podrán elegir entre Francés e Inglés.

Los ejercicios correspondientes al ámbito científico - tecnológico se basarán en los contenidos de los módulos de Matemáticas - Tecnología y Naturaleza y salud.

Los ejercicios correspondientes al ámbito social tendrán como referencia los contenidos de los módulos de Sociedad.

El Departamento de Educación adoptará las medidas oportunas y dispondrá de los medios técnicos y personales más adecuados para que las personas con discapacidad, acreditada documentalmente en el momento de la inscripción, puedan realizar la prueba en las condiciones más favorables.

6.2. Tiempo de realización.

Los ejercicios se realizarán en una jornada, en sesiones de mañana y tarde.

En la convocatoria de febrero, la sesión de mañana, que comenzará a las 10 horas, estará destinada a los ejercicios del ámbito de comunicación y del ámbito social. Se les dedicará un máximo de tres horas: dos horas para el ámbito lingüístico y una hora para el ámbito social. La duración máxima para esta sesión será de tres horas.

La sesión de tarde, que comenzará a las 16 horas, estará destinada al ejercicio del ámbito científico-tecnológico. La duración máxima será de 3 horas.

En la convocatoria de junio, la sesión de mañana, que comenzará a las 10 horas, estará destinada al ejercicio del ámbito científico-tecnológico. La duración máxima será de 3 horas.

La sesión de tarde, que comenzará a las 16 horas, estará destinada a los ejercicios del ámbito de comunicación y del ámbito social. Se les dedicará un máximo de tres horas: dos horas para el ámbito lingüístico y una hora para el ámbito social. La duración máxima para esta sesión será de tres horas.

6.3. Calificación.

La calificación de la prueba será global para cada uno de los tres ámbitos que la integran. Los resultados se expresarán en los siguientes términos: insuficiente (IN), suficiente (SU), bien (BI), notable (NT) y sobresaliente (SB). Esta calificación irá acompañada de una expresión numérica, sin decimales, en un rango de uno a diez, aplicándose las siguientes correspondencias:

–Insuficiente: 1, 2, 3 o 4.

–Suficiente: 5.

–Bien: 6.

–Notable: 7 u 8.

–Sobresaliente: 9 o 10.

La calificación de insuficiente (IN) será considerada negativa y positivas las otras cuatro.

Los ámbitos declarados exentos se expresarán con el término exento (EX), acompañado de la calificación y nota numérica que resulta de realizar la media aritmética de las materias, ámbitos, módulos o grupos que han posibilitado la exención.

Los ámbitos superados en convocatorias anteriores se especificarán con la expresión SCA a la que acompañará la calificación y nota numérica. La calificación de apto será equivalente a suficiente, para los efectos que sean necesarios.

La calificación correspondiente al ámbito de la comunicación se obtendrá aplicando la media ponderada de sus diferentes partes, teniendo en cuenta los siguientes porcentajes:

–Si se realiza la prueba en castellano: 75 % Lengua castellana y 25 % Lengua extranjera.

–Si se realiza la prueba en euskara: 37,5 % Lengua castellana, 37, 5 % Lengua vasca y 25 % Lengua extranjera.

Las personas aspirantes que tras la calificación de los tres ámbitos de la prueba hayan alcanzado las competencias y los objetivos de la etapa, habrán superado la misma y serán propuestas por el tribunal para la expedición del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Se entenderán alcanzadas las competencias y los objetivos de la etapa en el supuesto de haber obtenido como nota media de los ámbitos un 5 o nota superior.

6.4. Publicación de los resultados. Reclamaciones.

El tribunal comunicará, en el momento de la realización de los ejercicios, la fecha en la que se harán públicos los resultados, los plazos de reclamación, así como el momento y forma de recoger las certificaciones correspondientes.

Una vez realizada la evaluación de la prueba, el tribunal hará públicos los resultados en el tablón de anuncios del IESNAPA Félix Urabayen y en la ficha del catálogo de trámites "Pruebas para obtener el título de graduado en ESO 2024", a la que se accede a través del portal www.navarra.es.

En caso de disconformidad con las calificaciones de la prueba, las personas aspirantes podrán presentar por escrito reclamaciones, según modelo del anexo III, ante la presidenta o presidente del tribunal en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de los resultados.

Si algún aspirante no estuviese de acuerdo con el resultado de la reclamación podrá presentar, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el Departamento de Educación.

6.5. Documentación.

Una vez finalizado el plazo de reclamación y resueltas las posibles alegaciones presentadas, el tribunal cumplimentará el acta de evaluación según el modelo que figura en el anexo IV de esta resolución y las harán públicas para comunicar los resultados definitivos de la prueba.

Las actas de evaluación de la prueba quedarán archivadas en la secretaría del centro en el que hayan tenido lugar las mismas.

El tribunal expedirá un certificado provisional, a todas aquellas personas que hayan superado la prueba libre conforme al modelo que figura en el anexo V.

A las personas aspirantes que no superen la prueba libre y no puedan ser propuestas para la expedición del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, pero hayan aprobado alguno de los ámbitos de conocimiento, se les expedirá una certificación que acredite el ámbito o ámbitos aprobados, con indicación de la calificación y puntuación numérica obtenida, conforme al modelo que figura en el anexo VI. Los candidatos mantendrán para sucesivas convocatorias dichas calificaciones, que tendrán validez en todo el territorio nacional.

La propuesta de expedición de títulos de graduado en Educación Secundaria Obligatoria de las personas que superen la prueba libre, en cada convocatoria, será remitida al Departamento de Educación por el director del centro en el que se realizó la misma.

El centro remitirá también al Negociado de Formación Permanente una copia del acta de cada convocatoria y la ficha de estadística de los resultados que figura en el anexo VII de esta resolución.

Los ejercicios realizados por las personas participantes en la prueba quedarán archivados en el centro por un periodo mínimo de 3 meses, salvo que estén sujetos a algún proceso de reclamación. En este caso deberán conservarse hasta que dicho proceso esté resuelto.

ANEXO II.–FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
EN LA PRUEBA LIBRE DE GRADUADO EN ESO

Apellido1.......................................................................... Apellido 2 ..........................................................................

Nombre .............................................................................. DNI/NIE/ PASAPORTE..........................................................

Sexo: H M. Fecha de nacimiento ...................... con domicilio en ........................................................................

CP .................. Calle .................................................................................................................... Tfno.....................

Correo electrónico ....................................................................................................................................................

Nacionalidad..............................................................................................................................................................

EXPONE:

Que cumple el requisito para presentarse a la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria por las personas mayores de 18 años

SOLICITA:

1. La Inscripción a la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en ES.O:

Castellano

Euskara

2. Idioma ejercicio Lengua Extranjera:

Inglés

Francés

3. La Exención de:

Ámbito de la comunicación.

Ámbito científico-tecnológico.

Ámbito social.

4. Adaptación de la prueba por discapacidad.

Indicar tipo de adaptación necesaria ......................................................................................................

Para lo que adjunta fotocopias de la siguiente documentación:

1. Identificación.

–Documento nacional de identidad.

–Número de identificación de extranjeros.

–Pasaporte.

2. Documentación acreditativa de discapacidad.

3. Documentación acreditativa de la superación de los ámbitos indicados (según el anexo de la Orden Foral 3/2010, de 14 de enero, Boletín Oficial de Navarra 3 de febero de 2010).

–Ámbito de la comunicación

–Ámbito científico-tecnológico.

–Ámbito social.

En, a .................... de ............................................... de 2024.

La persona interesada

Los datos que se recogen se tratarán informáticamente con la debida confidencialidad y reserva apropiados y serán utilizados para el fin que se han recabado, conforme a Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

SR/SRA DIRECTOR/A DEL IESNAPA FELIX URABAYEN DE PAMPLONA.

ANEXO III.–FORMULARIO DE RECLAMACIÓN

Doña/Don ............................................................................................................................................ con DNI/NIE número .................................., que habiendo cursado solicitud de inscripción en la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en ESO por mayores de 18 años:

Convocatoria de febrero

Convocatoria de junio

Mediante el presente escrito formula RECLAMACIÓN contra:

Lista de personas admitidas:

Exención de ámbitos

Adaptación por discapacidad

Calificaciones de:

Ámbito de la comunicación

Ámbito científico-tecnológico

Ámbito social

Por los motivos que expongo a continuación:

En ......................., a .................... de ................................... de 2024

La interesada/El interesado

Los datos que se recogen se tratarán informáticamente con la debida confidencialidad y reserva apropiados y serán utilizados para el fin que se han recabado, conforme a Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

SRA/SR. DIRECTORA/DIRECTOR DEL IESNAPA FELIX URABAYEN

SRA/SR. PRESIDENTA/PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE LA PRUEBA LIBRE

ANEXO IV.–ACTA DE EVALUACIÓN DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Centro ............................................................................................................................................
Titularidad .......................................................................................... Localidad .....................................
Provincia ......................................... Dirección ...................................................................................................
C.P. ............................ Fecha de realización de las pruebas .......................................... N.º total de personas inscritas .............. N.º de personas presentadas .............. N.º de personas propuestas al título ..............

RELACIÓN NOMINAL

ÁMBITOS (1)

N.ºorden

Apellidos

Nombre

Comunicación

Científico-
tecnológico

Social

D.T. (2)

(1) Especifíquese la calificación: Sobresaliente: SB; Notable: NT; Bien: BI; Suficiente: SU; Insuficiente: IN; acompañada de la nota numérica.

Especifíquense otras circunstancias: No presentada/o: NP; Exento: EX (acompañar calificación y nota numérica que resulta de realizar la media aritmética de las materias, ámbitos, módulos o grupos que le han posibilitado la exención); Superado en convocatorias anteriores: SCA (debe consignarse además la calificación y notación numérica).

(2) (D.T.) decisión sobre titulación (S=titula; N=no titula).

En a .............. de .................................... de 2024.

V.ºB.º La/El presidenta/e

Vocales del tribunal

Vocal secretaria/o

Fdo

Fdo.:

Fdo:

ANEXO V.–CERTIFICADO PROVISIONAL DE TÍTULO

Don/Doña ............................................................................................................................................
vocal secretaria/o del tribunal que ha evaluado la prueba libre para la obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria en convocatoria de ................(1) Celebrada en ....................................................................

CERTIFICA

Que don/doña ......................................................................................................................................
natural de .................................... provincia de ...................................... nacido/a el .......... de .................... de .................., ha realizado la prueba libre reglamentaria para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria y figura en la propuesta con evaluación positiva.

El presente certificado acredita la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, con los efectos que le son propios.

Y para que conste a los efectos oportunos, expido el presente certificado

En a .............. de .................................... de 2024.

V.ºB.º vocal secretaria/o

LA/EL presidenta/e del tribunal

Fdo:

Fdo:

(1) Consígnese mes y año de celebración de la prueba.

ANEXO VI.–CERTIFICADO DE ÁMBITOS SUPERADOS

Don/doña ................................................................................................................................................,
nacida el .................................., con D.N.I. .............................., ha superado en la convocatoria del mes de .............. del año ................ y en la prueba libre para la obtención directa del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria realizadas en el centro .............................................. de ........................ los siguientes ámbitos:

ÁMBITOS

CALIFICACIÓN (1)

Comunicación

Científico-tecnológico

Social

Lo que CERTIFICO,

En a .............. de .................................... de 2024.

V.ºB.ºVOCAL SECRETARIA/O

LA/EL PRESIDENTA/E DEL TRIBUNAL

Fdo:

Fdo:

(1) Especifíquese la calificación: Sobresaliente: SB; Notable: NT; Bien: BI; Suficiente: SU; Insuficiente: IN; No presentada/o: NP; Exento: EX; Superado en convocatorias anteriores: SCA (debe consignarse además la calificación).

En todos los casos la calificación se acompañará de la nota numérica.

Trácese una raya horizontal en las casillas correspondientes a los grupos no aprobados.

ANEXO VII.–TABLA ESTADÍSTICA DE LOS RESULTADOS DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Centro ..........................................................................................................................................
Localidad ...................................... Fecha de realización de la prueba ............................................................

EDAD

SEXO

INSCRITAS.

PRESENTADAS

OBTIENEN
TÍTULO

APRUEBAN ALGÚN ÁMBITO

Uno

Dos

17

H

M

Total

18-19

H

M

Total

20-24

H

M

Total

25-29

H

M

Total

30-34

H

M

Total

35-39

H

M

Total

40-44

H

M

Total

45-49

H

M

Total

50-54

H

M

Total

55-59

H

M

Total

60-64

H

M

Total

65 o más

H

M

Total

TOTAL

H

M

Total

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