BOLETÍN Nº 79 - 19 de abril de 2023

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

HACIENDA FORAL DE NAVARRA

Citación para comparecencia

Se hace saber que habiendo resultado infructuosa, por causas no imputables a la Administración, la notificación a las personas físicas identificadas con NIF 00274166Y y con NIF 15851471D, del documento número 138728 mediante el que se le remitía un ejemplar del Acta de IRPF en disconformidad de los años 2016, 2017, 2018 y 2019 y de su informe ampliatorio, del Expediente Sancionador de IRPF en disconformidad de los años 2016, 2017, 2018 y 2019, intentos de notificación realizados en días y horas diferentes, habiendo dejado aviso de llegada en el correspondiente casillero domiciliario, quedando constancia de dichas circunstancias en el correspondiente expediente, se publica este edicto conforme a lo dispuesto el artículo 99.4 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria (en adelante LFGT) y se les hace saber que:

1.º Se les cita para que comparezcan en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, en horario de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h, en las oficinas del Servicio de Inspección Tributaria de la Hacienda Foral de Navarra, sitas en la Calle Cortes de Navarra 2 de Pamplona, para ser notificado por comparecencia.

2.º Podrá comparecer por medio de representante. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante comparecencia ante el funcionario actuante (artículo 36.2 de la LFGT).

3.º Si transcurrido dicho plazo no hubiese comparecido, la notificación del acta y del expediente sancionador del IRPF de los años 2016, 2017, 2018 y 2019, así como del informe ampliatorio, se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

4.º Tal y como establece el artículo 56.1 del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección Tributaria de Navarra y el artículo 33 del Decreto Foral 153/2001, de 11 de junio, que desarrolla el Régimen de Infracciones y Sanciones Tributarias, tiene derecho a presentar ante el Director del Servicio de Inspección las alegaciones que considere oportunas, así como los justificantes y pruebas que considere oportunos, dentro del plazo de los quince días siguientes a la fecha en que se produzca la comparecencia o en el caso de que no se produjera a partir del día siguiente al plazo señalado en el punto 1.º El Director del Servicio de Inspección a la vista de las alegaciones, del Acta y del informe ampliatorio emitido por el actuario, dictará los actos administrativos que correspondan.

Pamplona, 11 de abril de 2023.–La actuaria.

Código del anuncio: F2305683