BOLETÍN Nº 77 - 17 de abril de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OLAZTI / OLAZAGUTÍA

Calendario laboral para 2023

Resolución de 31 de marzo de 2023, del alcalde-sustituto del Ayuntamiento de Olazti / Olazagutia, por la que se aprueba el calendario laboral del año 2023 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Olazti / Olazagutia, así como la declaración de días inhábiles a los efectos del cómputo de plazos en 2023.

Vista la Resolución 323/2022, de 3 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 126, de 27 de junio de 2022, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2023 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito dela Comunidad Foral de Navarra y la resolución 789/2022, de 22 de noviembre de la directora general de Política de Empresa, proyección internacional y Trabajo, por la que se determinan las fiestas locales para el año 2023 igualmente retribuido y no recuperable.

Visto así mismo el Decreto Foral 112/2022 de 14 de diciembre por el que se declaran los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra a efectos de cómputo de plazos para el año 2023.

Considerando la negociación previa con la representación de las trabajadoras y los trabajadores del Ayuntamiento de Olazti en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto Foral Legislativo 251/1993.

Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local por remisión del artículo 8 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la administración local de Navarra y en concordancia con el artículo 84.1 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el calendario de días festivos durante el año 2023 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Olazti / Olazagutia, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2023, las siguientes:

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–6 de abril: Jueves Santo.

–7 de abril: Viernes Santo.

–10 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta de Trabajo.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–26 julio: Fiestas Patronales.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 noviembre: Todos los Santos.

–4 diciembre: lunes siguiente a S. Fco. Javier.

–6 diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Las oficinas municipales permanecerán cerradas todos los sábados y domingos del año, los días declarados festivos anteriormente relacionados y contemplados en el calendario laboral para el año 2023, así como el 24 de julio y 29 septiembre.

El horario de atención al público de las oficinas será de 10:00 a 14:00 horas.

Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos durante el año 2023 todos los sábados y domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo para el personal municipal, queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

–La jornada diaria de trabajo será de lunes a viernes y tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 25 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 8:00 a 15:00 horas, quedando los 25 minutos de trabajo restantes para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:35 y las 8:00 horas y entre las 15:00 y las 15:25 horas.

Con carácter continuo, el personal técnico-administrativo podrá tener un saldo positivo o negativo de hasta 10 horas respecto de la jornada diaria.

–Se establece flexibilidad horaria, comprendiendo la parte fija del horario entre las 9:00 horas y las 14:00 horas, quedando el tiempo restante para su realización, a elección del empleado/a y con carácter flexible, entre las 7:00 y las 9:00 horas y las 14:00 y las 16:30 horas.

–Cada trabajador/a dispondrá de una bolsa de 17 horas y a disfrutar a lo largo del año, en función de las necesidades del servicio.

Tercero.–Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón oficial de anuncios de la Corporación y de la sede electrónica del Ayuntamiento de Olazti / Olazagutia, dando traslado a las delegadas y el delegado de personal de este Ayuntamiento y al Pleno en la primera sesión ordinaria que este órgano colegiado celebre.

Olazti / Olazagutia, 31 de marzo de 2023.–El alcalde sustituto, Unai Ruiz Larraza.

Código del anuncio: L2305365