BOLETÍN Nº 76 - 14 de abril de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 89/2023, de 23 de marzo, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se actualizan las cuantías de las Ayudas Extraordinarias de Incorporación Social para el año 2023.

El artículo 12 de la Orden Foral 442/2020, de 28 de diciembre, de la consejera de Derechos Sociales, por la que se desarrolla el procedimiento de valoración y concesión de las Ayudas Extraordinarias de Inclusión Social establece que para la actualización de las cuantías fijadas en esta orden foral se utilizará el incremento de IPC medio del año anterior.

Visto el informe del Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo proponiendo actualizar para el año 2023 las cuantías de las ayudas extraordinarias aplicando un incremento del 8,8% sobre las cuantías actuales.

En consecuencia, vista la conformidad de la Intervención Delegada y en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente.

ORDENO:

1.º Actualizar las cuantías de los elementos de las Ayudas Extraordinarias de Incorporación Social aplicando un incremento del 8,8%, quedando fijadas las siguientes cuantías máximas a admitir.

Para elementos específicos para la habitabilidad: frigorífico 450 euros, lavadora, cocina, calentador y estufa 427 euros respectivamente, caldera calefacción y agua caliente 1.462 euros.

Para elementos de equipamientos básico el siguiente mobiliario de primera necesidad: para dormitorio doble, somier 150x190 112 euros, colchón 150x190 225 euros y armario 281 euros. Para dormitorio individual, somier 90x190 90 euros, colchón 112 euros y cama nido, literas y armario 225 euros respectivamente. Sofá 281 euros. Mesa más sillas (de salón o de cocina, a elegir) 225 euros. Mobiliario que suponga acceso a una cocina funcional/útil 562 euros.

2.º Contra esta orden foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

4.º Trasladar esta orden foral al Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo, al Centro Contable de la Sección de Gestión Presupuestaria y al Negociado de Asuntos administrativos de la Secretaría General Técnica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de marzo de 2023.–La consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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