BOLETÍN Nº 56 - 20 de marzo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 48/2023, de 28 de febrero, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas por la que se procede a la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión, en los términos municipales de Viana y Mendavia.

Con fecha 12 de agosto de 2022, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, don Carlos Sobrino San Martín en representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., solicitó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.

–Expediente: SAT11389 (Ref.: 1337 - 101114923 NA/na).

–Ubicación de la instalación: términos municipales de Viana y Mendavia.

–Finalidad: optimizar el número de apoyos necesarios y mejorar la seguridad del suministro eléctrico en la zona.

–Características técnicas: proyecto de renovación de la línea aérea simple circuito a 13,2 kV entre el apoyo 87 de la LAMT "Viana-Mendavia" y el apoyo 184 de la LAMT "Lodosa-Mendavia". Las actuaciones que se llevarán a cabo son:

  • Línea eléctrica a 13, 2 kV S.C. "Viana-Mendavia" (4625-L12).
    • Línea General: tramo a construir de 2.109 metros de longitud con 11 apoyos, comprendido entre los apoyos número 87 y número 112. Se desmontará la línea existente con un total de 20 apoyos en dicho tramo.
    • Desviación 1 (Particular): tramo a construir de 19 metros de longitud, se desmontará la línea existente de igual longitud.
    • Desviación 2 (Particular): tramo a construir de 19 metros de longitud, se desmontará la línea existente de igual longitud.
  • Línea eléctrica a 13, 2 kV S.C. "Lodosa-Mendavia" (4632-L05).
    • Línea General: tramo a construir de 2.483 metros de longitud con 15 apoyos, comprendido entre los apoyos número 112 y número 184. Se desmontará la línea existente con un total de 25 apoyos en dicho tramo.
    • Desviación 1 (Particular): tramo a construir de 42 metros de longitud, se desmontará la línea existente de igual longitud.
    • Desviación 2 (Particular): tramo a construir de 41 metros de longitud, se desmontará la línea existente de igual longitud.
    • Desviación 3 (Particular): tramo a construir de 58 metros de longitud, se desmontará la línea existente de igual longitud.

–Presupuesto de ejecución material: 373.376,26 euros.

En cumplimiento de los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y de los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el proyecto presentado, junto con la relación de bienes y derechos afectados, se sometió a información pública durante treinta días, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 189 de 22 de septiembre de 2022, en Diario de Navarra y en Diario de Noticias de fecha 23 de septiembre de 2022, así como en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra.

Asimismo, la documentación se remitió a los Ayuntamientos de Mendavia y Viana para su exposición al público por el mismo periodo de tiempo y constan en el expediente las diligencias acreditativas de dicho acto.

Simultáneamente, en aplicación de los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se consultó a los siguientes organismos afectados:

ORGANISMO

FECHA INFORME

1.

Ayuntamiento de Mendavia

30/09/2022

2.

Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras

17/10/2022

3.

Dirección General de Medio Ambiente

15/11/2022

4.

Ayuntamiento de Viana

28/11/2022

5.

Confederación Hidrográfica del Ebro

Sin respuesta

6.

Mancomunidad de Montejurra

Sin respuesta

El Ayuntamiento de Mendavia informó que la actuación pretendida es compatible con el planeamiento municipal, tratándose de una actividad autorizable.

El Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, emitió informe con condiciones técnicas que debe cumplir la citada renovación de línea y señalando que el promotor deberá presentar, junto con la documentación técnica que defina perfectamente las obras ejecutadas, la solicitud para la preceptiva autorización de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras.

La Dirección General de Medio Ambiente, en concreto el Servicio Forestal y Cinegético, informó favorablemente, con condiciones a tener en cuentea al objeto de minimizar las afecciones a las vías pecuarias.

El Ayuntamiento de Viana ha informado que la actuación es compatible con el planeamiento urbanístico vigente, con las consideraciones recogidas en el informe.

La Confederación Hidrográfica del Ebro y la Mancomunidad de Montejurra no han emitido respuesta y no se han recibido alegaciones al proyecto.

Todos los informes han sido remitidos a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., que ha manifestado su conformidad y aceptación de los condicionados técnicos establecidos.

Mediante Resolución 383E/2022, de 14 de noviembre, del director de Servicio de Biodiversidad, se formuló Informe de Afecciones Ambientales favorable, sujeto a la aplicación de una serie de medidas. Entre otras, minimizar el riesgo de electrocución de avifauna, manteniendo como mínimo 1 metro de distancia entre la cruceta del apoyo y los conductores, así como 1,5 metros de distancia entre conductores.

Al tratarse de la renovación de una línea eléctrica existente sin modificación del trazado, la actuación no precisa de autorización en suelo no urbanizable atendiendo a lo señalado por el artículo 110.2 del Decreto Foral Legislativo1/2017, de 26 de julio.

La relación de bienes y derechos afectados por el proyecto no se ha visto modificada durante la tramitación del expediente y es la originalmente publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 189 de 22 de septiembre de 2022.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 52/2019, de 18 de noviembre, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 (Boletín Oficial de Navarra número 234, de 27 de noviembre de 2019), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., para la citada instalación.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Reconocer a la empresa I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

4. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el ingeniero técnico industrial don Marcos Hernando Tuesta, concediendo un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

5. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

6. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

7. La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

8. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, al Servicio de Biodiversidad, al Servicio Forestal y Cinegético y a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, a los efectos oportunos.

9. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

10. Notificar esta resolución a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a la Mancomunidad de Montejurra y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que en contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

11. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Mendavia y al Ayuntamiento de Viana, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 28 de febrero de 2023.–La directora del servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.

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