BOLETÍN Nº 49 - 9 de marzo de 2023

3. Administración del Estado

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

Información Pública de la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de los "Parques Eólicos La Senda y El Camino" y sus infraestructuras de evacuación asociadas (PEol-707 AC)

A los efectos de lo establecido en los artículos 53.1.a) y b) y 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y los artículos 122, 130 y 143 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y los artículos 17, 18, 19 y 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, artículo 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), se someten al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de los Proyectos de "Parque Eólico la Senda de 11,4 MW" y "Parque Eólico El Camino de 22,8 MW" según el procedimiento simplificado establecido en el artículo 7 del Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, cuyos expedientes han sido acumulados para su tramitación conjunta en el Expediente "PEol-707 AC" y cuyas características se señalan a continuación:

Peticionario: Desarrollos Renovables del Norte, S.L.U., con domicilio en la Avenida de Europa 10, 28108 Alcobendas (Madrid).

Objeto de la petición: solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de los proyectos "Parque Eólico La Senda de 11,4 MW" y "Parque Eólico El Camino 22,8 MW".

Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Órgano tramitador: Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, en la parte que afecte a su provincia. Las alegaciones se dirigirán a dicha área funcional, en la Delegación del Gobierno en Navarra, sita en Plaza Merindades, s/n, 31071, Pamplona.

Descripción de las Instalaciones: Los Parques Eólicos que se proyectan estarán ubicados en los términos municipales de Azuelo, Aguilar de Codés, Aras y Viana (Navarra) y las infraestructuras de evacuación afectarán a los términos municipales de Azuelo, Aguilar de Codés (Navarra) y La Guardia (Álava).

Las características de las instalaciones son las siguientes:

–Parque eólico La Senda: 2 aerogeneradores Nordex de 5,7 MW, torre de 118 metros de altura de buje y 163 metros de diámetro de pala, con una potencia total a instalar de 11,4 MW, junto a su línea soterrada de 20 kV.

–Parque eólico El Camino: 4 aerogeneradores Nordex de 5,7 MW, torre de 118 metros de altura de buje y 163 metros de diámetro de pala, con una potencia total a instalar de 22,8 MW, junto a su línea soterrada de 20 kV.

–Subestación Las Llanas de Codés, con una posición de transformación ya existente 220/12 de 55 MVA en la que actualmente evacúa el PE Aras. Se instalará anexo un centro de seccionamiento y transformación 20/12 kV de 13 MVA para el PE La Senda y una posición de transformación ya existente 220/20 kV de 75 MVA en el que actualmente evacúa el PE Azuelo para el PE El Camino. Será objeto de tramitación en la Comunidad Foral.

–Línea aérea de alta tensión 220 kV SET Las Llanas de Codés-SET LA GUARDIA 220 kV ya existente, de evacuación de varios parques eólicos en explotación.

–Subestación LA GUARDIA 220 kV de REE.

Presupuesto estimado: Parque Eólico la Senda y su infraestructura de evacuación: 11.076.562 euros y Parque Eólico el Camino y su infraestructura de evacuación: 22.734.870 euros.

Finalidad: Generación de energía eléctrica mediante dos parques eólicos, así como su evacuación a la red de transporte de energía eléctrica.

El peticionario ha formulado la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de los presentes proyectos, cuya aprobación es competencia del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y, del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, la tramitación del expediente administrativo, sobre la petición de las referidas resoluciones. Están sometidas al trámite de información pública e información las Administraciones públicas de los artículos 125, 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, si bien se unifican dichos trámites y todos los plazos previstos se reducen a la mitad.

Según lo previsto en el artículo 54 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso de energía eléctrica.

Para el reconocimiento en concreto de tal utilidad pública, según lo previsto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, será necesario que la empresa interesada lo solicite, incluyendo una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que aquélla considere de necesaria expropiación.

La declaración de utilidad pública llevará implícita los efectos previstos en el artículo 56 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000 referido.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que puedan ser examinados los proyectos y los planos parcelarios y, por tanto, todos los documentos técnicos y ambientales en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, sita en Plaza de las Merindades, s/n, 31071, Pamplona, concertando cita previa o en el siguiente enlace:

https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/navarra/proyectos-ci.html

Igualmente y según lo previsto en el artículo 144 del citado Real Decreto 1955/2000, el documento técnico que detalla las afecciones del proyecto y que incluye la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos por él afectados, podrá ser examinado en los Ayuntamientos de los términos municipales indicados en este anuncio.

Ante esa área, se podrán presentar, bien en soporte físico por escrito en el Registro General de dicha delegación del Gobierno o bien a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es, o en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.

A continuación, se inserta la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que el peticionario considera de necesaria expropiación, ya sea ésta del pleno dominio de terrenos, y/o de servidumbre de paso de energía eléctrica y servicios complementarios en su caso, tales como caminos de acceso u otras instalaciones auxiliares.

En Anexo 1 la relación del Parque Eólico "El Camino" y en Anexo 2 la relación del Parque Eólico "La Senda".

Relación de bienes y derechos afectados por los parques eólicos el camino y la senda (PDF).

Pamplona, 10 de febrero de 2023.–El director del Área de Industria y Energía, Ignacio Irujo Sanz.

Código del anuncio: E2302798