BOLETÍN Nº 49 - 9 de marzo de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ZIZUR MAYOR

Convocatoria para la provisión de jefatura, mediante concurso de méritos, de la plaza vacante con el puesto de trabajo de jefe/a trabajador/a social

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zizur mayor, en la sesión de 17 de febrero de 2023, aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de la plaza vacante con el puesto de trabajo de jefe/a trabajador/a social.

Esta provisión se ajustará a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo dictado para su desarrollo y ejecución, en las demás normas de aplicación, y en las bases de la convocatoria.

Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria para la provisión de jefatura, mediante concurso de méritos, de la plaza vacante con el puesto de trabajo de jefe/a trabajador/a social, del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

1.2. Esta provisión se ajustará a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo dictado para su desarrollo y ejecución, en las demás normas de aplicación, y en las bases de la convocatoria.

1.3. La presente convocatoria se hará pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

1.4. Los trabajos y funciones a desempeñar serán los recogidos en el Manual de funciones correspondientes a las tareas del puesto de jefe/a trabajador/a social.

1.5. El horario de trabajo, será el establecido para el puesto de trabajo concreto al que se opte, adaptándose en todo momento según las necesidades del servicio y pudiendo ser modificado por el mismo.

1.6. El puesto de trabajo de puesto de jefe/a trabajador/a social estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como con los complementos que se aprueben y/o en su defecto, estén establecidos en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Zizur Mayor para dicho puesto de trabajo.

1.7. En ningún caso la participación en el presente concurso supondrá la modificación del régimen jurídico al que estuvieran sujetas las personas concursantes con anterioridad a su participación en el mismo, continuando con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

2.–Requisitos.

2.1. De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, quienes concurran al presente concurso de méritos deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento del nombramiento hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial, con el puesto de trabajo de trabajador/a social.

b) Hallarse en posesión del carnet de conducir clase B1 o equivalente.

2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y en el momento del nombramiento.

3.–Solicitudes y documentación.

3.1. Plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de 15 días naturales contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.2. Presentación y formalización de la solicitud.

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse a través de la sede electrónica https://sedeelectronica.zizurmayor.es, y ajustándose al modelo que figura en el Anexo I de la presente convocatoria.

Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.3. Documentación a presentar con la solicitud.

Al momento de presentar la solicitud, las personas aspirantes deberán aportar la siguiente documentación:

a) Copia del documento nacional de identidad.

b) Certificado acreditativo del requisito de la base 2.1.a).

c) Copia del carnet de conducir del requisito de la base 2.1.b).

d) Copia acreditativa de los méritos alegados a tenor del baremo establecido en el Anexo II de la convocatoria.

Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

4.–Admisión de personas aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y del Ayuntamiento de Zizur Mayor dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los cinco días naturales siguientes al de publicación de la lista provisional en el en el Boletín Oficial de Navarra, tablón de anuncios, y sede electrónica, municipales, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y del Ayuntamiento de Zizur Mayor dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, el tablón de anuncios, y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/.

4.4. Si no hubiera aspirantes excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

4.5. En la misma resolución aprobatoria se determinará el plazo de presentación de la Memoria-trabajo sobre la jefatura objeto de concurso.

4.6. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:

–Presidente/a: Piluka García Castellano, concejala del Ayuntamiento de Zizur Mayor. Suplente: Don Jon Gondán Cabrera, alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

–Vocal: Don Jesús Cemborain Luquin, gerente del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña Yolanda Azanza Ilzarbe, interventora del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

–Vocal: Doña Isabel Abadía Sanz, técnica de Administración pública y Recursos Humanos, del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

–Suplente: Doña Margarita Hernandez Baigorri, oficial administrativa del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

–Vocal: Don Armando Liaño de Sola, representante propuesto por la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña María Idoia Urdánoz Ortigosa, representante propuesto por la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

–Secretaria: Doña Cristina Fabo Legarda, secretaria del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña Dolors Blazquez Miret, oficial administrativa del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

5.2. El tribunal deberá constituirse dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

5.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia de presidente/a y de la vocal-secretaria o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.5. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo y valoración del proceso de selección. Concurso de méritos.

6.1. Los elementos a valorar, que deberán ser aportados en el plazo de presentación de instancias, son los siguientes:

a) Servicios prestados a las Administraciones Públicas: hasta 35 puntos.

b) Formación, docencia, investigación y otros méritos: hasta 25 puntos.

6.1.2. Los méritos alegados y justificados por cada aspirante en relación con los dos apartados anteriores incluida la puntuación por conocimiento de euskera, se calificarán y puntuarán por el tribunal de acuerdo con el baremo recogido en el anexo II.

En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

El tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por las personas que concursen.

6.1.3. Frente a la valoración de los méritos se podrá interponer reclamación en el plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios, y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/.

6.2. Informe psicotécnico: hasta 15 puntos.

El Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública, tras la realización de las correspondientes pruebas, emitirá un informe psicotécnico acerca de cada uno de los concursantes en el que valorará su adecuación personal a la naturaleza y características de la jefatura o dirección objeto de la convocatoria. La puntuación que el referido Servicio asigne en el informe psicotécnico a cada uno de los aspirantes vinculará al tribunal calificador del concurso.

6.3. Memoria-trabajo sobre la jefatura objeto del concurso: hasta 25 puntos.

6.3.1. Los aspirantes deberán presentar, en el plazo que al efecto se especifique en la lista definitiva de admitidos y excluidos al concurso, una memoria-trabajo consistente en un análisis de las tareas de la jefatura o dirección y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño, así como de la organización técnico-administrativa de la unidad orgánica que se convoca.

6.3.2. La memoria-trabajo será expuesta y defendida oralmente por cada aspirante ante el Tribunal. La comparecencia podrá contener también, si el tribunal lo estima oportuno, cuestiones referidas a los méritos aportados por el aspirante y a su adecuación a las características de la jefatura objeto del concurso.

6.3.3. La incomparecencia de algún aspirante a la exposición y defensa oral de la memoria-trabajo supondrá su automática eliminación del concurso.

6.3.4. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario alcanzar un mínimo de doce puntos y medio para superarla.

6.3.5. La puntuación obtenida por los aspirantes que superen esta prueba se sumará a la obtenida en los demás apartados del concurso, a los efectos de obtener la puntuación total de cada uno de ellos.

Después de su realización, se publicará en el tablón de anuncios, y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/ los resultados obtenidos en la misma por cada aspirante (incluirán los datos de nombre, apellidos, DNI y puntuación).

Frente a los resultados de esta prueba se podrá interponer reclamación en el plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios, y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/.

6.4. Los empates que se produzcan en la puntuación de las personas concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las Administraciones Públicas. Si persistiese el empate, este se resolverá en favor de la concursante de mayor edad.

6.5. En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada en el mencionado baremo.

El tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por los/las concursantes.

6.6. Se convocará a la realización de la prueba de conocimiento del euskera que acredite su nivel de conocimiento a aquellas personas concursantes que hayan solicitado realizarla en el anexo I de modelo de instancia, con el objeto de baremar el mérito contemplado en el anexo II de la convocatoria.

7.–Relación de personas aprobadas.

Concluida la celebración de estas pruebas el tribunal calificador publicará la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/.

El orden de las personas aspirantes en la lista de aprobadas vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo.

Base 8.–Propuesta del tribunal.

Asimismo, el tribunal formulará al Ayuntamiento convocante una propuesta de nombramiento como jefe/a trabajador/a social del Ayuntamiento de Zizur Mayor a favor de la persona aspirante aprobada con la mayor puntuación.

Base 9.–Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Mediante resolución del concejal delegado de Presidencia, Función Pública, y Seguridad y Protección Ciudadana, se efectuará el nombramiento como jefe/a trabajador/a social del Ayuntamiento de Zizur Mayor, que a continuación se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

9.2. Toma de posesión.

La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión de su puesto de trabajo dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación de su nombramiento.

En el supuesto, salvo casos de fuerza mayor, de que no tome posesión de la plaza en la fecha señalada, perderá todos sus derechos.

10.–Protección de datos.

Identidad: Ayuntamiento de Zizur.

Dirección postal: parque Erreniega s/n 31180 Zizur Mayor.

Teléfono: 948 181896.

Delegado de Protección de Datos: delegadaprotecciondatos@zizurnagusia.eus.

Finalidad: gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.

Base jurídica: Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tiempo de conservación de los datos: los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

Destinatarios de los datos: los datos pueden ser cedidos a jueces y tribunales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios según se indica en la convocatoria.

Derechos: las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos en el caso de que sean inexactos así como cancelarlos dirigiéndose a la dirección señalada en el apartado primero.

De las misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos mediante escrito dirigiéndose a calle Jorge Juan, 6, 28001 (Madrid) o a través de su sede electrónica en www.agpd.es.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto ante el órgano municipal que aprueba la convocatoria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante que hubiera nombrado al tribunal, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Don/Doña

DNI/Carta de identidad

Fecha nacimiento [dd/mm/aaaa]

Lugar nacimiento

Nacionalidad

Domicilio actual [calle, número, escalera, piso]

Código postal

Población

Teléfono 1

Teléfono 2

Correo electrónico

EXPONE:

Que ostentar la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial, con el puesto de trabajo de trabajador/a social.

Que se halla en posesión del carnet de conducir clase B1 o equivalente.

Que acompaña a la instancia fotocopia de:

Copia del documento nacional de identidad.

Certificado acreditativo del requisito de la base 2.1.a).

Copia del carnet de conducir del requisito de las bases 2.1.b).

Copia de los documentos acreditativos de méritos.

En todo caso, el Ayuntamiento de Zizur Mayor se reserva la posibilidad de requerir aclaraciones o documentación en el supuesto de imposibilidad material de consulta.

SOLICITA:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión de jefatura, mediante concurso de méritos, de la plaza vacante con el puesto de trabajo de jefe/a trabajador/a social, del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Realizar la prueba de nivel de conocimiento del euskera.

(Firma)

Protección de datos: el Ayuntamiento de Zizur Mayor es el responsable de tratamiento de los datos de carácter personal que se utilizarán con la finalidad de gestionar la tramitación del procedimiento administrativo para el que han sido presentados o solicitados. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos dirigiéndose a las dependencias municipales. Puede consultar el listado de tratamiento de datos y la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra web: www.zizurmayor.es.

ANEXO II

Baremo de méritos

Apartado a) Servicios prestados a las Administraciones Públicas. 35 puntos.

1. Servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo de nivel/grupo y titulación exigidos en la convocatoria: por cada año 2 puntos.

2. Servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo distintos a los anteriores: por cada año 0,5 puntos.

Notas.

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

3.ª En el caso de servicios cuya prestación hubiese sido simultánea con otros, solamente se valorarán los que tengan mayor puntuación.

4.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

5.ª Los períodos en los que el funcionario se encuentre en servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de su acceso a dichas situaciones.

6.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 35 puntos.

Apartado b) Formación, docencia e investigación y otros méritos. 25 puntos.

La valoración de los diversos apartados de la formación, docencia e investigación deberá guardar proporción con la adecuación que los mismos tengan a la naturaleza y características de los puestos de trabajo objeto de la correspondiente convocatoria.

1. Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y Universidades: 0,10 puntos por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas), hasta un máximo de 10 puntos.

Notas:

1.ª Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

2.ª Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito.

3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.

4.ª Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizados por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

2. Organización y/o participación como docente en acciones formativas en el ámbito del sector público: hasta un máximo de 3 puntos, a valorar por el tribunal calificador en función de la duración de las mismas.

3. Titulaciones y especialidades académicas diferentes a la exigida, en su caso, en la convocatoria: hasta un máximo de 2 puntos.

4. Conocimiento del euskera: 10 puntos.

La puntuación por conocimiento del euskera tendrá una valoración máxima de 10 puntos, que se distribuirá de la siguiente manera:

1.ª La posesión del título C1 (o niveles superiores C2) del Marco común europeo de referencia para las lenguas o de otras titulaciones oficiales equivalentes al nivel C1 (o niveles superiores), recibirá la máxima valoración.

2.ª De no poseerse dicha titulación, se valorará en 8 puntos la posesión del nivel B2, 6 puntos la posesión del nivel B1, en 4 puntos la posesión del nivel A2, en 2 puntos la del nivel A1, o titulaciones oficiales equivalentes.

Notas a todo el apartado b):

1.ª Únicamente se valorarán dentro de este apartado aquellos méritos que guarden relación directa con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

2.ª La puntuación máxima de este apartado b) no podrá ser superior a 25 puntos.

Zizur Mayor, 21 de febrero de 2023.–El alcalde, Jon Gondán Cabrera.

Código del anuncio: L2302967