BOLETÍN Nº 49 - 9 de marzo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 22 de febrero de 2023, por el que se declara urgente, a los efectos de la expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el "Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la recuperación del antiguo trazado del Plazaola, (subtramo Sarasa-Pamplona)".

Mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra de 10 de mayo de 2010 se aprobó el "Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la recuperación del antiguo trazado del Plazaola, tramo Pamplona-Irurtzun", promovido por el Consorcio Turístico Plazaola. (Boletín Oficial de Navarra número 64 de 26/05/2010), modificado por Acuerdo de Gobierno de 16 de abril de 2014 en lo referente al trazado a su paso por los términos Aizoáin y Sarasa (Boletín Oficial de Navarra número 82 de 29/04/2014, en el que se declaró la utilidad pública e interés social del proyecto así como la urgencia a efectos expropiatorios.

Por Acuerdo de Gobierno de Navarra de 15 de febrero de 2023 se ha aprobado una nueva modificación del citado proyecto sectorial en lo referente a su trazado por el municipio de Berrioplano / Berriobeiti, promovido por la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo.

El objeto de este proyecto sectorial es recuperar la antigua línea férrea del Plazaola, entre las localidades de Pamplona e Irurtzun, para su uso y disfrute por parte de los ciudadanos para usos recreativos.

La ejecución del citado proyecto se dividió en dos tramos, Irurtzun-Sarasa y Sarasa-Pamplona. El tramo Sarasa-Pamplona, pendiente de ejecutar, representa una longitud aproximada de 9,650 km. En su recorrido atraviesa los términos municipales de la cuenca de Pamplona: Iza / Itza, Berrioplano / Berriobeiti y Berriozar hasta el límite con Pamplona / Iruña.

La citada actuación está incluida en el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "ACD Navarra Rural", aprobado por Resolución 93E/2022, de 20 de junio, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, y financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Para su ejecución es necesario acometer las obras a la mayor brevedad para poder cumplir los compromisos adquiridos por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra respecto a la financiación de los citados fondos europeos, por lo que, al objeto de agilizar los trámites para la adquisición de los terrenos necesarios, se hace preciso declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial.

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la recuperación del antiguo trazado del Plazaola, (subtramo Sarasa-Pamplona)".

2.º Establecer como gasto estimado para la adquisición de los bienes y derechos afectados la cantidad de 187.252,28 euros, con cargo a la partida 830000 83000 6010 432100 MRR Infraestructuras Eurovelo del presupuesto de gastos de 2023.

3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, produciendo efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que el mismo puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Trasladar este acuerdo al Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio, al Negociado de Gestión Contable de Turismo y Comercio y a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda en el citado departamento.

Pamplona, 22 de febrero de 2022.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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