BOLETÍN Nº 41 - 27 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 10/2023, de 15 de febrero, por el que se crea el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y se establece el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece en su artículo 56 el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, que incluye especies, subespecies y poblaciones silvestres merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza, así como aquellas que figuren como protegidas en los anexos de las directivas y los convenios internacionales ratificados por España.

Asimismo, en su artículo 58 y en el seno del listado indicado, crea el Catálogo Español de Especies Amenazadas, constituido por los taxones o poblaciones de la biodiversidad amenazada, incluyéndolos en algunas de las dos categorías siguientes:

a) En peligro de extinción: taxones o poblaciones cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando.

b) Vulnerable: taxones o poblaciones que corren el riesgo de pasar a la categoría anterior en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellos no son corregidos.

La Ley 42/2007 determina asimismo que las comunidades autónomas podrán establecer, en sus respectivos ámbitos territoriales, listados de especies silvestres en régimen de protección especial y catálogos de especies amenazadas. También podrán, en su caso, incrementar el grado de protección de las especies del Catálogo Español de Especies Amenazadas en sus catálogos autonómicos, incluyéndolas en una categoría superior de amenaza.

El Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, establece el listado concreto de las especies incluidas en las categorías mencionadas.

Por otro lado, la Comunidad Foral de Navarra acometió la catalogación de las especies de flora amenazada a través del Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, por el que se crea el Catálogo de la Flora Amenazada de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre catalogada.

El Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, se aprobó en desarrollo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, normativa de carácter estatal que ha sido sustituida por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, por lo que corresponde adecuar las categorías del decreto foral a la normativa básica vigente.

Por otro lado, Navarra no ha establecido todavía un listado autonómico de especies silvestres en régimen de protección especial, en desarrollo del artículo 56.4 de la Ley 42/2007.

En el amplio periodo de tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, algunas de las especies de flora presentes en Navarra han tenido cambios importantes en sus parámetros poblacionales. Estos cambios aconsejan una revisión de su estatus. Además, el mayor conocimiento de la distribución y evolución de muchos taxones permite disponer de información adecuada para establecer su grado de amenaza.

La revisión del estatus de los diferentes taxones de flora presentes en Navarra se ha fundamentado, de acuerdo a lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, en los criterios establecidos en la Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de febrero de 2017, por el que se aprueban los criterios orientadores para la inclusión de taxones y poblaciones en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Estos criterios, utilizados en el ámbito estatal, tienen la ventaja de evaluar tendencias de las poblaciones o de las áreas de ocupación de las especies. En un área de poca extensión, como es el caso de Navarra, la situación de las poblaciones cercanas puede tener un efecto muy importante en la conservación de nuestra flora. Por ello, los criterios mencionados se han matizado con las directrices para el uso de los criterios de la lista roja de la UICN a Nivel Regional.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión del día quince de febrero de dos mil veintitrés,

DECRETO:

Artículo 1. Objeto.

1. Se crea el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial, que incluirá especies, subespecies y poblaciones de flora silvestres, que sean merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza, o grado de amenaza y que no figuren ya en el Listado Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, sin perjuicio de lo indicado en el siguiente apartado. El Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre se anexa al presente decreto foral.

2. Se establece, en el seno del citado listado, el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra, con las siguientes categorías:

a) En peligro de extinción: taxones o poblaciones cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando.

b) Vulnerable: taxones o poblaciones que corren el riesgo de pasar a la categoría anterior en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellos no son corregidos.

El Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra incluirá únicamente aquellos taxones no incluidos ya como amenazados en el catálogo español o que, figurando en éste, lo hagan con una categoría de menor amenaza. El catálogo se anexa al presente decreto foral.

Artículo 2. Régimen de protección y efectos de la inclusión de taxones en el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra.

1. Para los taxones incluidos en el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial, se aplicará lo establecido en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Asimismo, para dichos taxones, se realizará una evaluación periódica de su estado de conservación.

2. Para los taxones incluidos en el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra, se aplicará lo establecido en el apartado 1 del artículo 59 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Artículo 3. Inclusión y exclusión de especies en el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra.

1. La inclusión y exclusión de taxones en el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial, así como el cambio de categoría de amenaza, se producirá cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje y se efectuará por orden foral de la persona titular del departamento competente en materia de medio ambiente y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, previo informe del Consejo Navarro de Medio Ambiente.

2. La inclusión y exclusión de taxones de flora silvestres en el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra, así como el cambio de categoría de amenaza, se producirá cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje y se efectuará por orden foral de la persona titular del departamento competente en materia de medio ambiente y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, previo informe del Consejo Navarro de Medio Ambiente.

Artículo 4. Información necesaria para la inclusión de taxones en el Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra.

1. Para cada uno de los taxones del Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial se dispondrá de la siguiente información:

a) Denominación científica, nombres comunes y posición taxonómica.

b) Ámbito territorial ocupado por la especie, subespecie o población.

c) Criterios y breve justificación técnica de las causas de la inclusión.

2. Para cada uno de los taxones del Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra, se dispondrá de la siguiente información adicional:

a) Categoría de amenaza, con justificación de la misma.

b) Diagnóstico del estado de conservación, identificación de amenazas y, en su caso, referencias sobre la relación de la especie en Navarra con los territorios vecinos.

Disposición Derogatoria única.

Se deroga el Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, por el que se crea el Catálogo de la Flora Amenazada de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre catalogada.

Disposición final primera.–Habilitación para el desarrollo.

Se faculta a la persona titular del departamento con competencias en medio ambiente para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición final segunda.–Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 15 de febrero de 2023.–La presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

ANEXO

Listado Navarro de Especies de Flora Silvestre en Régimen de Protección Especial y Catálogo de Especies de Flora Amenazada de Navarra

NOMBRE CIENTÍFICO

NOMBRE COMÚN
CASTELLANO

NOMBRE COMÚN
EUSKERA

CATEGORÍA
DE AMENAZA

BRIOPHYTA

Buxbaumiaceae

Buxbaumia viridis

EP

Dicranaceae

Dicranum viride

EP

PTERIDOPHYTA

Aspidiaceae

Dryopteris carthusiana

Dryopteris aemula

VU

Aspleniaceae

Asplenium petrarchae subsp. petrarchae

Athyriaceae

Cystopteris diaphana

VU

Cystopteris montana

Blechnaceae

Woodwardia radicans

EP

Equisetaceae

Equisetum variegatum

Cola de caballo

EP

Hymenophyllaceae

Hymenophyllum tunbrigense

VU

Vandenboschia speciosa

VU

Lycopodiaceae

Diphasiastrum alpinum

Huperzia selago

Lycopodiella inundata

EP

Lycopodium clavatum

Thelypteridaceae

Stegnogramma pozoi

EP

Thelypteris palustris

PINOPHYTA

Cupressaceae

Juniperus thurifera

Sabina albar

Intzentsu miterra, intzentsu sabina

VU

SPERMATOPHYTA

Alismataceae

Baldellia ranunculoides

Alisma menor

VU

Amaryllidaceae

Galanthus nivalis

Campanilla de invierno

Negu-txilintxa

Narcissus bulbocodium subsp. citrinus

Narcissus dubius

VU

Narcissus pallidiflorus

Narcissus poeticus

Narciso de los poetas

Pipirripi

VU

Narcissus triandrus subsp. pallidulus

VU

Sternbergia colchiciflora

Azafrán amarillo

VU

Apiaceae

Angelica razulii

Hydrocotyle vulgaris

VU

Pimpinella villosa

Prangos trifida

Betulaceae

Carpinus betulus

Carpe

Xarma, pago-lizarra

VU

Boraginaceae

Buglossoides gastonii

VU

Nonea micrantha

Brassicaceae

Cardamine pentaphyllos

Cardamine resedifolia

VU

Cochlearia aragonensis subsp. aragonensis

VU

Cochlearia aragonensis subsp. navarrana

VU

Cochlearia glastifolia

EP

Draba hispanica subsp. hispanica

EP

Iberis carnosa subsp. nafarroana

VU

Moricandia moricandioides subsp. cavanillesiana

VU

Callitrichaceae

Callitriche palustris

EP

Caryophyllaceae

Arenaria erinacea

VU

Arenaria vitoriana

EP

Cerastium cerastoides

Herniaria scabrida subsp. scabrida

Illecebrum verticillatum

Minuartia cerastiifolia

Minuartia mutabilis

Minuartia rubra

Paronychia polygonifolia

VU

Sagina subulata

Saponaria caespitosa

VU

Silene rupestris

VU

Spergularia capillacea

Chenopodiaceae

Microcnemum coralloides subsp. coralloides

EP

Salsola soda

Cistaceae

Cistus psilosepalus

Fumana hispidula

Halimium umbellatum

Helianthemum sanguineum

Compositae

Arnica montana

Arnica

VU

Bidens cernua

Centaurea lagascana

VU

Evax pygmaea

Hieracium colmeiroanum

Hieracium ramondii

Hieracium umbrosum

Homogyne alpina

Leucanthemum maximum

VU

Leuzea cynaroides

Petasites paradoxus

VU

Senecio auricula

Senecio carpetanus

VU

Senecio doria

Silybum eburneum

Convolvulaceae

Convolvulus althaeoides

Crassulaceae

Crassula tillaea

Cyperaceae

Carex caudata

VU

Carex cespitosa

EP

Carex hordeistichos

EP

Carex hostiana

EP

Carex liparocarpos subsp. liparocarpos

Carex nigra

VU

Carex paniculata subsp. lusitanica

VU

Carex paniculata subsp. paniculata

VU

Carex strigosa

VU

Eleocharis austriaca

EP

Eriophorum angustifolium

Hierba algodonera

VU

Eriophorum latifolium

Hierba algodonera

Rhynchospora alba

VU

Rhynchospora fusca

EP

Dipsacaceae

Lomelosia graminifolia

VU

Droseraceae

Drosera intermedia

Atrapamoscas, rocío del sol

Eguzki-ihintza

EP

Ericaceae

Arctostaphylos alpinus

Otso-mahatsa

EP

Empetrum nigrum subsp. hermaphroditum

EP

Erica lusitanica

Brezo blanco

Zurikatxa, txilar zuria

Frankeniaceae

Frankenia thymifolia

Gentianaceae

Gentiana acaulis

Gentiana burseri subsp. burseri

Genciana

Errosta

Gentiana lutea subsp. lutea

Genciana

Errosta

Swertia perennis

EP

Geraniaceae

Erodium daucoides

EP

Erodium manescavii

EP

Gesneriaceae

Ramonda myconi

Oreja de oso

VU

Gramineae

Agrostis durieui

Avellinia michelii

Puccinellia fasciculata

Stipa iberica

Guttiferae

Hypericum caprifolium

VU

Hypericum linariifolium

Hippuridaceae

Hippuris vulgaris

EP

Juncaceae

Juncus capitatus

VU

Juncus filiformis

VU

Juncus trifidus

Juncaginaceae

Triglochin palustris

EP

Labiatae

Scutellaria galericulata

Hierba de la celada

Sideritis spinulosa

Teucrium montanum subsp. montanum

VU

Thymus zygis

Tomillo

Ezkaia

Ziziphora aragonensis

Leguminosae

Astragalus clusianus

VU

Astragalus depressus

Astragalus glaux

Astragalus sempervirens subsp. catalaunicus

VU

Cytisus oromediterraneus

Piorno

Erratza

Genista eliassennenii

Genista florida

Escobón

Erratza

Lathyrus bauhinii

Lathyrus nudicaulis

Lathyrus vivantii

VU

Medicago secundiflora

VU

Oxytropis foucaudii

VU

Trifolium gemellum

Lentibulariaceae

Pinguicula alpina

Tiraña alpina, grasilla

Pinguicula lusitanica

Grasilla pálida

VU

Liliaceae

Allium pyrenaicum

VU

Maianthemum bifolium

Menyanthaceae

Menyanthes trifoliata

Trébol de agua

Uretako hirusta

VU

Onagraceae

Circaea alpina subsp. alpina

VU

Orchidaceae

Barlia robertiana

Dactylorhiza incarnata

Dactylorhiza insularis

Dactylorhiza majalis

VU

Dactylorhiza sulphurea

Epipactis fageticola

Epipactis palustris

VU

Epipogium aphyllum

EP

Nigritella gabasiana

Ophrys aveyronensis

Orchis italica

Orchis laxiflora

VU

Orchis papilionacea

Orquídea mariposa

EP

Platanthera algeriensis

VU

Spiranthes aestivalis

EP

Paeoniaceae

Paeonia officinalis subsp. microcarpa

Papaveraceae

Sarcocapnos enneaphylla

Plumbaginaceae

Armeria cantabrica subsp. vasconica

VU

Limonium ruizii

VU

Primulaceae

Androsace vitaliana subsp. vitaliana

Soldanella villosa

VU

Rafflesiaceae

Cytinus hypocistis subsp. hypocistis

Cytinus ruber

Ranunculaceae

Aconitum variegatum subsp. pyrenaicum

Acónito azul

Ira-belar urdina

VU

Actaea spicata

Adonis pyrenaica

VU

Anemone pavoniana

Myosurus minimus

Pulsatilla alpina subsp. font-queri

VU

Ranunculus lingua

EP

Ranunculus ollissiponensis

Ranunculus omiophyllus

Ranunculus ollissiponensis subsp. alpinus

Ranunculus auricomus L.

Ranunculus pyrenaeus

Thalictrum macrocarpum

Resedaceae

Reseda barrelieri

Rosaceae

Prunus lusitanica subsp. lusitanica

Loro

Portugal erramua

VU

Prunus padus

Cerezo aliso

Otsagereziondoa

VU

Sanguisorba officinalis

Pimpinella mayor

Gaitun haundia

VU

Sorbus hybrida

VU

Ruppiaceae

Ruppia drepanensis

Saxifragaceae

Saxifraga clusii

VU

Saxifraga fragilis subsp. fragilis

VU

Saxifraga hariotii

Scrophulariaceae

Gratiola officinalis

VU

Lathraea squamaria

VU

Sinopteridaceae

Cheilanthes acrostica

Thymelaeaceae

Daphne cneorum

VU

Valerianaceae

Valeriana apula

Valeriana longiflora subsp. longiflora

(EP: en peligro de extinción; VU: vulnerable)

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