BOLETÍN Nº 35 - 20 de febrero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LODOSA

Retribuciones de los miembros de la corporación

En este ayuntamiento se vienen abonando unas cantidades a la alcaldesa, para compensar su dedicación al cargo, establecidas por acuerdo del Pleno de 25 de marzo de 2021 (Boletín Oficial de Navarra número 81, de 13 de abril de 2021).

Este acuerdo dispone que el Ayuntamiento pagará, como retribución por dedicación parcial, a la alcaldesa doña Lourdes San Miguel Rojo, la cantidad total de treinta y nueve mil setecientos sesenta y cinco euros (39.765,00 euros) anuales, incluidos todos los conceptos (sueldo bruto 30.000,00 euros y seguridad social empresarial 9.765,00 euros), que se hará efectiva mensualmente, doble en los meses de junio y diciembre, con las deducciones que les correspondan. El régimen de dedicación mínima necesaria, para la percepción de dicha retribución se establece en treinta horas semanales, en cualquiera de las actividades del cargo (despacho, reuniones, viajes u otras).

La norma general reguladora se contiene en los artículos 75, 75 bis y 75 ter, de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, donde establecen modalidades y límites para estas retribuciones.

Se plantea por alcaldía modificar este régimen retributivo y, con la misma cantidad de retribución modificar el régimen de dedicación al cargo a dieciocho horas para doña Lourdes San Miguel Rojo y de doce horas para la primera teniente de alcalde doña Laura Remírez Noguera, con una división a la retribución que venía percibiendo porcentualmente al régimen de dedicación.

A propuesta de alcaldía, y una vez debatido, el Pleno del Ayuntamiento de Lodosa ha adoptado los siguientes acuerdos:

Primero: Dejar sin efecto el régimen retributivo anterior que percibe la alcaldesa, disponiendo que, sin perjuicio de la correspondiente consignación presupuestaria, el Ayuntamiento pagará, como retribución por dedicación parcial, a la alcaldesa, doña Lourdes San Miguel Rojo, la cantidad total de veintitrés mil ochocientos cincuenta y nueve euros anuales (23.859 euros), incluidos todos los conceptos, sueldo bruto dieciocho mil euros (18.000,00 euros) y seguridad social empresarial, cinco mil ochocientos cincuenta y nueve euros (5.859,00 euros),que se hará efectiva mensualmente, doble en los meses de junio y diciembre, con las deducciones que les correspondan. El régimen de dedicación mínima necesaria, para la percepción de dicha retribución se establece en dieciocho horas semanales, en cualquiera de las actividades del cargo (despacho, reuniones, viajes u otras). El cobro de retribuciones por dedicación parcial al cargo, es incompatible con la percepción de asistencias.

Segundo: Sin perjuicio de la correspondiente consignación presupuestaria, el Ayuntamiento pagará, como retribución por dedicación parcial, a la primera teniente de alcalde, doña Laura Remírez Noguera, la cantidad total de quince mil novecientos seis euros anuales (15.906 euros), incluidos todos los conceptos, sueldo bruto doce mil euros (12.000,00 euros) y seguridad social empresarial tres mil novecientos seis euros (3.906,00 euros), que se hará efectiva mensualmente, doble en los meses de junio y diciembre, con las deducciones que les correspondan. El régimen de dedicación mínima necesaria, para la percepción de dicha retribución se establece en doce horas semanales, en cualquiera de las actividades del cargo (despacho, reuniones, viajes u otras). El cobro de retribuciones por dedicación parcial al cargo, es incompatible con la percepción de asistencias.

Tercero: Este sistema y cuantía tendrán efectos económicos desde el 3 de febrero de 2023, con el reflejo que corresponda ante la seguridad social, sustituyendo al actual y tendrá vigencia en tanto otra cosa no se disponga.

Cuarto: La alcaldesa y la primera teniente de alcalde serán además indemnizadas por los gastos que efectivamente le cause el ejercicio del cargo, como los viajes (aplicándose la misma cantidad por kilómetro recorrido en vehículo propio, que se utiliza para indemnizar a los trabajadores municipales), estancias u otros, debiendo entregar los justificantes para su abono.

Quinto: Las retribuciones que el Ayuntamiento abone a la alcaldesa y a la primera teniente de alcalde por razón de su cargo, estarán sujetas a la normativa establecida en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Sexto: Por la alcaldía se llevará a cabo la publicación íntegra de este acuerdo, en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de la corporación, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Para las Administraciones públicas, contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses, contados, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto que se recurre, sin perjuicio del requerimiento previo indicado en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lodosa, 6 de febrero de 2023.–La alcaldesa, Lourdes San Miguel Rojo.

Código del anuncio: L2301988