BOLETÍN Nº 35 - 20 de febrero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LESAKA

Aprobación definitiva de la modificación de las tarifas de las ordenanzas fiscales para 2023

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 16 de noviembre de 2022, aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales, a fin de establecer las tarifas para el año 2023.

Dicho acuerdo ha sido sometido a exposición pública durante treinta días, previa inserción de edictos en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra número 238, de 29 de noviembre de 2022.

No habiéndose presentado alegaciones, la misma ha quedado automáticamente aprobada.

En consecuencia, procede:

1. Publicar el texto definitivo con las nuevas tarifas en el Boletín Oficial de Navarra.

2. La notificación de las mismas al Registro de Ordenanzas Fiscales, de la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Navarra.

TARIFAS PARA EL AÑO 2023

1.–Expedición y tramitación de documentos.

1.1.

Fotocopias:

1.1.1.

Tamaño DIN A 4, en blanco y negro

0,15

euros

1.1.2.

Tamaño DIN A 4, en color

1,05

euros

1.1.3.

Tamaño DIN A 3, en blanco y negro

0,30

euros

1.1.4.

Tamaño DIN A 3, en color

1,55

euros

1.2.

Certificaciones y volantes:

1.2.1.

Ordinarias, la unidad

1,05

euros

1.2.2.

Que requieran la consulta del archivo municipal, la unidad

5,00

euros

1.2.3.

Duplicados de recibos y de hojas de catastro

1,05

euros

1.2.4.

Compulsas, la unidad

(No se cobrarán las compulsas, cuando estas sean exigidas por el propio Ayuntamiento de Lesaka)

1,00

euros

1.2.5.

Serán gratuitos los certificados que se soliciten a través de la página web del Ayuntamiento o por los servicios sociales públicos

1.2.6.

Duplicados de tarjetas de autorización de utilización de pistas

5,00

euros

1.3.

Cédulas parcelarias, la unidad

1,05

euros

1.4.

Tramitación de tarjetas de armas, por cada tarjeta

6,00

euros

1.5.

Tramitación de carnets para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

26,00

euros

1.6.

Tramitación de altas, bajas o modificaciones en el impuesto de actividades económicas, por cada actividad

4,15

euros

1.7.

Discos CD ROM, con el contenido del Plan Municipal de urbanismo u otros documentos

11,00

euros

1.8.

Convocatorias de plazas de personal

1.8.1.

Derechos de examen y formalización de expediente. Por inscripción:

15,00

euros

1.8.2.

Estarán exentas del pago de la tasa:

Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33%

Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional

1.9.

Quienes promuevan ante el Ayuntamiento expedientes que exijan legalmente, para ser tramitados, la publicación de edictos en los diarios editados en Navarra o en otros medios, deberán abonar su importe íntegro al Ayuntamiento

1.10.

A quienes soliciten información sobre la posibilidad de construir viviendas en suelo no urbanizable, se les cobrará el importe íntegro facturado por la empresa que emita los informes

2.–Licencia para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas, traspasos de actividad y/o declaraciones responsables.

2.1.

Locales de hasta 700 metros cuadrados:

2.1.1.

Licencia de actividad y/o declaración responsable, según superficie del local:

Hasta 50 m²

300,00

euros

De 51 a 100 m²

400,00

euros

De 101 a 200 m²

670,00

euros

De 201 a 400 m²

1.000,00

euros

De 401 a 700 m²

1.325,00

euros

2.1.2.

Licencia de apertura y/o declaración responsable, según superficie del local:

Hasta 50 m²

205,00

euros

De 51 a 100 m²

255,00

euros

De 101 a 200 m²

445,00

euros

De 201 a 400 m²

670,00

euros

De 401 a 700 m²

890,00

euros

2.2.

Locales mayores de 700 metros cuadrados:

Licencia de actividad y/o declaración responsable, por m²

2,00

euros

Licencia de apertura y/o declaración responsable, por m²

1,30

euros

2.3.

La tarifa a abonar por cada expediente de modificación de las licencias de actividad o apertura (cuando se trate de cambios de titularidad o pequeñas modificaciones que no necesitan la redacción de un proyecto)

100,00

euros

2.4.

Tanto en las licencias de apertura para actividades inocuas, como en las transmisiones de este tipo de licencias, se practicará una bonificación del 50% en la tarifa

3.–Derechos y tasas por utilización privativa de espacios públicos.

3.1.

Por la instalación de un circo o espectáculo ambulante similar, por día de ocupación del espacio público

170,00

euros

3.2.

Por la utilización de caminos forestales y pistas vecinales:

3.2.1.

En caso de paso de madera, por m³

1,15

euros

3.3.

Ocupación vía pública con materiales y escombros:

3.3.1.

Por m² y día

0,50

euros

4.–Suministro de agua (el cobro de las tarifas se realizará con carácter cuatrimestral).

4.1.

Por disponibilidad del servicio de abastecimiento (uso doméstico)

21,00

euros

4.2.

Usos domésticos, hasta 40 m³, por cada m³

0,10

euros

4.3.

Usos domésticos, desde 41 m³ hasta 60 m³, por cada m³

0,15

euros

4.4.

Usos domésticos, desde 61 m³ hasta 80 m³, por cada m³

0,36

euros

4.5.

Usos domésticos, desde 81 m³ hasta 100 m³, por cada m³

0,47

euros

4.6.

Usos domésticos, desde 101 m³ hasta 120 m³, por cada m³

0,68

euros

4.7.

Usos domésticos, desde 121 m³ hasta 3.000 m³, por cada m³

0,70

euros

4.8.

Usos domésticos, desde 3.000 m³, por cada m³

0,77

euros

4.9.

Por disponibilidad del servicio de abastecimiento (uso industrial)

21,00

euros

4.10.

Usos industriales o de riegos, de 0 a 120 m³, por m³

0,57

euros

4.11.

Usos industriales o de riegos, de 120 a 700 m³, por m³

0,65

euros

4.12.

Usos industriales o de riegos, entre más de 700 y 3.000 m³, por cada m³ que exceda

0,70

euros

4.13.

Usos industriales o de riegos, más de 3.000 m³, por cada m³

0,77

euros

4.14.

Acometida para usos domésticos

100,00

euros

4.15.

Acometida para usos industriales

250,00

euros

4.16.

Enganche provisional con consumo de agua

50,00

euros

4.17.

Por instalación de enganches provisionales con contador, por el enganche, cobrándose el consumo en función del uso

21,00

euros

4.18.

Contadores de agua: se cobrará al particular exclusivamente el precio de coste

5.–Utilización de las instalaciones deportivas y culturales del Ayuntamiento.

5.1.

Frontón (horas de utilización más luz):

Hora de utilización

6,60

euros

Encendido total de luces

7,75

euros

Encendido de la mitad de luces

4,45

euros

Encendido de la tercera parte de luces

3,30

euros

Utilización de la ducha

1,15

euros

5.2.

Campo de fútbol (horas de utilización más luz):

Por hora de utilización

34,20

euros

Alumbrado por hora (conforme al número de focos utilizados)

28 focos

30,30

euros

16 focos

18,20

euros

12 focos

16,00

euros

Para fútbol siete, con 14 focos

17,65

euros

Para fútbol siete, con 8 focos

11,00

euros

Para fútbol siete, con 6 focos

8,80

euros

5.3.

Piscinas:

Edades:

–Infantil, de 4-10 años (prohibida entrada al gimnasio)

–Juvenil, de 11-15 años (prohibida entrada al gimnasio)

–Adultos, de 16-64 años

–Jubilados, desde 65 años

5.3.1.

Matricula inicial:

Adulto

117,13

euros

Juvenil

87,58

euros

Infantil

69,74

euros

Otros

87,04

euros

5.3.2.

Abono anual (cuota mensual):

Adulto (piscina o gimnasio)

31,53

euros

Juvenil

22,23

euros

Infantil

17,01

euros

Otros (piscina o gimnasio)

21,11

euros

Entrada diaria al segundo servicio (piscina o gimnasio)

3,35

euros

5.3.3.

Abono de invierno, 9 meses (cuota mensual):

Adulto (piscina o gimnasio)

34,56

euros

Juvenil

25,73

euros

Infantil

20,45

euros

Otros (piscina o gimnasio)

24,54

euros

Entrada diaria al segundo servicio (piscina o gimnasio)

3,35

euros

5.3.4.

Abono extra para los dos servicios (piscina y gimnasio) mensual (mayores desde 16 años):

Cuota para abono anual

8,04

euros

Cuota para abono invierno/verano y mensual

10,18

euros

5.3.5.

Cuota mensual:

Adulto (piscina o gimnasio)

70,15

euros

Juvenil

52,90

euros

Infantil

43,51

euros

Otros (piscina o gimnasio)

52,22

euros

5.3.6.

Abono verano:

Adulto (piscina o gimnasio)

97,56

euros

Juvenil

85,77

euros

Infantil

64,20

euros

Otros (piscina o gimnasio)

85,27

euros

5.3.7.

Entradas diarias, día laboral, día entero:

Adulto (piscina o gimnasio)

12,50

euros

Juvenil

9,00

euros

Infantil

7,00

euros

Otros (piscina o gimnasio)

8,00

euros

Adulto (piscina y gimnasio)

18,70

euros

Otros (piscina y gimnasio)

12,00

euros

5.3.8.

Entradas diarias, día laboral, medio día (solamente tarde de verano):

Adulto (piscina o gimnasio)

8,00

euros

Juvenil

5,50

euros

Infantil

4,50

euros

Otros (piscina o gimnasio)

5,00

euros

Adulto (piscina y gimnasio)

12,25

euros

Otros (piscina y gimnasio)

7,50

euros

5.3.9.

Entrada diaria, festivo, día entero:

Adulto (piscina o gimnasio)

14,50

euros

Juvenil

11,50

euros

Infantil

9,00

euros

Otros (piscina o gimnasio)

10,00

euros

Adulto (piscina y gimnasio)

22,00

euros

Otros (piscina y gimnasio)

15,00

euros

5.3.10.

Entrada diaria, festivos, medio día (solamente tarde de verano):

Adulto (piscina o gimnasio)

9,00

euros

Juvenil

7,00

euros

Infantil

5,50

euros

Otros (piscina o gimnasio)

6,00

euros

Adulto (piscina y gimnasio)

13,50

euros

Otros (piscina y gimnasio)

9,00

euros

5.3.11.

Gastos:

Gastos devolución: 10% del recibo

2.º carné

9,95

euros

5.3.12.

Tarifas actividades deportivas: a determinar según programas de temporada por la empresa gestora

5.3.13.

Gastos mensuales de mantenimiento cuotas en excedencia para abonados anuales:

Adulto

10,09

euros

Juvenil

7,28

euros

Infantil

5,71

euros

Otros

6,70

euros

5.3.14.

Gastos mensuales de mantenimiento cuotas en excedencia para abonados de invierno (9 meses):

Adulto

10,92

euros

Juvenil

8,28

euros

Infantil

6,70

euros

Otros

7,70

euros

5.3.15.

Matrícula abono familiar anual:

Adulto

105,41

euros

Juvenil

78,83

euros

10 años

62,77

euros

4- 9 años

62,77

euros

Otros

78,34

euros

5.3.16.

Cuota mensual abono familiar anual:

Adulto

31,53

euros

Juvenil

22,23

euros

10 años

17,01

euros

4- 9 años

0,00

euros

Otros

21,11

euros

5.4.

Local de Koskontako bidea, número 7, 2.º

Reserva por hora:

(Pagándose también como media hora las fracciones inferiores a ese espacio de tiempo)

21,00

euros

Estarán exentas de pago las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la prestación de servicios sanitarios o sociales.

5.5.

Centro del hierro y de la forja. Entrada

2,00

euros

5.6.

Local Alhóndiga, 2.ª planta (Beheko plaza, 9)

Reserva por hora

(Pagándose también como media hora las fracciones inferiores a ese espacio de tiempo)

3,10

euros

Estarán exentas de pago las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la prestación de servicios sanitarios o sociales

5.7.

Locales de Harriondoa:

Sala "Alasta":

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

167,47

22,33

euros

euros

Sala "Erkazti":

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

167,47

22,33

euros

euros

Sala "Zumarra":

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

167,47

22,33

euros

euros

Sala "Korua":

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

223,29

52,82

euros

euros

Sala exposiciones - iglesia-convento:

Mensual (4 horas semanales)

Hora individual

223,29

52,82

euros

euros

Sala "Txokobiko":

Hora

El servicio técnico será por cuenta del solicitante

299,19

euros

5.8.

Ludoteca

Bono semanal

31,00

euros

6.–Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública, terrenos del común y terrenos de propiedad privada afectos a un uso público.

6.1.

Terrazas de bares y otros aprovechamientos de carácter continuado, por metro cuadrado y año:

(Si la superficie contiene una fracción de metro, ésta se computará como un metro cuadrado entero, a la hora de calcular la tarifa)

4,12

euros

6.2.

Comercio no sedentario (tarifa diaria más metros lineales):

Por puesto y día

7,25

euros

Por cada metro de longitud del puesto

1,05

euros

6.3.

En fiestas de San Fermín, Ferias y Carnavales, válido para todo el periodo festivo:

(Además de ello, durante las fiestas de San Fermín, Ferias, Carnavales y cualquier otro tipo de festividad, el Ayuntamiento se reserva la facultad de adjudicar los espacios públicos para las distintas actividades mediante subasta)

6.3.1.

Por metro lineal para los puestos

15,00

euros

6.3.2.

Caravanas, remolques o puestos que ocupen una superficie de anchura similar, por m² ocupado

35,00

euros

6.3.3.

Barracas de Fiestas y Ferias, por m² ocupado

35,00

euros

6.4.

Depósitos de combustible, anual:

6.4.1.

Por metro cuadrado ocupado

6,00

euros

6.4.2.

Las tuberías de abastecimiento de los mismos, por metro lineal ocupado

1,20

euros

6.5.

Licencias para utilización de terreno comunal en precario:

6.5.1.

En suelo urbano o urbanizable, por metro cuadrado

4,15

euros

6.5.2.

En suelo no urbanizable, por metro cuadrado

0,10

euros

6.6.

Precio anual por plaza en el aparcamiento de camiones

350,00

euros

7.–Concesiones en el cementerio municipal.

7.1.

Panteón de seis plazas

9.570,00

euros

7.2.

Panteón de tres plazas

4.250,00

euros

7.3.

Sepultura

1.000,00

euros

7.4.

Fosa

1.000,00

euros

7.5.

Columbario

370,00

euros

8.–Escuela de música.

8.1.

Matrícula:

8.1.1.

Inscripción en la Escuela

50,60

euros

8.1.2.

Por cada asignatura

13,27

euros

8.2.

Grado Elemental (de 1.º a 6.º). Cuotas mensuales de las asignaturas de octubre a junio:

8.2.1.

Música y movimiento

21,51

euros

8.2.2.

Lenguaje musical

21,51

euros

8.2.3.

Instrumento

31,73

euros

8.2.4.

Coral

8,99

euros

8.2.5.

Conjunto instrumental

8,99

euros

8.2.6.

Taller de adultos + instrumento: (de 13 años en adelante, éstos incluidos)

48,04

euros

8.2.7.

Taller de adultos o instrumento: (de 13 años en adelante, éstos incluidos)

39,08

euros

8.2.8.

Música de cámara

15,80

euros

8.3.

Grado Medio (7.º y siguientes). Cuotas mensuales de octubre a junio:

8.3.1.

Armonía

47,81

euros

8.3.2.

Música de cámara

47,81

euros

8.3.3.

Cultura musical

47,81

euros

8.3.4.

Refuerzo conservatorio

(En caso que se reciba subvención del Gobierno de Navarra, estas cuotas se devolverán)

47,81

euros

8.4.

Clases adaptadas a niños con necesidades educativas especiales:

8.4.1.

Matrícula

77,18

euros

8.4.2.

Mensualidades octubre a junio

45,56

euros

8.5.

Aula virtual. Se repercutirá a cada alumno/a el gasto unitario. A repartir en 3 meses

8.6.

La obligación del pago surge con la matriculación en la Escuela de Música, demorándose el cobro por meses

8.7.

Las familias numerosas tendrán un descuento del 20%, tanto por la matrícula como por los restantes conceptos

9.–Canon para el aprovechamiento de pastos y terrenos comunales.

Por hectárea y año

70,00

euros

Por cada cabeza de ovino

0,30

euros

Por cada cabeza de vacuno o caballar

1,70

euros

10.–Impuesto de gastos suntuarios del coto de caza.

Tipo de gravamen

18

%

11.–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Urbanismo.

11.1.1.

El tipo de gravamen del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es del 5% sobre el presupuesto de ejecución material. Quedan excluidos del mismo el beneficio industrial y los honorarios por redacción del proyecto y dirección de obra

En las actuaciones de reparación de tejados, arreglo de fachadas, instalación de ascensores en viviendas y supresión de barreras arquitectónicas, el tipo de gravamen es del 3,5%

11.1.2.

Tipo reducido: el tipo de gravamen 3,5% tendrán las siguientes actuaciones:

–Reparación de tejados y arreglo de fachadas.

–Instalación de ascensores en viviendas.

–Supresión de barreras arquitectónicas.

–Sistema solar para agua caliente, si es mixto, solar + gas o electricidad. (Se aplicará al total del sistema de calentamiento).

11.1.3.

Tipo ultra reducido: el tipo de gravamen del 2% tendrán las siguientes actuaciones:

–Instalación de paneles solares fotovoltaicas

–Sistema solar para agua caliente (en el caso de que sea mixto: solar + biomasa) (Se aplicará al total del sistema de calentamiento)

–Inversiones que mejoran el aislamiento térmico en restauración de viviendas (se precisa proyecto).

–Geotermia

11.2.

En todo caso, la tarifa mínima a abonar siempre que se solicite una licencia de obra

20,00

euros

12.–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Se aplicarán, sobre el valor del terreno en el momento del devengo, los coeficientes máximos actualizados anualmente mediante ley foral

Tipo de gravamen:

14,00

%

13.–Contribución territorial.

Tipo de gravamen único sobre el valor catastral de rústica y urbana:

0,2678

%

14.–Impuesto sobre actividades económicas.

El índice de la escala de índices será de 1.

15.–Prestación de elementos municipales.

A particulares, empresas y/o otras administraciones públicas

Transporte a cargo del solicitante

15.1.

Material

15.1.1.

Mesas, euro/unidad/día

3,00

euros

15.1.2.

Sillas, euro/unidad/día

1,00

euros

15.1.3.

Vallas, euro/unidad/día

1,00

euros

15.1.4.

Fianza

10,00

euros

15.1.5.

Penalización:

Mesa

100,00

euros

Silla

25,00

euros

Valla

25,00

euros

15.2.

Escenario:

15.2.1.

Módulo + 4 patas, euro/unidad/día

10,00

euros

15.2.2.

Fianza

500,00

euros

15.2.3.

Penalización:

Módulo

350,00

euros

Pata

50,00

euros

16.–Punto de recarga.

Precio kWh

0,32

euros

17.–Bonificaciones.

17.1.

Tendrán una bonificación del 40% las personas con rentas inferiores al salario mínimo interprofesional, tanto en los bonos de las piscinas y polideportivo, como en las actividades culturales

17.2.

Tendrán una bonificación del 40% los-as estudiantes entre 18 y 25 años, en los bonos de la piscina y polideportivo

17.3.

En ambos casos, deberán cumplir la totalidad de las condiciones establecidas. (Las condiciones se podrán consultar en las oficinas municipales y en el polideportivo)

Lesaka, 3 de febrero de 2023.–El alcalde, Ladis Satrustegui Alzugaray.

Código del anuncio: L2301864