BOLETÍN Nº 28 - 9 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1E/2023, de 3 de enero, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de resinas, cuyo titular es Kemira Ibérica, S. A. Sociedad Unipersonal, ubicada en término municipal de Villatuerta.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 619E/2016, del director general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, modificada, posteriormente, por las Resoluciones 273E/2017 y 408/2018, del director del Servicio de Economía Circular y Agua, revisada por la Resolución 134E/2020, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático y, finalmente, modificada por la Resolución 45E/2022, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático.

Con fecha 29/08/2022 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada.

El Servicio de Economía Circular y Agua ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

19 08 06*

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

12 01 09*

Emulsiones y disoluciones de mecanizado sin halógenos: aguas de limpieza

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

16 05 06*

Productos químicos de laboratorio que consisten en, o contienen, sustancias peligrosas: reactivos de laboratorio

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

08 04 10

Residuos de adhesivos y sellantes distintos de los especificados en el código 08 04 09: residuo de limpieza del intercambiador

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

16 05 04*

Gases en recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas.

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

16 02 14

Equipos desechados distintos de los especificados en los códigos de 16 02 09 a 16 02 13: equipos electrónicos no peligrosos

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

16 10 01*

Residuos líquidos acuosos que contienen sustancias peligrosas

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

16 10 02

Residuos líquidos acuosos distintos de los especificados en el código 16 10 01

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar

Los cambios aceptados permiten el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y son acordes con los valores límite de emisión y las exigencias establecidas en su autorización ambiental integrada, así como con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en el artículo 35 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el citado artículo, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de resinas, cuyo titular es Kemira Ibérica, S. A. Sociedad Unipersonal, ubicada en término municipal de Villatuerta, de forma que los residuos indicados en el anejo de la presente resolución son incluidos en el anejo III de la autorización ambiental integrada de la misma.

Segundo.–En relación con la seguridad contra incendios (Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre), la cantidad de residuos almacenados en la instalación no deberá suponer el incremento del nivel de riesgo intrínseco calculado en la documentación técnica del expediente de concesión de la autorización ambiental integrada.

Tercero.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Cuarto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Sexto.–Trasladar la presente resolución a Kemira Ibérica, S. A. Sociedad Unipersonal y al Ayuntamiento de Villatuerta, a los efectos oportunos.

Pamplona, 3 de enero de 2023.–El director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones.

Código del anuncio: F2300267