BOLETÍN Nº 258 - 14 de diciembre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 363/2023, de 24 de noviembre, de la directora general de Justicia, por la que se determinan los servicios esenciales y se fijan los servicios mínimos en el ámbito de la Administración de Justicia en Navarra ante la convocatoria de huelga general dentro del ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante toda la jornada del día 30 de noviembre de 2023.

Las organizaciones sindicales ELA, LAB, STEILAS, ESK, EHNE, ETXALDE y CGT, han convocado huelga general que afecta a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por las trabajadoras y trabajadores y empleadas y empleados públicos de todas las empresas y organismos establecidos dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Foral de Navarra, independientemente del ámbito de la empresa o administración de la que dependan. La huelga general convocada tendrá lugar durante la jornada del próximo 30 de noviembre.

El artículo 28.2 de la Constitución Española reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, si bien deberá garantizarse el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Por su parte, el artículo 496.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, establece que el ejercicio del derecho de huelga por parte del personal al servicio de la Administración de Justicia se ajustará a lo establecido en la legislación general del Estado para los funcionarios públicos garantizándose, en todo caso, el mantenimiento de los servicios esenciales de la Administración de Justicia.

La situación planteada con motivo de la mencionada convocatoria de huelga general del día 30 de noviembre de 2023, que afectará a todas las actividades desempeñadas por el personal de los cuerpos generales de la Administración de Justicia y por el personal del cuerpo especial de médicos Forenses en el territorio competencia de la Comunidad Foral de Navarra, determina la procedencia de adoptar las medidas que garanticen los servicios esenciales en dicho ámbito mediante la fijación de unos servicios mínimos que, limitando lo menos posible el contenido del derecho de huelga, sean a la vez suficientes para garantizar la actividad de la Administración de Justicia en aquellos aspectos cuya paralización pueda suponer un perjuicio no reparable para los derechos e intereses de los ciudadanos.

Teniendo en consideración todo lo anterior, con arreglo a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 10 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, esta Dirección General de Justicia ha resuelto determinar los servicios esenciales y fijar los servicios mínimos necesarios para atender dichos servicios esenciales, en el ámbito de competencia de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de lo expuesto, oída la Comisión de Personal y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, y por el Decreto Foral 254/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia,

RESUELVO:

1.º Se consideran servicios esenciales en la Administración de Justicia del ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, durante la huelga general convocada para la jornada del día 30 de noviembre de 2023, los siguientes:

a) El servicio de guardia: los juzgados, fiscalía e Instituto Navarro de Medicina Legal y Forense en servicio de guardia, en atención a los asuntos que tramitan y la urgencia en su resolución, deberán contar con toda la dotación de personal que efectúe el servicio de guardia.

b) Las medidas cautelares o provisionales, debido a la afectación de derechos fundamentales y la necesidad de su pronta resolución.

c) Los juicios orales del orden penal o cualquier otro acto o comparecencia en causas con preso o presa, con el fin de no demorar la resolución de situaciones de privación de libertad.

d) En materia de Registro Civil, las licencias de enterramiento y las inscripciones registrales en las que venza el plazo (nacimientos, defunciones, matrimonios).

e) Las actuaciones relativas a la violencia de género. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona y los juzgados de primera instancia e instrucción con competencias en materia de violencia de género deberán contar con adecuados efectivos para garantizar cualquier atención indispensable de las víctimas.

f) Los procedimientos para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas referidos en el capítulo XI del título II del Libro II de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social; y capítulo I, título V de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

g) El registro y reparto de asuntos urgentes a los distintos órganos judiciales.

h) La atención a las actuaciones procesales en las que deba intervenir un menor de edad o una persona con la capacidad modificada judicialmente.

j) Las actuaciones judiciales derivadas de los procesos electorales en curso.

2.º Los servicios mínimos presenciales del personal de los cuerpos generales y del cuerpo especial de médicos forenses al servicio de la Administración de Justicia en Navarra, a fin de garantizar la prestación del servicio esencial de justicia en la Comunidad Foral de Navarra durante la huelga, quedan determinados de la siguiente manera:

ÓRGANO JUDICIAL

GESTIÓN

TRAMITACIÓN

AUXILIO

Sala de lo Civil y Penal TSJN

1

1

1 para las tres Salas

Sala de lo Contencioso-Administrativo TSJN

1

1

Sala de lo Social TSJN

1

1

Secretaría de Gobierno

1

1

Audiencia Provincial, secciones 1.ª y 2.ª (penal), en cada sección

1

1

1

Audiencia Provincial, sección 3.ª (civil)

1

1

Oficina de reparto de la Audiencia Provincial

1

Juzgado Decano de Pamplona

1

Gestión o Tramitación

1

Juzgados de lo Mercantil de Pamplona

1

1

1 para los dos juzgados

Juzgados de Primera Instancia de Pamplona número 1,2,4,5,6,7,9, en cada juzgado

1

1

1 para todos los juzgados

Juzgados de Primera Instancia de Pamplona número 3, 8 y 10, en cada juzgado

1

1

1

Juzgados de Instrucción de Pamplona, en cada Juzgado

1

1

1

Juzgado de Guardia de Pamplona

Todo el personal en servicio de guardia

Juzgados de lo Penal de Pamplona, en cada Juzgado

1

1

1

Juzgado de Violencia sobre la Mujer

2

2

1

Juzgado de Menores

1

1

1

Juzgados de lo Social, en cada juzgado

1

1

1 para los cuatro juzgados

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en cada juzgado

1

1

1 para los tres juzgados

Juzgado de Vigilancia Penitenciaria

1

1

Registro Civil de Pamplona

1

1

1

SCACE

1

1

Juzgados de primera Instancia e Instrucción de Tudela, en cada juzgado

1

1

1 para los cinco Juzgados

Registro Civil de Tudela

1

1

Juzgado de Guardia de Tudela

Todo el personal en servicio de guardia

Juzgados de primera Instancia e Instrucción de Estella, en cada juzgado

1

Gestión o Tramitación

1 para los dos juzgados

Registro Civil de Estella

1

Juzgado de Guardia de Estella

Todo el personal en servicio de guardia

Juzgados de primera Instancia e Instrucción de Tafalla, en cada juzgado

1

Gestión o Tramitación

1 para los dos juzgados

Registro Civil de Tafalla

1

Juzgado de Guardia de Tafalla

Todo el personal en servicio de guardia

Juzgados de primera Instancia e Instrucción de Aoiz, en cada juzgado

1

Gestión o tramitación

1 para los dos juzgados

Registro Civil de Aoiz

1

Juzgado de guardia de Aoiz

Todo el personal en servicio de guardia

Agrupaciones y Juzgados de Paz

Un funcionario por cada Agrupación y Juzgado de Paz

Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Los médicos forenses en servicio de guardia,
1 tramitador y 1 auxilio

Fiscalía Pamplona

1

3

1

Fiscalía Tudela

1

3.º Notificar la presente resolución a la Comisión de Personal, a la Dirección de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal de la Dirección General de Justicia, a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, a la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra y al Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en la dirección www.justicia.navarra.es del Portal del Gobierno de Navarra.

5.º Frente a la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 24 de noviembre de 2023.–La directora general de Justicia, Maite Arenaza Sarasola.

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