BOLETÍN Nº 250 - 1 de diciembre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 267E/2023, de 2 de noviembre, del director general de Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle sobre la parcela catastral 1309 del polígono 3 de Pamplona, perteneciente a la Unidad de Actuación Z-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, promovido por Inmobiliaria Universidad de Navarra, S. A.

Mediante Resolución 4E/2023, de 13 de enero, de la directora general de Ordenación del Territorio, se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle sobre la parcela catastral 1309 del polígono 3 de Pamplona, perteneciente a la Unidad de Actuación Z-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, promovido por Inmobiliaria Universidad de Navarra, S. A.

Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 30, de 13 de febrero de 2023 y en los diarios editados en Navarra el 13 de septiembre de 2023, sometiendo el expediente, por el plazo de veinte días, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia al Ayuntamiento afectado. Durante dicho plazo no se han presentado escritos de alegaciones.

El Estudio de Detalle tiene por objeto el cumplimiento de las determinaciones del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra en Pamplona, en concreto, la que establece que para las nuevas edificaciones no previstas ni definidas en los planos del PSIS es necesario la presentación de un Estudio de Detalle previo a la obtención de licencia. A tal efecto y con el fin de posibilitar la ampliación del actual edificio de investigación sito en la zona oeste del área de Ciencias del campus universitario, con un cuerpo anexo de B+1+BC y 370 m² de ocupación, en su fachada sureste, plantea modificar las alineaciones máximas de la edificación.

Con fecha 29 de diciembre de 2022, la Sección de Impacto Ambiental emite informe fechado a, en el que se concluye "que el expediente no se encuentra incluido en el ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica, en los términos que establece la Ley 21/2013 de 9 de diciembre de evaluación ambiental".

Asimismo, obran en el expediente informes favorables de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, del Servicio de Protección Civil y Emergencias y de la Dirección General de Aviación Civil.

El documento técnico presentado se ha alterado respecto al sometido a información pública en coherencia con las determinaciones de la resolución de inicio y con las consideraciones contenidas en el informe de la Dirección General de Aviación Civil: se ha incorporado un apartado de justificación de la concurrencia de redes de servicios urbanísticos y acometidas para el aumento de superficie previsto, y en la documentación gráfica las coordenadas geográficas de las esquinas y las líneas de nivel de las superficies limitadoras de las Servidumbres Aeronáuticas del Aeropuerto de Pamplona.

Visto el informe del Servicio de Territorio y Paisaje de fecha 17 de octubre de 2023, y de conformidad con el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y en virtud de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, y en atención a la disposición transitoria única del Decreto Foral 69/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Cohesión Territorial,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle sobre la parcela catastral 1309 del polígono 3 de Pamplona, perteneciente a la Unidad de Actuación Z-1 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, promovido por Inmobiliaria Universidad de Navarra, S. A.

2.º Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de las obras en el ámbito del Estudio de Detalle o que pudieran condicionar, en su caso, dicha ejecución, la promotora se proveerá de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate, entre ellas, acuerdo previo favorable de autorización en materia de servidumbres aeronáuticas.

3.º Señalar que contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, las Administraciones públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra. El documento aprobado estará disponible en la web del Sistema de Información Urbanística de Navarra (SIUN).

5.º Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Pamplona / Iruña, a la Sección de Impacto Ambiental, al Servicio de Protección Civil y Emergencias, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a la Dirección General de Aviación Civil y a la promotora del expediente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de noviembre de 2023.–El director general de Ordenación del Territorio, José Antonio Marcén Zunzarren.

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