BOLETÍN Nº 25 - 6 de febrero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DEPORTIVA NAVARRA SUR

Calendario laboral para 2023

El presidente de esta Mancomunidad ha dictado la siguiente resolución número 2 de 17 de enero de 2023:

Considerando lo dispuesto en el Decreto Legislativo 251/1993, de 30 de agosto por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y el artículo 34.6 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que establece que la empresa debe elaborar el calendario laboral anualmente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que establece para los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra una jornada laboral que, en cómputo anual, queda determinada en 1592 horas efectivas de trabajo.

Teniendo en cuenta la competencia que me reconoce el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 84 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra

Vista la Resolución 323/2022, de 3 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2023 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y la documentación obrante en el expediente,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2023 para las oficinas de la Mancomunidad Deportiva Navarra Sur, que será el siguiente:

1. Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2023, las siguientes:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–6 de abril: Jueves Santo.

–7 de abril: Viernes Santo.

–10 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–24 de julio: Lunes siguiente a Fiesta Local.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Día de Todos los Santos.

–4 de diciembre: Lunes siguiente a San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Los días indicados se considerarán inhábiles a los efectos del cómputo de los plazos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo distribuida de la siguiente forma:

Tercero.–La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes.

Cuarto.–El horario de atención al público queda establecido con carácter general entre las 12,00 horas a las 15,00 horas.

Quinto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de esta mancomunidad, y dar cuenta de la misma a la Junta General en la primera sesión ordinaria, que esta celebre.

Lo que se publica para general conocimiento.

Ablitas, 24 de enero de 2023.–El presidente, Enrique Litago Tabuenca.

Código del anuncio: L2301193