BOLETÍN Nº 236 - 14 de noviembre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 26E/2023, de 24 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Carcastillo, promovido por el Ayuntamiento de Carcastillo.

El Ayuntamiento de Carcastillo presentó, ante el entonces Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante Resolución 266E/2023, de 20 de marzo, del director general de Medio Ambiente se formula declaración ambiental estratégica favorable sobre el Plan General Municipal de Carcastillo, condicionada a la sustitución el contenido del artículo 65 Áreas de interés estepario de la Normativa de la aprobación provisional por el contenido del artículo 77 de la Normativa de la aprobación inicial, condición cumplida en la Normativa de la última aprobación provisional en el artículo 66, además de la aplicación de las medidas preventivas y correctoras recogidas en el estudio ambiental estratégico en el desarrollo y ejecución del Plan Urbanístico Municipal, ya sea a través de los Planes Parciales en suelo urbanizable o en la implantación de actividades en el suelo no urbanizable. Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 77, de 17 de abril de 2023.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, que propone su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 69/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el Plan General Municipal de Carcastillo, promovido por el Ayuntamiento de Carcastillo.

2.º Trasladar esta orden foral a la Sección de Impacto Ambiental, a los efectos oportunos.

3.º Trasladar esta orden foral al Ayuntamiento de Carcastillo para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

5.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de octubre de 2023.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

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