BOLETÍN Nº 234 - 10 de noviembre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 31 de octubre de 2023, por la que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del "Plan Especial de Accesibilidad de Sarasate 12 de Pamplona", promovido por el Ayuntamiento de Pamplona en beneficio de la comunidad de propietarios de paseo de Sarasate número 12 de Pamplona.

A instancia de la comunidad de propietarios de paseo Sarasate 12 de Pamplona, con fecha 17 de octubre de 2022 la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona acordó aprobar inicialmente el "Plan Especial para la eliminación de barreras arquitectónicas en el paseo de Sarasate número 12" que tiene por objeto la instalación de un ascensor en el referido edificio, así como la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de un mes. Dicha aprobación inicial fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 217, de 3 de noviembre de 2022.

Transcurrido el plazo de información pública, el pleno del Ayuntamiento de Pamplona, en la sesión celebrada el día 2 de marzo de 2023, aprobó definitivamente el Plan Especial de Accesibilidad y el anexo al mismo, promovido por la comunidad de propietarios de paseo de Sarasate número 12, así como la relación de bienes y derechos afectados, declarando la utilidad pública y necesidad de ocupación, desestimando las alegaciones presentadas. Asimismo, acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa. Dicha aprobación definitiva fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 55, de 17 de marzo de 2023.

El artículo 55 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, ampara la posibilidad de que los ayuntamientos de Navarra, en beneficio de comunidades de propietarios, puedan promover un expediente expropiatorio, para la implantación de instalaciones, en este caso un ascensor, que garanticen la accesibilidad universal en las edificaciones de uso predominantemente residencial.

De acuerdo con el informe proporcionado por el Ayuntamiento de Pamplona, la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del "Plan Especial de Accesibilidad de Sarasate 12 de Pamplona" se fundamenta en que poder resolver la accesibilidad en el menor tiempo posible facilita la existencia de vecindario de edad diversa y el mantenimiento de los residentes que, por edad u otros problemas, no puedan convivir con barreras arquitectónicas, y lograr alcanzar los fines de la actuación pública en relación con el territorio. Con la propuesta del plan especial de accesibilidad, que servirá para hacer efectiva la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas prevista por la legislación sectorial aplicable, se alcanza un nivel de eliminación completa de barreras arquitectónicas en el edificio de paseo de Sarasate 12. A este respecto, obran en el expediente aportado por el Ayuntamiento de Pamplona, volantes de empadronamiento e informes médicos de vecinos con necesidad de ascensor para su movilidad y con dificultades para subir y bajar escaleras, que justificarían la urgente ocupación de los bienes objeto de la expropiación para facilitar, a la mayor brevedad posible, la mejora en el acceso a sus viviendas mediante la instalación del ascensor.

Consta en el expediente el certificado del secretario técnico del Ayuntamiento de Pamplona en el que se indica que queda acreditada la disponibilidad por la comunidad de propietarios de paseo de Sarasate 12 del crédito necesario para hacer efectivo el pago por el importe a que ascendería el justiprecio.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por el Ayuntamiento de Pamplona y comprobado el certificado del Ayuntamiento de Pamplona en el que consta que el beneficiario tiene disponibilidad económica para afrontar el coste del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del "Plan Especial de Accesibilidad de Sarasate 12 de Pamplona", promovido por el Ayuntamiento de Pamplona en beneficio de la comunidad de propietarios de paseo de Sarasate número 12 de Pamplona.

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Pamplona y trasladarlo al Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las entidades locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación, a los efectos oportunos.

Pamplona, 31 de octubre de 2023.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Félix Taberna Monzón.

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