BOLETÍN Nº 23 - 2 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1355E/2022, de 22 de diciembre, del director general de Medio Ambiente por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de nuevo tramo de línea eléctrica subterránea a 13,2 kV de enlace entre el nuevo centro de transformación "Bezquiz" y el centro de transformación "Maquirriain Leoz", promovido por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes en el municipio de Leoz / Leotz.

Con fecha 03/10/2022, la Sección de Infraestructuras Energéticas ha remitido al Servicio de Biodiversidad la solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el anejo II, Grupo 4, letra b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 46, de la Ley 21/2013, previamente a la formulación del informe de impacto ambiental, el Servicio de Biodiversidad ha consultado a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas para la aportación de observaciones o sugerencias, en orden a sus competencias. Se ha consultado al Ayuntamiento de Leoz / Leotz y al Consorcio de Desarrollo de la Zona Media, sin que se haya recibido respuesta en el plazo establecido.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece en el artículo 47 que el órgano ambiental resolverá motivadamente sobre si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria o si se emite informe de impacto ambiental en los términos que se establezcan en este informe.

Descripción del proyecto

El objetivo del proyecto es mejorar la calidad y seguridad del suministro eléctrico en la zona, mediante un anillado de la red. Se instalará un nuevo tramo subterráneo en la línea a 13,2 kV "Tafalla-Barasoain", desde el nuevo CT "Bezquiz" (coordenadas x 614898, y 4714721) hasta el CT "Maquirriain Leoz" (coordenadas x 617080, y 4714256). La nueva línea partirá desde la localidad de Bezquiz hacia el este por un camino existente que llega a la carretera NA-5113 de entrada a Makirriain, para terminar en el centro de transformación existente en dicha localidad.

Análisis del proyecto considerando los criterios del anexo III de la Ley 21/2013.

Se realizará una canalización subterránea de 3.027 m de longitud total, y de entre 0,2 y 0,42 m de ancho, íntegramente por viales y caminos existentes. Se estima un movimiento de tierras de 655 m³ para la ejecución de las zanjas.

El proyecto se ubica dentro del paisaje protegido Montes de la Valdorba. Al ser una línea subterránea, el impacto paisajístico de la actuación se considera mínimo. El camino que seguirá la línea atraviesa zonas de cultivo en secano, carrascales (hábitat de interés comunitario 9340) y matorral mediterráneo (hábitat de interés comunitario 4090). La Zona Especial de Conservación Montes de la Valdorba se ubica unos 350 m al sur de la zona afectada por el proyecto.

Antes de alcanzar la localidad de Makirriain, la carretera NA-5113 por la que discurrirá la línea cruza un arroyo afluente del río Sansoain. El camino por el que discurrirá la línea forma parte de la ruta BTT Zona Media.

Del resultado de las consultas y en base a los criterios que al efecto se recogen el anexo III de la Ley 21/2013 el Servicio de Biodiversidad a través de la Sección de Impacto Ambiental informa favorablemente el proyecto de nuevo tramo de línea eléctrica subterránea a 13,2 kV de enlace entre el nuevo centro de transformación "Bezquiz" y el centro de transformación "Maquirriain Leoz", y se señala que no procede someterlo a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Todo ello sin perjuicio de la obtención de otros permisos o autorizaciones necesarias según la legislación vigente.

Considerando que el procedimiento de evaluación ambiental simplificada se ha desarrollado adecuadamente y, de conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

RESUELVO:

1.º El proyecto de nuevo tramo de línea eléctrica subterránea a 13,2 kV de enlace entre el nuevo centro de transformación "Bezquiz" y el centro de transformación "Maquirriain Leoz", promovido por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes en el municipio de Leoz / Leotz, no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos establecidos en este informe de impacto ambiental y, por tanto, no debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria prevista en la Sección 1.ª del capítulo I del título II de la Ley 21/2013.

No obstante, su autorización deberá asumir el cumplimiento del siguiente condicionado:

–La línea seguirá el trazado de caminos y carreteras existentes, sin afectar a vegetación natural ni a hábitats de interés comunitario.

–En caso de realizar alguna excavación fuera de los caminos, al inicio de las obras se procederá al decapado inicial de un espesor mínimo de 30 cm de tierra vegetal que deberá ser acopiado de forma separada del resto de tierras de excavación. Posteriormente se restaurarán todas las zonas afectadas, extendiendo la tierra vegetal, que se perfilará hasta alcanzar un buen ajuste fisiográfico en el terreno circundante.

–Los accesos se realizarán a través de las infraestructuras existentes. La zona de acopios y los movimientos de la maquinaria para la ejecución de la obra se realizarán sobre la superficie mínima imprescindible que se delimitará claramente sobre el terreno antes del inicio de los trabajos. No se permite el acopio de material de obra ni la ubicación del parque de maquinaria en zonas ambientalmente sensibles (espacios naturales protegidos o Red Natura 2000, zonas con vegetación natural y riberas de ríos).

–En las inmediaciones de cursos de agua, queda expresamente prohibido cualquier tipo de vertido al cauce, con especial cuidado en el manejo de sustancias contaminantes como el gasoil, aceites u hormigón.

–Este informe no exime al promotor de obtener otros permisos o autorizaciones necesarias según la legislación vigente.

–En el caso de ser necesario el aviso a Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente de alguna circunstancia (inicio obras, etc.), este se deberá realizar mediante un mail a la demarcación de Tafalla-Sangüesa (gmatafalla@navarra.es).

2.º De conformidad con lo previsto en el artículo 47.6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el informe ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el proyecto o bien, sin perjuicio de los procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso de aprobación del Plan o programa.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Infraestructuras Energéticas, al Ayuntamiento de Leoz / Leotz, y a Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente (demarcación de Tafalla-Sangüesa), a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de diciembre de 2022.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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