BOLETÍN Nº 224 - 27 de octubre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 379E/2023, de 17 de octubre, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por el que se dictamina que el proyecto de modificación para una nueva edificación destinada a almacén y estercolero, de la instalación avícola de engorde de pollos, cuyo titular es Sainz Ruiz, S. L., ubicada en término municipal de Valle de Yerri / Deierri, constituye una modificación no sustancial no significativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 666E/2017, de 25 de octubre, de la directora general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, posteriormente, modificada por la Resolución 52E/2020, de 2 de marzo, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, revisada por Resolución 90E/2021, de 5 de mayo, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, y modificada por Resolución 82E/2022, de 29 de marzo, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático.

Con fecha 7/06/2023 el titular ha notificado el proyecto de modificación de su instalación para la implantación de una nueva edificación destinada a almacén y estercolero.

A la vista de la notificación y documentos justificativos presentados en relación con el proyecto de modificación de la instalación industrial, este Servicio considera que constituye una modificación no sustancial no significativa, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, dado que no implica ninguna de las circunstancias establecidas, ni en el artículo del mencionado Reglamento, ni en el artículo 14 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.

Por otro lado, como consecuencia de este proyecto de modificación no sustancial no significativa, es necesario llevar a cabo una modificación del texto de la autorización ambiental integrada, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en aplicación de lo previsto en el artículo 34 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado por el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.

Por otra parte, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el proyecto de modificación no se encuentra sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria o simplificada, por no ser un proyecto independiente sino una modificación del proyecto original ya ejecutado, y por haberse considerado que no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, dado que no supone ninguno de los incrementos o afecciones contemplados en la letra c) del punto 2, de dicho artículo 7.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Dictaminar que el proyecto de modificación para una nueva edificación destinada a almacén y estercolero, de la instalación avícola de engorde de pollos, cuyo titular es Sainz Ruiz, S. L., ubicada en término municipal de Valle de Yerri / Deierri, constituye una modificación no sustancial no significativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.

Segundo.–En consecuencia, según lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado por el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, el titular podrá llevar a cabo el proyecto previsto, sin perjuicio de la tramitación de la correspondiente licencia de obras u otras autorizaciones que fueran necesarias.

Tercero.–Este dictamen tiene una validez de diez meses a partir de la fecha de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre.

Cuarto.–Modificar el texto de la autorización ambiental integrada de la instalación, introduciendo los cambios detallados en los anejos de la presente resolución.

Quinto.–Aprobar el Plan de Producción y Gestión de Estiércoles de la instalación ganadera, con el número 2600170197/2/5.

Sexto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en aplicación de lo previsto en el artículo 34 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado por el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.

Séptimo.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Octavo.–Trasladar la presente resolución a Sainz Ruiz, S. L., a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de octubre de 2023.–El jefe de la Sección de Cambio Climático, Javier Vera Janín, en suplencia del director de Servicio de Economía Circular y Cambio Climático en virtud de lo dispuesto en la Resolución 291E/2019, del director general de Medio Ambiente.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la dirección general de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones

Código del anuncio: F2314952