BOLETÍN Nº 223 - 26 de octubre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 367E/2023, de 6 de octubre, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se actualiza la autorización ambiental unificada de la instalación porcina de cebo, cuyo titular es Granja Valtriguera, S. L., ubicada en término municipal de Carcastillo, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los anejos de la presente resolución.

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 10.12, de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Sin embargo, no existe como tal, un documento de autorización ambiental unificada en el que se recojan las condiciones ambientales que deba cumplir esta instalación para desarrollar su actividad. Existen diferentes resoluciones de concesión o modificación de licencia municipal de actividad clasificada, mediante las cuales se han ido estableciendo las condiciones ambientales de funcionamiento, de forma sucesiva, a lo largo del tiempo.

Se ha considerado necesario elaborar un documento refundido basado en las diferentes concesiones y modificaciones de licencia municipal de actividad clasificada, con el fin de facilitar el conocimiento de las condiciones ambientales que debe cumplir el funcionamiento de la instalación.

Por ello, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático ha iniciado el presente procedimiento a propia iniciativa.

Durante los últimos años han entrado en vigor nuevas normas medioambientales, de carácter sectorial, que afectan a la instalación de referencia, como es el caso de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular; y el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.

En consecuencia, procede llevar a cabo la actualización de la autorización ambiental unificada, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante la Resolución 326E/2022, de 25 de abril, del director general de Medio Ambiente, se ha formulado declaración de impacto ambiental favorable sobre el proyecto. En anejo VI de la presente resolución se incluye la información contenida en la declaración de impacto ambiental, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Actualizar la autorización ambiental unificada de la instalación porcina de cebo, cuyo titular es Granja Valtriguera, S. L., ubicada en término municipal de Carcastillo, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los anejos de la presente resolución.

Segundo.–Mantener la vigencia de la inscripción del centro como pequeño productor de residuos peligrosos en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de la Comunidad Foral de Navarra, incluida en la autorización ambiental unificada de esta instalación, concedida mediante la Resolución 240E/2022, de 2 de agosto del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático.

Tercero.–Aprobar el Plan de Producción y Gestión de Estiércoles de la instalación ganadera, con el número 0670091929/1/3.

Cuarto.–Las condiciones de la autorización ambiental unificada podrán ser modificadas o revisadas de oficio por la dirección general de Medio Ambiente, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 27 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Quinto.–Para llevar a cabo cualquier modificación de la instalación, el titular deberá comunicarlo previamente, indicando razonadamente si considera que se trata de una modificación sustancial o no sustancial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Sexto.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Séptimo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Octavo.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Noveno.–Trasladar la presente resolución a Granja Valtriguera SL, al Ayuntamiento de Carcastillo, al Servicio de Ganadería, al Servicio de Agricultura, al Servicio de Territorio y Paisaje, al Servicio de Biodiversidad y a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de octubre de 2023.–El jefe de la Sección de Cambio Climático, Javier Vera Janín, en suplencia del director de Servicio de Economía Circular y Cambio Climático en virtud de lo dispuesto en la Resolución 291E/2019, del director general de Medio Ambiente.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/

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