BOLETÍN Nº 214 - 16 de octubre de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OTEIZA

Retribuciones y régimen de dedicación de los miembros de la corporación municipal

El Pleno del Ayuntamiento, con fecha veintiocho de septiembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"Retribuciones de cargos electos.–Considerando que el artículo 56 de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra dispone que las corporaciones locales de Navarra pueden consignar en sus presupuestos cantidades con destino al abono de retribuciones e indemnizaciones a sus miembros por el ejercicio de sus cargos.

Que en los artículos 75, 75bis y 75ter de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, en su actual redacción, se determinan el procedimiento y los requisitos a los que han de ajustarse las entidades locales para el establecimiento de dichas cantidades.

Que en el artículo 13 del Real Decreto 2568/1986 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se encuentra desarrollado lo dispuesto anteriormente.

Vista la disposición adicional vigésimo séptima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 que actualiza los límites de las retribuciones que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales, estableciendo el límite máximo que pueden percibir los corporativos de los municipios de menos de 1000 habitantes en concepto de dedicación parcial, disponiendo para una dedicación parcial al 25% de la jornada laboral la cantidad de 17.424,64 euros.

Vista la propuesta de seguir percibiendo las mismas retribuciones que en la legislatura pasada y debatido el tema por los presentes, el Pleno del Ayuntamiento

ACUERDA POR UNANIMIDAD:

Primero.–Que el señor alcalde desempeñe su cargo con dedicación parcial al 25% durante 400 horas anuales. La retribución bruta anual será de diez mil ciento treinta y siete euros y cuarenta céntimos (10.137,40 euros) anuales, pagaderos en 12 mensualidades de seiscientos cincuenta y cinco euros y cincuenta y seis céntimos (655,56 euros) netos cada una, con efectos retroactivos al 17 de junio de 2023, asumiendo el Ayuntamiento el pago de las cuotas empresariales de Seguridad Social que correspondan.

Segundo.–Los concejales percibirán, a partir del 17 de junio de 2023, una compensación económica por asistencia acreditada a las sesiones del Pleno de cien euros (100 euros) por sesión, con un límite máximo anual de 12 plenos y mil doscientos euros (1.200 euros). A esta cantidad se le aplicará la retención que proceda en concepto de IRPF.

Tercero.–Abonar a los corporativos los gastos ocasionados por el ejercicio de sus cargos con concepto de dietas y desplazamientos, previa justificación y presentación de las correspondientes facturas.

Cuarto.–Las retribuciones y asistencias fijadas en los apartados anteriores se actualizarán (al alza o a la baja) anualmente conforme al índice de precios al consumo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 y concordantes de la Ley Foral 18/2017, de 27 de diciembre, por la que se establece la cuantía y reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra por transferencias corrientes para los años 2018 y 2019, adaptándose así a la subvención percibida de Gobierno de Navarra.

Quinto.–La entrada en vigor de este acuerdo será con los efectos retroactivos fijados anteriormente, por lo que cualquier otro acuerdo anterior quedará derogado desde dichas fechas. Su vigencia será hasta que se tome un nuevo acuerdo de pleno en este sentido.

Sexto.–Este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios y en el portal de transparencia (artículo 20.3 de Ley Foral de Transparencia), devengándose las retribuciones y remuneraciones económicas a partir de su publicación, si bien con carácter retroactivo, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo.

Oteiza, 4 de octubre de 2023.–El alcalde, Ruben Darío Martínez Landa.

Código del anuncio: L2314264