BOLETÍN Nº 205 - 2 de octubre de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE VALDIZARBE / IZARBEIBARKO MANKOMUNITATEA

Retribuciones y régimen de dedicación de la presidencia

En Junta General de la Mancomunidad de Valdizarbe / Izarbeibarko Mankomunitatea en sesión de fecha 12 de septiembre de 2023, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Habida cuenta, la propuesta de dedicación al cargo de presidencia de esta mancomunidad del 80% de jornada (jornada parcial) para el desarrollo de las funciones propias de dicho cargo.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece en los artículos 75 y 75.bis que los/as miembros de las Corporaciones Locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda.

Se propone una retribución de 24.000 euros/ brutos anuales, en doce pagas al año, de lo que se deduce la cuta empresarial de la seguridad social e IRPF. La Mancomunidad asume el pago a la seguridad social de la cuota empresarial que corresponda.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se debe proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra; y a la incorporación del mismo en el expediente de su razón.

Sometido el asunto a votación, por unanimidad de las personas asistentes,

SE ACUERDA:

Primero.–Declarar el régimen de dedicación parcial al 80 % de jornada para el cargo de presidencia de la Mancomunidad de Valdizarbe / Izarbeibarko Mankomunitatea desde el día 1 de octubre de 2023 con una retribución de 24.000 euros/brutos anuales, distribuido en doce pagas al año, de lo que se deducirá la cuota empresarial de la seguridad social y la retención correspondiente del impuesto sobre la renta de las personas físicas. La Mancomunidad asume el pago a la Seguridad Social de la cuota empresarial que corresponda.

Segundo.–Publicar este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios y página web de esta mancomunidad, de conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo cabe, optativamente, la interposición de uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación; o bien,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución.

Puente la Reina, 13 de septiembre de 2023.–El presidente, Steven Alexander Leiper Ocariz.

Código del anuncio: L2313471

Hace cien años

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