BOLETÍN Nº 20 - 30 de enero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 65/2023, de 17 de enero, de la vicerrectora de Profesorado de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso para la contratación de Profesorado Contratado Doctor.

De conformidad con los artículos 48 y siguientes de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que habilitan a las universidades públicas a contratar en régimen laboral a personal docente e investigador, con el Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra, y con el Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de septiembre de 2016.

Vista la Oferta de Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2022, aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 11 de febrero de 2020 (Boletín Oficial de Navarra de 1 de marzo de 2022) y posteriormente modificada mediante Acuerdos de 30 junio de 2022 (Boletín Oficial de Navarra de 2 de agosto) y de 23 de septiembre de 2022 (Boletín Oficial de Navarra de 10 de octubre), que incluye un total de 28 plazas de Profesor Contratado Doctor, si bien 8 de ellas corresponden a la reserva contenida en el artículo 20.Uno.3.I) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, para personal investigador que haya obtenido el certificado I3.

Vista, por otra parte, la Oferta de Empleo Público Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2020, que incluye cuatro plazas de profesor contratado doctor destinadas a la contratación de personal investigador doctor que hubiera finalizado el Programa Ramón y Cajal y hubiera obtenido el certificado I3 o, en caso de que esta reserva no se utilice, a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales que hayan obtenido el certificado I3, en aplicación del artículo 19.Uno.3.i de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, una de las cuales se incluye en la presente convocatoria.

Considerando el acuerdo de convocatoria de plazas de Profesorado Contratado Doctor aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2022.

Emitido informe por la Sección de Nóminas y Seguridad Social y por la Interventora de la Universidad.

Visto el informe-propuesta del Jefe de la Sección de Gestión de Personal, que cuenta con el visto bueno del Director del Servicio de Recursos Humanos.

En uso de las competencias delegadas por Resolución 1420/2019, de 3 de julio, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria de concurso para la contratación de veintiún plazas de Profesorado Contratado Doctor, así como sus bases.

Segundo.–Ordenar su publicación en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Comunicar la presente resolución al Servicio de Recursos Humanos, y a los miembros de las Comisiones de Contratación, a los efectos oportunos.

Cuarto.–Trasladar la presente resolución al Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital del Gobierno de Navarra, a la Secretaría General de Universidades, a los Directores de los Departamentos afectados, al Vicerrectorado de Profesorado, y a la Interventora.

Quinto.–La presente resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, agota la vía administrativa, pudiendo interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 17 de enero de 2023.–La vicerrectora de Profesorado, Inés Olaizola Nogales.

CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO CONTRATADO DOCTOR

Esta convocatoria se regirá por las siguientes:

BASES

1.–Normas generales.

1. Es objeto de las presentes bases la regulación del concurso para la contratación de Profesor Contratado Doctor para la cobertura de las plazas que se relacionan en el Anexo I.

2. Este concurso se regirá por lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra, aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, el Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, por el que se regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra, el Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de septiembre de 2016, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las presentes bases de la convocatoria, así como las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

3. Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones a que dé lugar este proceso selectivo, con excepción de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra a que se refiere la base 3, se realizarán en el siguiente enlace de la web de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleo-publico/convocatorias-pdi

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

1. Para la admisión al concurso deben reunirse los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación.

b) Estar acreditado para las plazas de Profesor Contratado Doctor o para cualquier cuerpo docente universitario por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas o ejercer cargos o funciones declaradas incompatibles con la docencia. En el caso de aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

e) En el caso de aspirantes que no pertenezcan a la Unión Europea, residir legalmente en España.

Igualmente, los extranjeros que no residan en España podrán participar siempre que reúnan los requisitos de participación. En este caso, la contratación quedará condicionada a la obtención de los permisos exigidos en la normativa sobre extranjería.

f) Haber abonado la tasa por derecho de participación establecida en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación.

g) En el caso de plazas que requieran capacitación lingüística, estar en posesión de dicha capacitación:

–En el caso de plazas con capacitación lingüística en inglés, estar en posesión de título o certificado acreditativo del nivel C1 o superior conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), o de titulación reconocida oficialmente equivalente, estando supeditada su validez a las especificaciones del respectivo organismo emisor.

Se adjunta el enlace con la tabla aprobada por la Mesa Lingüística de Inglés de la CRUE que relaciona los títulos que serán aceptados:

https://www2.unavarra.es/gesadj/sede/A_OTROS/IDIOMAS_ACREDIT/tabla_equivalencias_ingles_02_03_2022.pdf

Se considerarán equivalentes las titulaciones académicas de Licenciatura, Grado, Máster o Doctorado en Filología o Traducción en inglés, las titulaciones académicas equivalentes a Diplomatura, Licenciatura, Ingeniería Técnica, Ingeniería Superior, Grado, Máster o Doctorado obtenidas en una universidad extranjera donde el idioma académico sea el inglés y la acreditación de la capacitación lingüística para ejercer docencia en inglés en la Universidad Pública de Navarra emitida por el órgano competente en materia de profesorado de la Universidad Pública de Navarra.

–En el caso de plazas con capacitación lingüística en euskera, estar en posesión del Título E.G.A. o titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o acreditación de la capacitación lingüística para ejercer docencia en euskera en la Universidad Pública de Navarra.

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 25 de mayo de 2004, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 7 de mayo de 2009, aquellos aspirantes que no puedan acreditar documentalmente su capacitación lingüística en euskera deberán solicitar la acreditación de su nivel de conocimiento de euskera mediante la realización de una prueba de nivel, que será efectuada por la Comisión para la Valoración del Conocimiento del Euskera. Estos aspirantes deberán cumplimentar la solicitud que se encuentra en la dirección:

https://www2.unavarra.es/gesadj/registroGeneral/instancias/recursos-humanos/prueba-euskera.pdf

2. El cumplimiento de los requisitos previstos en esta convocatoria se entiende referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberá mantenerse hasta el momento de suscripción del contrato.

3.–Solicitudes.

3.1. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a los diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial Navarra. La convocatoria se publicará igualmente en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.2. Presentación de la solicitud.

3.2.1. Para participar en el proceso selectivo deberá utilizarse la solicitud disponible en la siguiente dirección:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/concurso-profesorado

3.2.2. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra, en el botón "Iniciar trámite" de la siguiente dirección:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/concurso-profesorado

3.3. Documentación a presentar con la solicitud.

A la solicitud debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.

b) Fotocopia del título de Doctor.

c) Fotocopia del documento que acredite la evaluación positiva de su actividad expedido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación al que hace referencia el apartado 1.b de la base 2.

d) Resguardo acreditativo del abono de la tasa a que se refiere la base 4.

3.4. Cuando la Universidad Pública de Navarra compruebe en cualquier momento, del examen de la documentación presentada o de la que obra en poder de la Universidad, que algún aspirante no posee cualquiera de los requisitos exigidos o incurre en falsedad documental, decaerá en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4.–Tasa.

4.1. La tasa por la prestación de los servicios necesarios para la realización del proceso selectivo será de 41,60 euros.

Dicha cantidad se ingresará en la cuenta corriente número ES16 3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación "Concurso de Profesorado Contratado Doctor" y el nombre del concursante.

4.2. Estarán exentas del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como desempleadas durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

Esta circunstancia se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada.

4.3. Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante, siendo un requisito insubsanable.

4.4. En ningún caso el pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

5.–Admisión de aspirantes.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de 10 días hábiles, el órgano competente en materia de profesorado hará pública en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada una de las plazas convocadas, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Si no hubiera aspirantes excluidos se aprobará directamente la lista definitiva.

5.2. Sin perjuicio de la exclusión provisional por no presentar la solicitud oficial o los documentos a que se refiere la base 3.3, serán motivos de exclusión insubsanables presentar la solicitud fuera del plazo establecido, no poseer los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha fijada, y no abonar la tasa de acceso en plazo.

5.3. Los aspirantes excluidos y omitidos, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

5.4. Transcurrido el plazo de subsanación de solicitudes, se procederá a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria.

5.5. La inclusión de aspirantes en las relaciones de admitidos al concurso no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Universidad de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en las bases de la convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes que sean propuestos para la contratación, que deberán presentar la documentación acreditativa, conforme se indica en la base 12.

5.6. Cuando, finalizado el plazo señalado, no se hubiesen presentado solicitudes, no hubiese aspirantes admitidos o los aspirantes hubiesen renunciado al concurso, el órgano competente en materia de profesorado declarará desierta la plaza por este motivo comunicándolo al departamento correspondiente.

6.–Comisión de Contratación.

6.1. El concurso será juzgado por las correspondientes Comisiones de Contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Pública de Navarra. Las composiciones de la Comisión de Contratación es la que figura en el Anexo II de estas bases.

6.2. Las Comisiones de Contratación se regirán por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, respecto de los órganos colegiados, y subsidiariamente por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de abril de 2018 por el que se aprueba el Reglamento General de Funcionamiento de los Órganos Colegiados de la Universidad Pública de Navarra. Los miembros de las Comisiones deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la citada Ley. Asimismo, en virtud del artículo 24 de la misma, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.3. El Presidente de cada Comisión de Contratación, previa consulta con el resto de sus miembros, notificará a los interesados, con una antelación mínima de quince días naturales, la siguiente información:

–Lugar, fecha y hora de la constitución de la Comisión de Contratación, que deberá hacerse en un plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. En el acto de constitución, la Comisión de Contratación fijará y hará públicos los criterios que utilizará en la valoración de los concursantes, conforme al baremo de contratación del Anexo I del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de Profesorado Contratado Doctor de la Universidad Pública de Navarra, que se detalla en la base 8.

–El acto de presentación de los aspirantes admitidos a participar en el concurso. En dicho acto, la Comisión de Contratación recibirá de los candidatos por triplicado un programa detallado de una materia del área de la plaza objeto de concurso que incluya temario, bibliografía, objetivos y metodología docente, así como el currículum vitae, los trabajos de investigación realizados y un proyecto de la actividad investigadora que pretende realizar el aspirante. Se incluirá la documentación acreditativa de cuantos méritos de carácter docente o investigador sean alegados por cada candidato, no pudiendo ser valorado ningún mérito que no haya sido suficientemente acreditado.

Asimismo, la Comisión de Contratación convocará a los aspirantes para la primera prueba. La convocatoria fijará el lugar, día y hora en que tendrá lugar dicha prueba. Si hubiera más de un concursante se sorteará el orden de actuación. Finalmente, publicará la convocatoria de la prueba y el orden de realización de la misma.

7.–Procedimiento de selección.

7.1. El procedimiento de selección de los concursantes constará de dos pruebas:

a) La primera prueba consistirá en la exposición oral por el candidato ante la Comisión de Contratación, durante un tiempo máximo de una hora, y posterior debate con la misma durante un tiempo máximo de una hora, de su currículum vitae, del proyecto docente y del proyecto investigador que ha presentado.

Finalizada la primera prueba, cada miembro de la Comisión de Contratación entregará al Presidente un informe razonado valorando el currículum y los proyectos docente e investigador presentados por cada uno de los candidatos, con asignación de puntuación numérica. La Comisión de Contratación aprobará una relación ordenada de los concursantes que han igualado o superado la puntuación mínima exigida y pasan a la segunda prueba. Con la publicación de los resultados de la primera prueba, la Comisión de Contratación hará público el lugar, día y hora de realización de la segunda prueba.

b) La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el candidato ante la Comisión de Contratación, durante un tiempo máximo de una hora, y posterior debate con la misma durante un tiempo máximo de una hora, de un tema presentado por el candidato en el proyecto docente y elegido por él.

La Comisión de Contratación valorará, de forma individualizada y motivada, a cada candidato con asignación de puntuación numérica.

7.2. Con la suma de las puntuaciones de las dos pruebas, la Comisión establecerá una relación ordenada de las calificaciones obtenidas por cada candidato en aplicación del baremo. En caso de empate los miembros de la Comisión de Contratación realizarán una votación para decidir el orden de la relación; en caso de empate en esta votación dirimirá el voto de calidad del Presidente.

8.–Baremo de contratación.

El baremo de contratación establecido en el Anexo I del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra, es el siguiente:

1. Primera prueba oral: máximo 80 puntos. Quedarán excluidos los concursantes que no obtengan un mínimo de 40 puntos.

Atendiendo a la relación entre la actividad y el perfil de la plaza, se valorarán los siguientes elementos:

a) Actividades de investigación y publicaciones científicas acreditadas documentalmente (máximo 30 puntos).

b) Actividades docentes universitarias debidamente justificadas con el oportuno contrato y con informe de valoración de dicha actividad (máximo 20 puntos).

c) Proyecto docente (máximo 10 puntos).

d) Proyecto investigador (máximo 10 puntos).

e) Otros méritos (máximo 5 puntos). En este apartado se valorarán, a criterio de la Comisión, la actividad profesional no universitaria, idiomas, cursos de especialización recibidos, otras titulaciones, becas, premios y cualesquiera otros datos que el concursante aporte y acredite documentalmente.

f) Acreditación para Cuerpos Docentes Universitarios: 5 puntos.

Cada uno de los miembros de la Comisión valorará los méritos de los candidatos, y la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada concursante será la puntuación en esta prueba.

2. Segunda prueba oral: máximo 20 puntos. Como criterio general, se valorarán tanto los contenidos expuestos como la calidad docente de la propia exposición. Quedarán excluidos los concursantes que no obtengan un mínimo de 10 puntos.

Cada uno de los miembros de la Comisión valorará la exposición de los candidatos y la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada concursante será la puntuación en esta prueba.

3. La puntuación final será la suma de las puntuaciones de las dos pruebas.

9.–Propuesta de contratación.

9.1. En el plazo máximo de 7 días hábiles desde el final de la segunda prueba, la Comisión de Contratación publicará en Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, la relación ordenada de candidatos que han superado el proceso selectivo y la propuesta de contratación, que trasladará al órgano competente en materia de profesorado.

9.2. La Comisión de Contratación no podrá proponer más candidatos que el número de dotaciones de las plazas objeto del concurso, pero sí un número inferior a ellas. Igualmente, la Comisión de Contratación podrá proponer que se declare desierta la plaza cuando en aplicación del baremo especificado de la plaza ninguno de los candidatos haya obtenido la puntuación mínima exigida.

9.3. La actuación de la Comisión de Contratación termina con la formulación de la propuesta de contratación.

10.–Reclamaciones contra la propuesta de contratación.

10.1. Los interesados podrán formular reclamaciones ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra contra la propuesta de contratación de la Comisión de Contratación en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación.

10.2. Las reclamaciones contra la propuesta de contratación serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones prevista en el artículo 17 del Reglamento por el que se regulan los procesos de selección para la contratación de profesorado contratado doctor de la Universidad Pública de Navarra.

La Comisión de Reclamaciones valorará los aspectos puramente procedimentales del concurso y velará porque se haya garantizado en todo momento la igualdad de oportunidades de los aspirantes, y el respeto a los principios de mérito y capacidad.

La Comisión de Reclamaciones en ningún caso podrá sustituir la valoración de fondo realizada por la Comisión de Contratación sobre la idoneidad de los aspirantes.

10.3. Recibida la reclamación contra la propuesta de contratación, de estimarse que la Comisión de Reclamaciones es competente, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará resolución admitiendo a trámite la reclamación y suspendiendo el proceso selectivo hasta la resolución definitiva de la misma.

Será causa de inadmisión de la reclamación la falta de competencia de la Comisión de Reclamaciones.

10.4. Admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Recursos Humanos trasladará a todos los candidatos las reclamaciones admitidas a trámite, concediéndoles un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su recepción, para que aleguen cuanto estimen procedente. Así mismo, remitirá la reclamación a la Comisión de Contratación para que emita el correspondiente informe.

10.5. La Comisión de Reclamaciones, examinada toda la documentación, podrá adoptar en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la reclamación, alguna de las siguientes decisiones:

a) De considerar que no existe vulneración de alguno de los principios de igualdad, mérito o capacidad, ratificar directamente la propuesta de la Comisión de Contratación.

b) De observarse error de cálculo evidente y manifiesto en la suma de las puntuaciones del baremo, rectificar el error advertido en la propuesta de la Comisión de Contratación con todos los efectos que ello comporte en cuanto a alteración del orden de los candidatos propuesto por la Comisión de Contratación.

c) De apreciarse algún defecto procedimental que hubiese producido indefensión para la parte reclamante, proponer la retroacción del procedimiento selectivo al momento en que se hubiera cometido el referido quebrantamiento de forma.

d) De considerar que existe vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad, la Comisión de Reclamaciones no ratificará la propuesta de la Comisión de Contratación.

10.6. La Comisión de Reclamaciones adoptará sus acuerdos por mayoría de sus miembros y, en caso de empate, será dirimente el voto del Presidente. La Comisión podrá solicitar para adoptar su decisión informe jurídico del Servicio Jurídico de la Universidad.

10.7. El acuerdo de la Comisión de Reclamaciones resolviendo sobre la reclamación presentada será vinculante para el Rector, que dictará la resolución en congruencia con la propuesta de la Comisión pudiendo, en su caso, declarar la plaza desierta.

Dicha resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Navarra.

Transcurrido el plazo de tres meses sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimada la reclamación.

11.–Propuesta definitiva de contratación.

La resolución que contenga la propuesta definitiva de contratación pone fin al proceso selectivo, y se publicará en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria. Esta publicación servirá a todos los efectos de notificación a los interesados.

Dicha resolución agota la vía administrativa, y contra ella podrá presentarse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra.

12.–Formalización y firma de contratos.

12.1. En el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de la propuesta definitiva de contratación, los adjudicatarios de las plazas deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos, además de la documentación a que se refiere la base 5.5, la documentación que a continuación se detalla, a fin de formalizar el correspondiente contrato:

a) Fotocopia de la cartilla de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social, en su caso.

b) Datos bancarios para el ingreso de la nómina.

c) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.

12.2. Perderán su derecho de contratación quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causas de fuerza mayor, no presenten la documentación, o quienes, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos para ocupar la plaza.

12.3. El contrato laboral que se derive de esta normativa y de las correspondientes convocatorias estará sujetos a lo establecido en los artículos 48 y siguientes de la Ley Orgánica de Universidades.

12.4. Los contratos se formalizarán por escrito en los modelos correspondientes. La firma del contrato tiene carácter personal e intransferible, y se efectuará en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra. El contrato se firmará con carácter previo a la incorporación a las tareas en el plazo máximo de 10 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de la plaza. En el caso de no producirse la firma del contrato en el plazo indicado se entiende que el interesado renuncia a la plaza. En este caso se procederá al llamamiento del aspirante siguiente en orden de la relación de suplentes propuesta por la Comisión de Contratación, el cual dispondrá del mismo plazo para formalizar el contrato.

13.–Tratamiento de datos de carácter personal.

La participación de interesados en los procesos convocados por la Universidad Pública de Navarra en materia de gestión de personal comportará el tratamiento de sus datos. El Responsable del Tratamiento de sus datos es la propia Universidad Pública de Navarra.

Este tratamiento se efectuará conforme a la normativa aplicable, esto es, el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos. La descripción del tratamiento resulta accesible en el Registro de Actividades de Tratamiento, que se puede consultar, en el enlace https://www2.unavarra.es/gesadj/seguridadInf/normativa-proteccion-datos/registro-actividades-tratamiento-datos-UPNA.pdf, bajo la rúbrica de "Recursos humanos".

Los interesados afectados por el tratamiento de datos son principalmente aspirantes en procesos selectivos y personal propio de la UPNA. Los datos objeto de tratamiento son nombre, apellidos, DNI, datos académicos y profesionales, así como eventualmente datos bancarios y de seguridad social o cualesquiera otros precisos para la siguiente finalidad.

La finalidad que justifica el tratamiento de datos es la tramitación de procedimientos selectivos, de movilidad, situaciones administrativas, certificaciones u otros relativos a la competencia de la UPNA en materia de Recursos Humanos.

Dicha finalidad constituye una legitimación de interés público o poder público, como establece el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos. Sus bases jurídicas son, entre otra normativa de personal, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en su caso, el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Los derechos de los interesados sobre acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento, podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@unavarra.es según los artículos 11 a 18 de la LOPD. En caso de insatisfacción, podrán acudir a la Agencia Española de Protección de Datos accesible desde el dominio https://www.aepd.es/.

14.–Régimen de recursos.

Cuantos actos de administración se deriven de esta convocatoria y de la actuación de las Comisiones de Contratación, con excepción de la reclamación contra la propuesta de contratación prevista en la base 10, podrán ser impugnadas en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra las bases de esta convocatoria cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación.

Nota: Toda referencia a personas o cargos académicos cuyo género sea masculino estará haciendo referencia al género gramatical neutro, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.

ANEXO I

Plazas convocadas

N.º plaza:

5332

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Agronomía, Biotecnología y Alimentación

Área de conocimiento:

Tecnología de Alimentos

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Fracción volátil: usos en tecnología de alimentos

N.º plaza:

5333

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias

Área de conocimiento:

Didáctica de las Ciencias Experimentales

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Aprendizaje y enseñanza de la genética en educación primaria y secundaria

N.º plaza:

5049

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias

Área de conocimiento:

Didáctica de las Ciencias Experimentales

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Integración de las TIC para la mejora de la enseñanza de las ciencias

Capacitación lingüística:

Euskera

N.º plaza:

5107

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias

Área de conocimiento:

Ingeniería Química

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Procesos termocatalíticos para aplicaciones energéticas

N.º plaza:

5319

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias de la Salud

Área de conocimiento:

Enfermería

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

4600

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias de la Salud

Área de conocimiento:

Enfermería

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

4168

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias Humanas y de la Educación

Área de conocimiento:

Didáctica de la Lengua y la Literatura

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Enseñanza de español como L2

N.º plaza:

5051

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ciencias Humanas y de la Educación

Área de conocimiento:

Didáctica y Organización Escolar

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Didáctica y formación del profesorado

N.º plaza:

5178

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Derecho

Área de conocimiento:

Derecho Civil

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

5046

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Estadística, Informática y Matemáticas

Área de conocimiento:

Álgebra

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

5047

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Estadística, Informática y Matemáticas

Área de conocimiento:

Análisis Matemático

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

Capacitación lingüística:

Euskera

N.º plaza:

4871

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Estadística, Informática y Matemáticas

Área de conocimiento:

Estadística e Investigación Operativa

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

4870

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Estadística, Informática y Matemáticas

Área de conocimiento:

Estadística e Investigación Operativa

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

5172

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Estadística, Informática y Matemáticas

Área de conocimiento:

Lenguajes y Sistemas Informáticos

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Computación afectiva

N.º plaza:

4114

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Gestión de Empresas

Área de conocimiento:

Economía Financiera y Contabilidad

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

El propio del área

N.º plaza:

5040

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ingeniería

Área de conocimiento:

Ingeniería de Sistemas y Automática

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Control Robusto

Capacitación lingüística:

Inglés

N.º plaza:

4304

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Comunicación

Área de conocimiento:

Tecnología Electrónica

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Sensores ópticos basados en nanomateriales

N.º plaza:

5176

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Sociología y Trabajo Social

Área de conocimiento:

Antropología Social

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Discriminación, cultura y ciudadanía

N.º plaza:

4590

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Sociología y Trabajo Social

Área de conocimiento:

Trabajo Social y Servicios Sociales

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Desarrollo y bienestar social en entornos rurales

N.º plaza:

4873

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Sociología y Trabajo Social

Área de conocimiento:

Trabajo Social y Servicios Sociales

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Políticas de inclusión y exclusión social y laboral

N.º plaza:

5339

Cuerpo:

Profesor Contratado Doctor Tipo 1

Departamento:

Sociología y Trabajo Social

Área de conocimiento:

Trabajo Social y Servicios Sociales

Perfil docente:

El propio del área

Perfil investigador:

Ámbitos y estrategias de inclusión social

ANEXO II

Composición de las comisiones

N.º plaza: 5332.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Antonio López Gómez

Catedrático de la Universidad Politécnica de Cartagena

Vocal Secretario

Dr. Juan Maté Caballero

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Belén Ayestarán Iturbe

Catedrática de la Universidad de La Rioja

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Salvador Castillo García

Catedrático de la Universidad Miguel Hernández de Elche

Vocal Secretario

Dr. Arturo Esnoz Nicuesa

Titular de la Universidad Politécnica de Cartagena

Vocal 2

Dra. M. Paz Romero Fabregat

Catedrática de la Universidad de LLeida

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Alfredo Palop Gómez

Catedrático de la Universidad Politécnica de Cartagena

Vocal Secretario

Dr. Pedro Javier Zapata Coll

Titular de la Universidad Miguel Hernández de Elche

Vocal 2

Dra. Pilar Mañas Pérez

Titular de la Universidad de Zaragoza

N.º plaza: 5333.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Ángel Luis Cortés Gracia

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretaria

Dra. Ana M. Mendioroz Lacambra

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Pedro Lucha López

Titular de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Francisco Javier Perales Palacios

Catedrático de la Universidad de Granada

Vocal Secretaria

Dr. Ricardo San Martín Murugarren

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. José Carrasquer Zamora

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. José Reyes Ruiz Gallardo

Catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal Secretaria

Dr. Alfonso Cornejo Ibergallartu

Profesor Contratado Doctor Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Rut Jiménez Liso

Catedrática de la Universidad de Almería

N.º plaza: 5049.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Ángel Luis Cortés Gracia

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretario

Dra. Ana M. Mendioroz Lacambra

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Pedro Lucha López

Titular de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Francisco Javier Perales Palacios

Catedrático de la Universidad de Granada

Vocal Secretario

Dr. Ricardo San Martín Murugarren

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. José Carrasquer Zamora

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. José Reyes Ruiz Gallardo

Catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal Secretario

Dr. Alfonso Cornejo Ibergallartu

Profesor Contratado Doctor Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Rut Jiménez Liso

Titular de la Universidad de Almería

N.º plaza: 5107.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Jesús M. Arauzo Pérez

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretario

Dr. Luis M. Gandía Pascual

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. M. Pilar Pina Iritia

Catedrática de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Joaquín Juan Coronas Ceresuela

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretaria

Dr. Antonio Monzón Bescós

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal 2

Dra. Ana Guadalupe Gayubo Cazorla

Catedrática de la Universidad del País Vasco

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Carlos Téllez Ariso

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretaria

Dr. Fco. Javier Herguido Huerta

Catedrático de la Universidad de Zaragoza

Vocal 2

Dra. Lucía García Nieto

Titular de la Universidad de Zaragoza

N.º plaza: 5319.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Juan Diego Pedrera Zamorano

Catedrático de la Universidad de Extremadura

Vocal Secretaria

Dra. Cristina García Vivar

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Jesús M. Lavado García

Titular de la Universidad de Extremadura

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. José Antonio Aguiló Pons

Catedrático de la Universidad de Illes Balears

Vocal Secretaria

Dra. Carme Ferré Grau

Titular de la Universidad Rovira i Virgili

Vocal 2

Dr. David Ballester Ferrando

Titular de la Universidad de Girona

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. José Miguel Morales Asencio

Catedrático de la Universidad de Málaga

Vocal Secretaria

Dra. María Paz García Caro

Titular de la Universidad de Granada

Vocal 2

Dr. Vicente José Martínez Vizcaíno

Catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha

N.º plaza: 4600.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Juan Diego Pedrera Zamorano

Catedrático de la Universidad de Extremadura

Vocal Secretaria

Dra. Cristina García Vivar

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Jesús M. Lavado García

Titular de la Universidad de Extremadura

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. José Antonio Aguiló Pons

Catedrático de la Universidad de Illes Balears

Vocal Secretaria

Dra. Carme Ferré Grau

Titular de la Universidad Rovira i Virgili

Vocal 2

Dr. David Ballester Ferrando

Titular de la Universidad de Girona

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. José Miguel Morales Asencio

Catedrático de la Universidad de Málaga

Vocal Secretaria

Dra. María Paz García Caro

Titular de la Universidad de Granada

Vocal 2

Dr. Vicente José Martínez Vizcaíno

Catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha

N.º plaza: 4168.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Jesús García Laborda

Catedrático de la Universidad de Alcalá de Henares

Vocal Secretario

Dra. M. Camino Bueno Alastuey

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. M. Dolores García Pastor

Titular de la Universidad de Valencia

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Eloy Martos Núñez

Catedrático de la Universidad de Extremadura

Vocal Secretario

Dra. Magdalena Romera Ciria

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Manuel Fco. Romero Oliva

Titular de la Universidad de Cádiz

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Pascual Pérez Paredes

Catedrático de la Universidad de Murcia

Vocal Secretario

Dr. Patxi Xabier Salaberri Zaratiegui

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Cristina Castillo Rodríguez

Titular de la Universidad de Málaga

N.º plaza: 5051.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Paulino Murillo Estepa

Catedrático de la Universidad de Sevilla

Vocal Secretario

Dra. Alicia Peñalva Vélez

Profesora Contratada Doctor Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Pilar Cáceres Reche

Titular de la Universidad de Granada

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. José Manuel Coronel Llamas

Catedrático de la Universidad de Huelva

Vocal Secretario

Dra. M. Camino Bueno Alastuey

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Carlos Rodríguez Hoyos

Titular de la Universidad de Cantabria

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Francisco Javier Hinojo Lucena

Catedrático de la Universidad de Granada

Vocal Secretario

Dra. Ana M. Mendioroz Lacambra

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Tiberio Feliz Murias

Titular de la Universidad Nacional de Educación a Distancia U.N.E.D.

N.º plaza: 5178.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Juan Antonio Moreno Martínez

Catedrático de la Universidad de d’Alacant

Vocal Secretario

Dra. M. Ángeles Egúsquiza Balmaseda

Catedrática de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Francisco de P. Blasco Gasco

Catedrático de la Universidad de Valencia

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. José Antonio Cobacho Gómez

Catedrático de la Universidad de Murcia

Vocal Secretario

Dra. Teresa Hualde Manso

Catedrática de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Ana Díaz Martínez

Catedrática de la Universidad de Santiago de Compostela

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Manuel Jesús Marín López

Catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha

Vocal Secretario

Dra. Raquel Luquin Bergareche

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Carmen González Carrasco

Catedrática de la Universidad de Castilla-La Mancha

N.º plaza: 5046.

Comisión Titular:

Presidente

Dra. Consuelo Martínez López

Catedrática de la Universidad de Oviedo

Vocal Secretario

Dr. C. Gustavo Ochoa Lezáun

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Concepción Martínez Pérez

Catedrática de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dra. M. Dolores Pérez Ramos

Catedrática de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dr. Luis M. Ezquerro Marín

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Manuel Elogio Ladra González

Catedrático de la Universidad de Santiago de Compostela

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dra. Teresa de Jesús Cortés Gracia

Catedrática de la Universidad de Oviedo

Vocal Secretario

Dr. Jesús Antonio Laliena Clemente

Catedrático de la Universidad de La Rioja

Vocal 2

Dra. Lucía Sanus Vitoria

Titular de la Universidad de Valencia

N.º plaza: 5047.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Manuel Sanchís López

Catedrático de la Universidad Jaume I de Castellón

Vocal Secretario

Dra. Olga Raquel García Catalán

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Óscar Ciaurri Ramírez

Catedrático de la Universidad de La Rioja

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Carlos Hervés Beloso

Catedrático de la Universidad de Vigo

Vocal Secretario

Dra. M. Ángeles Prieto Yerro

Titular de la Universidad Complutense de Madrid

Vocal 2

Dra. M. Ángeles Japón Pineda

Catedrática de la Universidad de Sevilla

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. David Pérez García

Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid

Vocal Secretario

Dra. Teresa Signes Signes

Titular de la Universidad de Murcia

Vocal 2

Dr. Julio Becerra Guerrero

Titular de la Universidad de Granada

N.º plaza: 4871.

Comisión Titular:

Presidente

Dra. Mercedes Landete Ruiz

Catedrática de la Universidad Miguel Hernández de Elche

Vocal Secretario

Dr. José Antonio Moler Cuiral

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Gregorio Tirado Domínguez

Titular de la Universidad Complutense de Madrid

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dra. M. Eugenia Castellanos Nueda

Catedrática de la Universidad Rey Juan Carlos

Vocal Secretario

Dr. Fermín Mallor Giménez

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Fernando Plo Alastrué

Titular de la Universidad de Zaragoza

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dra. Carmen Armero Cervera

Catedrática de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dr. Ignacio García Lautre

Profesor Contratado Doctor Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Javier Martín Campo

Titular de la Universidad Complutense de Madrid

N.º plaza: 4870.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Antonio López Quílez

Catedrático de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dra. Ana Fernández Militino

Catedrática de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. M. Ángeles Gil Álvarez

Catedrático de la Universidad de Oviedo

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Francisco de Asís Torres Ruiz

Catedrático de la Universidad de Granada

Vocal Secretario

Dra. Ana M. Justel Eusebio

Catedrática de la Universidad Autónoma de Madrid

Vocal 2

Dr. Francisco Javier Alonso Morales

Titular de la Universidad de Granada

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Mario Francisco Fernández

Catedrático de la Universidad da Coruña

Vocal Secretario

Dra. M. Dolores Jiménez Gamero

Catedrática de la Universidad de Sevilla

Vocal 2

Dra. M. Eugenia Castellanos Nueda

Catedrática de la Universidad Rey Juan Carlos

N.º plaza: 5172.

Comisión Titular:

Presidente

Dra. Eva Mónica Cerezo Bagdasari

Catedrática de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretario

Dr. José Ramón González de Mendívil Moreno

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Óscar Díaz García

Catedrático de la Universidad del País Vasco

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dra. Ana M. Moreno Sánchez-Capuchino

Catedrática de la Universidad Politécnica de Madrid

Vocal Secretario

Dr. José Javier Astrain Escola

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Rosa M. Arruabarrena Santos

Titular de la Universidad del País Vasco

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dra. M. Belén Díaz Agudo

Catedrática de la Universidad Complutense de Madrid

Vocal Secretario

Dr. Jesús Villadangos Alonso

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. David Bueno Vallejo

Titular de la Universidad de Málaga

N.º plaza: 4114.

Comisión Titular:

Presidente

Dra. Beatriz García Osma

Catedrática de la Universidad Carlos III de Madrid

Vocal Secretario

Dr. Antonio Rubia Serrano

Titular de la Universidad de d’Alacant

Vocal 2

Dr. Manuel Cano Rodríguez

Titular de la Universidad de Jaén

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. M. Antonia García Benau

Catedrático de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dr. Hipolit Torro I Enguix

Catedrático de la Universidad de Valencia

Vocal 2

Dr. Juan Carlos Matallín Sáez

Catedrático de la Universidad Jaume I de Castellón

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dra. Araceli Mora Enguídanos

Catedrática de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dr. Julio Pindado García

Catedrático de la Universidad de Salamanca

Vocal 2

Dra. Amaia Maseda García

Catedrática de la Universidad del País Vasco

N.º plaza: 5040.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Gerardo Tapia Otegui

Catedrático de la Universidad del País Vasco

Vocal Secretario

Dra. Montserrat Gil Martínez

Titular de la Universidad de La Rioja

Vocal 2

Dr. Manuel Berenguel Soria

Catedrático de la Universidad de Almería

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dra. Pastora Vega Cruz

Catedrática de la Universidad de Salamanca

Vocal Secretario

Dr. Ramón Costa Castelló

Titular de la Universidad Politécnica de Catalunya

Vocal 2

Dra. Esther González Sarabia

Titular de la Universidad de Cantabria

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Manuel G. Ortega Linares

Catedrático de la Universidad de Sevilla

Vocal Secretario

Dr. Sergio García-Nieto Rodríguez

Titular de la Universidad Politècnica de València

Vocal 2

Dr. Fernando Morilla García

Catedrático de la Universidad Nacional de Educación a Distancia U.N.E.D.

N.º plaza: 4304.

Comisión Titular:

Presidente

Dra. Beatriz Romero Herrero

Catedrática de la Universidad Rey Juan Carlos

Vocal Secretario

Dr. Ignacio R. Matías Maestro

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. José Manuel Sánchez Pena

Catedrático de la Universidad Carlos III de Madrid

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. M. Jesús Martín Martínez

Catedrático de la Universidad de Salamanca

Vocal Secretario

Dr. Francisco J. Arregui San Martín

Catedrático de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. José Antonio García Naya

Titular de la Universidad da Coruña

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dra. Concepción Aldea Chagoyen

Catedrática de la Universidad de Zaragoza

Vocal Secretario

Dr. Ignacio Del Villar Fernández

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Rafael Pérez Jiménez

Catedrático de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

N.º plaza: 5176.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Julián López García

Catedrático de la Universidad Nacional de Educación a Distancia U.N.E.D.

Vocal Secretario

Dra. Aurora Álvarez Veinguer

Titular de la Universidad de Granada

Vocal 2

Dra. Cristina Larrea Killinger

Titular de la Universidad de Barcelona

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Javier Escalera Reyes

Catedrático de la Universidad Pablo de Olavide

Vocal Secretario

Dra. Raquel Martínez Buján

Titular de la Universidad da Coruña

Vocal 2

Dr. José Ignacio Pichardo Galán

Titular de la Universidad Complutense de Madrid

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Ander Gurrutxaga Abad

Catedrático de la Universidad del País Vasco

Vocal Secretario

Dra. Sagrario Anaut Bravo

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Víctor Bretón Solo de Zaldívar

Catedrático de la Universidad de Lleida

N.º plaza: 4590.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Joaquín Brugué Torruella

Catedrático de la Universidad de Girona

Vocal Secretario

Dra. Begoña Pérez Eransus

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Evaristo Barrera Algarín

Titular de la Universidad Pablo de Olavide

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Joan Lacomba Vázquez

Catedrático de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dra. Sagrario Anaut Bravo

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Belén Agrela Romero

Titular de la Universidad de Jaén

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Ander Gurrutxaga Abad

Catedrático de la Universidad del País Vasco

Vocal Secretario

Dra. Olatz González Abrisketa

Profesora Agregada de la Universidad del País Vasco

Vocal 2

Dr. Germán Jaraiz Arroyo

Titular de la Universidad Pablo de Olavide

N.º plaza: 4873.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Joaquín Brugué Torruella

Catedrático de la Universidad de Girona

Vocal Secretario

Dra. Begoña Pérez Eransus

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Evaristo Barrera Algarín

Titular de la Universidad Pablo de Olavide

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Joan Lacomba Vázquez

Catedrático de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dra. Sagrario Anaut Bravo

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Belén Agrela Romero

Titular de la Universidad de Jaén

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Ander Gurrutxaga Abad

Catedrático de la Universidad del País Vasco

Vocal Secretario

Dra. Olatz González Abrisketa

Profesora Agregada de Universidad del País Vasco

Vocal 2

Dr. Germán Jaraiz Arroyo

Titular de la Universidad Pablo de Olavide

N.º plaza: 5339.

Comisión Titular:

Presidente

Dr. Joaquín Brugué Torruella

Catedrático de la Universidad de Girona

Vocal Secretario

Dra. Begoña Pérez Eransus

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dr. Evaristo Barrera Algarín

Titular de la Universidad Pablo de Olavide

Comisión Suplente 1:

Presidente

Dr. Joan Lacomba Vázquez

Catedrático de la Universidad de Valencia

Vocal Secretario

Dra. Sagrario Anaut Bravo

Titular de la Universidad Pública de Navarra

Vocal 2

Dra. Belén Agrela Romero

Titular de la Universidad de Jaén

Comisión Suplente 2:

Presidente

Dr. Ander Gurrutxaga Abad

Catedrático de la Universidad del País Vasco

Vocal Secretario

Dra. Olatz González Abrisketa

Profesora Agregada de Universidad del País Vasco

Vocal 2

Dr. Germán Jaraiz Arroyo

Titular de la Universidad Pablo de Olavide

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