BOLETÍN Nº 2 - 3 de enero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de las modificaciones introducidas en la Ordenanza reguladora del aprovechamiento cinegético del coto local

El Pleno del Ayuntamiento de Tudela, en sesión celebrada con fecha 10 de octubre de 2022, aprobó inicialmente modificaciones en la ordenanza reguladora del aprovechamiento cinegético del coto local de Tudela, con el fin de su entrada en vigor el 1 de enero de 2023.

En cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.b) Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 211, de 25 de octubre de 2022, y en el tablón de anuncios de este ayuntamiento, sometiéndose el expediente al trámite de exposición pública durante el plazo de 30 días.

Transcurrido el periodo de exposición pública legalmente establecido sin que se hayan formulado alegaciones, reparos u observaciones y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.c) de la Ley Foral citada se procede a la publicación de las modificaciones definitivamente aprobadas.

Tudela, 15 de diciembre de 2022.–La concejala delegada de Hacienda, Irene Royo Ortín.

ORDENANZA REGULADORA DEL APROVECHAMIENTO CINEGÉTICO DEL COTO LOCAL DE TUDELA

Se modifica el apartado 7 denominado "Autorizaciones excepcionales para el control de daños por conejos y jabalíes" del artículo 9. Formas de autorización, añadiendo dos subapartados 7.1 y 7.2, quedando su redacción como sigue:

7.–Autorizaciones excepcionales para el control de daños por conejos y jabalíes.

El Ayuntamiento de Tudela tomará las medidas excepcionales consensuadas con el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local para el control de estas especies. Y siempre, teniendo en cuenta una gestión sostenible de las especies cinegéticas que contemple la biodiversidad de especies y su justo equilibrio.

7.1. Pase anual de caza mediante bichado de conejo.

En coherencia con lo establecido en el Plan de Prevención de Daños y en el P.O.C., de la disponibilidad de los cazadores socios y de las autorizaciones excepcionales por daños, la Junta de Gobierno Local aprobará un número de pases anuales de caza de conejo, hasta un máximo de 40, en función de la evolución del IKA del conejo registrada por los conteos del Guarderío.

Este pase anual otorgará el derecho a realizar, al menos, 5 días de bichado en el año. Las salidas serán siempre coordinadas y autorizadas por el guarda de caza, quien, atendiendo a los datos y las necesidades, establecerá en concreto qué personas, en qué lugares y durante qué periodos podrán efectuar los bichados.

Quien se acoja a este pase anual únicamente podrá realizar la modalidad de bichado. Para poder ejercer el resto de modalidades de caza, deberá acogerse a los otros pases.

7.2. Pase anual de caza mediante esperas de jabalí.

En concordancia con el P.O.C., con la disponibilidad de los cazadores socio y de las autorizaciones excepcionales así como de los daños detectados por el guarda, la Junta de Gobierno Local aprobará un número de pases anuales de caza mediante esperas de Jabalí, hasta un máximo de 30.

Este pase anual otorgará el derecho a realizar, al menos, 5 semanas de esperas de jabalí en el año; y que serán siempre coordinadas y autorizadas por el guarda de caza, quien, atendiendo a los datos y las necesidades establecerá en concreto qué personas, en qué lugares y durante qué periodos podrán efectuar las esperas. Se atenderá al estado de los cultivos (principalmente el maíz en siembra y en leche) para atender las necesidades, que generalmente serán fuera de la temporada de caza, puesto que, siempre que sea posible, se priorizará la caza de los socios del acotado.

Quien se acoja a este pase anual, únicamente podrá realizar la modalidad de espera de Jabalí, para poder ejercer el resto de modalidades de caza, deberá acogerse a los otros pases.

Se modifica el anexo I: Canon, para incluir los pases anuales de caza de conejo y los pases anuales de caza de jabalí, enclavados dentro de las autorizaciones excepcionales y se minora el canon de los pases siguientes: 1.–Pase de temporada de caza mayor, 2.–Pase de temporada caza menor anual: caza estival, temporada y autorizaciones excepcionales y 3.–Pase de temporada caza mayor y menor, quedando la redacción como sigue:

ANEXO I

Canon*

Según la Orden Foral de Vedas (OF 219/2015 y sucesivas):

1.–Pase de temporada de caza mayor.

Pase vecinos de Tudela

125,00 euros

Pase para foráneos

300,00 euros

2.–Pase de temporada caza menor anual: caza estival, temporada y autorizaciones excepcionales.

Pase vecinos de Tudela

175,00 euros

Pase para foráneos

400,00 euros

3.–Pase de temporada caza mayor y menor.

Pase vecinos de Tudela

200,00 euros

Pase para foráneos

550,00 euros

4.–Pase diario de conejo (temporada y autorizaciones excepcionales).

Pase vecinos de Tudela

10,00 euros

Pase para foráneos

20,00 euros

5.–Pase esperas jabalí (1 semana).

Pase vecinos de Tudela

40,00 euros

Pase para foráneos

80,00 euros

6.–Rececho corzo (máximo tres salidas y limitado a hacer sangre).

Pase vecinos de Tudela

300,00 euros

Pase para foráneos

600,00 euros

7.–Pase esperas jabalí temporada de caza (jueves, sábados, domingos y festivos).

Pase vecinos de Tudela

25,00 euros

Pase para foráneos

50,00 euros

7.1. Pase anual de bichado de conejo.

Pase vecinos de Tudela

50,00 euros

Pase para foráneos

100,00 euros

7.2. Pase anual de esperas de jabalí.

Pase vecinos de Tudela

100,00 euros

Pase para foráneos

200,00 euros

** Si concluido el plazo establecido el cazador procede a la devolución del precinto, éste tendrá derecho a la devolución del 50% de la tarifa abonada por el mismo.

* Los mayores de 65 y jóvenes tendrán un 25% de descuento/bonificación sobre el canon base.

Código del anuncio: L2217085