BOLETÍN Nº 196 - 19 de septiembre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 318E/2023, de 11 de septiembre, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se procede a autorizar la realización de la prueba de ensayos de viabilidad de uso de la Resina ECO Binder, en la instalación de fabricación de aislantes de lana mineral, cuyo titular es Rockwool Peninsular, S. A., ubicada en término municipal de Caparroso, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los Anejos de la presente resolución.

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 816/2008, de 23 de abril, del director general de Medio Ambiente y Agua, actualizada, posteriormente, por la Resolución 258E/2014, de 11 de junio, del director general de Medio Ambiente y Agua.

Con fecha 9 de junio de 2023 el titular ha solicitado llevar a cabo una prueba de utilización de resinas no fenólicas ECO Binder en su proceso de fabricación de lana de roca para evaluar el impacto del uso de las mismas en las instalaciones, así como para la realización de los cálculos de diseño de la instalación de captura de óxidos de azufre en el Foco 3, Curado.

La duración de la prueba será de 1.000 horas y durante la misma se utilizará resina basada en lignosulfato. Este material provoca la emisión de óxidos de azufre por el Foco 3. Durante 2022 se han llevado a cabo una serie de ensayos en los que se ha confirmado que va a existir emisión de SOx en el foco indicado, por lo que la inclusión en la Autorización Ambiental Integrada de este material requerirá limitar la emisión de SOx en el Foco 3 y, en su caso, el correspondiente sistema de tratamiento. Este ensayo permitirá unos resultados representativos para evaluar estos aspectos.

La cantidad total de resinas ECO Binder que se prevé utilizar es de 1.150 toneladas. El titular propone compensar el incremento de emisiones de SOx en el Foco 3 reduciendo la carga emitida en el Foco 1, de forma que la carga total emitida por la instalación no se vea incrementada.

El Servicio de Economía Circular y Cambio Climático ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que la instalación, las medidas correctoras existentes y las condiciones establecidas para la realización de la prueba, son adecuadas para permitir llevar a cabo la misma.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 760/2016, de 4 de octubre, de la directora general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

Primero.–Autorizar la realización de la prueba de ensayos de viabilidad de uso de la Resina ECO Binder, en la instalación de fabricación de aislantes de lana mineral, cuyo titular es Rockwool Peninsular, S. A., ubicada en término municipal de Caparroso, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los Anejos de la presente resolución.

Segundo.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.–Trasladar la presente resolución a Rockwool Peninsular, S. A., al Ayuntamiento de Caparroso, a los efectos oportunos.

Pamplona, 11 de septiembre de 2023.–El jefe de la Sección de Prevención de la Contaminación, David Sotillo Portilla, en suplencia del director de Servicio de Economía Circular y Cambio Climático en virtud de lo dispuesto en la Resolución 291E/2019, del director general de Medio Ambiente.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/.

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