BOLETÍN Nº 190 - 11 de septiembre de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

RESOLUCIÓN 167C/2023, de 27 de agosto, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector Confiterías, Pastelerías y Repostería.

Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector Confiterías, Pastelerías y Repostería (Obradores) de Navarra (código número 31002705011981), que ha tenido entrada en este Registro con fecha 26 de julio de 2023, suscrito con fecha 23 de enero de 2023 por la representación empresarial y parte de la sindical (ELA, UGT Y CC.OO.), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

RESUELVO:

1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.

2. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 27 de agosto de 2023.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

Acuerdo de revisión salarial para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector Confiterías, Pastelerías y Repostería

En Pamplona, siendo las 10:00 horas del día veintitrés de enero de dos mil veintitrés se reúnen los firmantes del Convenio Colectivo de Obradores y Fábricas de Confitería, Pastelería y Repostería de Navarra, integrada por las Entidades y Representaciones que a continuación se señalan:

Por la Asociación Navarra de Empresarios Artesanos de Pastelería (ANEP): D. Javier San Miguel.

Por la Central Sindical ELA: D. Héctor Peñalver.

Por la Central Sindical UGT: D. Baltasar García.

Por la Central Sindical CC.OO.: D.ª Eva Ciaurriz.

Exponen:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Convenio Colectivo de Obradores y Fabricas de Confitería, Pastelería y Repostería de Navarra, una vez conocido el incremento del 5,7% experimentado durante el año 2022 en el índice de Precios al Consumo (IPC), procede actualizar las tablas salariales según lo estipulado en el citado artículo 17 del Convenio, por lo que,

Acuerdan:

Primero.–Proceder a la firma de las tablas salariales para el año 2023, que se unen a la presente acta.

Segundo.–Remitir dos ejemplares de las tablas al Departamento de Innovación, Empresa y Empleo del Gobierno de Navarra, a efectos de su conocimiento y expresa petición de que se disponga lo necesario para su registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores. Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, extendiéndose la presente Acta que se firma por los asistentes en prueba de conformidad, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

ACTUALIZACIÓN TABLAS DE PASTELERÍA 2023

Artículo 21.º Plus de Trabajo Nocturno.

De 01/01/2023 a 31/12/2023: 2,77 euros.

Artículo 23.º Prendas de trabajo.

De 01/01/2023 a 31/12/2023: 33,71 euros.

Artículo 25.º Horas Extraordinarias.

Encargado: 15,50 euros.

Oficial: 14,31 euros.

Resto de personal: 13,12 euros.

Artículo 27.º Trabajo en festivos.

De 01/01/2023 a 31/12/2023: 62,49 euros.

Artículo 39.º Póliza de Seguros.

a) En los supuestos de Incapacidad Absoluta o total derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional se fija la siguiente indemnización:

Para el año 2023: 64.498,37 euros.

b) En el supuesto de fallecimiento derivado de accidente de trabajo o enfermedad profesional se fijan, para los años de vigencia del presente convenio, las siguientes cuantías indemnizatorias:

Para el año 2023: 55.338,62 euros.

TABLAS SALARIALES

01/01/2023 a 31/12/2023.

CATEGORÍAS

Salario Base

euros

Año 2023

Base Cálculo

Antigüedad

Año 2023

Encargado

59,02

38,02

Oficial de 1.ª

52,67

36,34

Oficial de 2.ª

47,82

34,62

Ayudante

44,54

33,03

Personal de limpieza

38,41

30,88

Peón

43,17

31,36

Dependiente/a

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