BOLETÍN Nº 18 - 26 de enero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 25361E/2022, de 22 de diciembre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto para 2023 de las subvenciones por asistencia técnica a las empresas de inserción sociolaboral de Navarra y se modifica la base 3.1 de la convocatoria. Identificación BDNS: 655738.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2023.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto de las subvenciones por asistencia técnica a las empresas de inserción sociolaboral de Navarra para 2023.

Por la Resolución 476/2017, de 24 de febrero, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprobó la convocatoria y las bases reguladoras de subvenciones por asistencia técnica a las empresas de inserción sociolaboral de Navarra, previstas en el Decreto Foral 94/2016, de 26 de octubre, (Boletín Oficial de Navarra N.º 50, de 13 de marzo de 2017), siendo modificada por la Resolución 1305E/2020, de 8 de mayo (Boletín Oficial de Navarra N.º 115, de 28 de mayo de 2020).

El Decreto Foral 94/2016, de 26 de octubre, tiene por objeto regular, en el marco de las políticas públicas contra la exclusión social, el régimen jurídico de las empresas de inserción sociolaboral, así como el régimen general de las ayudas a las mismas previsto en su capítulo III.

El artículo 20.1 del citado decreto foral establece que el número mínimo de técnicos con los que deberá contar cada empresa de inserción sociolaboral estará en función del número de trabajadores en situación de inserción, para lo cual remite a la tabla contenida en su artículo 25.2, precisando que en todo caso contará con al menos un técnico dedicado a labores de intervención e inserción y, a partir de la exigencia de un determinado número de técnicos, unos criterios de reparto proporcional para fijar los técnicos que deberán dedicarse a dichas labores de intervención e inserción.

Por tanto, a fin de adaptar tales previsiones normativas a las bases reguladoras de la convocatoria referenciada, procede modificar la base 3.1.

De conformidad con lo expuesto, visto el informe propuesta, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Autorizar el gasto para el ejercicio 2023 de las subvenciones por asistencia técnica a las empresas de inserción sociolaboral de Navarra, reguladas por la Resolución 476/2017, de 24 de febrero, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, número 655738 de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, modificada por la Resolución 1305E/2020, de 8 de mayo, por un importe de 750.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria de 2023 denominada "950001 96100 4819 241104 Ayudas a programas de reinserción sociolaboral de colectivos con mayores dificultades. Conferencia Sectorial".

2.º Modificar la base reguladora 3.1 de la convocatoria antes mencionada, que queda redactada de la siguiente forma:

"3.1. El número mínimo de técnicos con los que deberá contar cada empresa de inserción sociolaboral estará en función del número de trabajadores en situación de inserción, tal y como se establece en la tabla del artículo 25.2 del Decreto Foral94/2016, de 26 de octubre y en la base 5.3, y contará con al menos un técnico dedicado a labores de intervención e inserción.

Para dicho cálculo se tendrá en cuenta los trabajadores en situación de inserción que permanezcan en la empresa el último día de cada mes.

A partir de la exigencia de cuatro técnicos, al menos dos de ellos deberán dedicarse a desarrollar medidas de intervención e inserción, y a partir de seis técnicos, al menos tres de ellos se dedicarán a tales tareas, debiéndose respetar esta proporcionalidad sucesivamente, en función del número de técnicos, según dispone el artículo 20.1 del Decreto Foral 94/2016."

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 22 de diciembre de 2022.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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