BOLETÍN Nº 178 - 28 de agosto de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 283E/2023, de 21 de agosto, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de tratamiento de residuos y vertedero de residuos no peligrosos, cuyo titular es Mancomunidad de la Ribera, ubicada en término municipal de Tudela.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 2549, de 13 de diciembre de 2007, del director general de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 73E/2015, de 23 de septiembre, del director general de Medio Ambiente y Agua.

Con fecha 05/10/2022 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada, de varios residuos producidos en la actividad del centro. Asimismo, ha solicitado la inclusión en el listado de residuos gestionados del anejo III de la autorización ambiental integrada, de varios residuos cuya gestión en el centro ha sido demandada.

Con respecto a la documentación presentada para la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático concluye que la solicitud realizada es acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles, para los siguientes residuos:

PROCESO

LER

DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO. PROCEDENCIA

Servicios
generales

190805

Lodos de aguas residuales urbanas procedentes de aseos de la propia instalación.

160115

Anticongelante distinto del especificado en el LER 160114*. Taller y punto limpio.

160103

Neumáticos al final de su vida útil procedentes de taller, punto limpio y triaje de planta de fracción resto.

R13

080317*

Residuos de tóner procedente de usos propios y punto limpio

R1201

191203

Metales no férreos procedentes de plantas de tratamiento de envases, fracción resto y residuos sólidos industriales

Con respecto a la documentación presentada para la inclusión en el listado de residuos gestionados como centro de transferencia del punto limpio de domésticos del anejo III, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático concluye que la solicitud realizada es acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, para los siguientes residuos:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO

060404*

Residuos con mercurio

080318

Residuos de tóner de impresión distintos de los especificados en el código 080317*

090107

Películas y papel fotográfico que contienen plata o compuestos de plata

090108

Películas y papel fotográfico que no contienen plata ni compuestos de plata

130205*

Aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

150110*

Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas

150111*

Envases metálicos, incluidos los recipientes a presión vacíos, que contienen una matriz sólida y porosa peligrosa (por ejemplo, amianto)

160103

Neumáticos al final de su vida útil

160107*

Filtros de aceite

160115

Anticongelantes distintos de los especificados en el código 16 01 14*

160401*

Residuos de municiones

160504*

Gases en recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas

160505

Gases en recipientes a presión, distintos de los especificados en el código 16 05 04

160601*

Baterías de plomo

170107

Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos, distintas de las especificadas en el código 17 01 06

200113*

Disolventes

200114*

Ácidos

200115*

Álcalis

200117*

Productos fotoquímicos

200119*

Plaguicidas

200125

Aceites y grasas comestibles

200127*

Pinturas, tintas, adhesivos y resinas que contienen sustancias peligrosas

200128

Pinturas, tintas, adhesivos y resinas distintos de los especificados en el código 20 01 27

200199

Otras fracciones no especificadas en otra categoría

200201

Residuos biodegradables de parques y jardines

200399

Residuos municipales no especificados en otra categoría (juguetes no RAEES)

Con respecto a la documentación presentada para la inclusión en el listado de residuos gestionados del anejo III, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático concluye que la solicitud realizada es acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, para los siguientes residuos:

PROCESO

LER

DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO. PROCEDENCIA

D5

190999

Filtros y cartuchos de agua. Procedentes de filtrado de agua de consumo humano

R3

020107

Residuos de silvicultura. Estructurante para bioestabilización aeróbica del digestato

R3, R12

020702

Residuos de la destilación de alcoholes. Raspones de vendimia. Estructurante para fangos de digestor

Con respecto a la documentación presentada, este Servicio de Economía Circular y Cambio Climático considera que la gestión solicitada para los siguientes residuos no puede ser autorizada en las condiciones actuales, por no resultar acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, indicándose la razón de ello:

PROCESO

LER

DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO. JUSTIFICACIÓN DE DESESTIMACIÓN

D5

070212

Na2SO4 cristalizado. Tras requerimiento de caracterización básica se constata que los lixiviados no cumplen los criterios de admisión del anexo II del RD 646/2020

020299

Salazón de pescado y restos del proceso de incubación. No justifica el cumplimiento del valor de lixiviación establecido en el RD 646/2020

191204

Plástico y caucho. Desistimiento del titular tras requerimiento

200203

Barreduras, otro no biodegradables. Desistimiento del titular tras requerimiento

191207

Madera procedente de plantas de reciclaje y fabricación. (Palés y embalajes). No se justifica adecuadamente la imposibilidad de valorización para su depósito en vertedero

R0508

101208

Restos de ladrillo, teja y cerámica. La instalación no tiene autorizado el proceso de valorización de materiales inorgánicos en operaciones de relleno (backfilling)

R13/D15

020199

Residuos no especificados en otra categoría. Manta térmica agrícola. La instalación no tiene autorizado el proceso R13/D15 excepto para el punto limpio de residuos domésticos

R04

170405

Metales (ferralla). Desistimiento del titular tras requerimiento

191202

Rechazo de metales procedente de empresas de reciclaje. Desistimiento del titular tras requerimiento

El Servicio de Economía Circular y Cambio Climático ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que es aceptable por ser acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de tratamiento de residuos y vertedero de residuos no peligrosos, cuyo titular es Mancomunidad de la Ribera, ubicada en término municipal de Tudela, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo I de la presente resolución.

Segundo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Cuarto.–Trasladar la presente resolución a Mancomunidad de la Ribera y al Ayuntamiento de Tudela.

Pamplona, 21 de agosto de 2023.–El jefe de la Sección de Cambio Climático, Javier Vera Janín, en suplencia del director de Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, en virtud de lo dispuesto en la Resolución 291E/2019, del director general de Medio Ambiente.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9, planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones.

Código del anuncio: F2312125

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es