BOLETÍN Nº 177 - 25 de agosto de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ARANTZA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de las fianzas de residuos de construcción y demolición

El Pleno del Ayuntamiento de Arantza, en sesión ordinaria celebrada el 27 de abril de 2023, aprobó inicialmente la modificación de los artículos 2 y 7 y del anexo I de la Ordenanza reguladora de las fianzas de residuos de construcción y demolición.

El expediente fue sometido a información pública durante treinta días, tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra número 102, de 16 de mayo de 2023, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arantza. Durante el periodo de información pública no se han presentado reclamaciones, quejas u observaciones.

Así, de conformidad con el artículo 325.1.c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se ha aprobado definitivamente la modificación de los artículos 2 y 7 y del anexo I de la Ordenanza reguladora de las fianzas de residuos de construcción y demolición.

Arantza, 17 de agosto 2023.–El alcalde en funciones, Dabid Iturria Almandoz.

Ordenanza que regula las fianzas sobre los residuos de construcción y demolición

Artículo 2. Objeto.

El objeto de la presente Ordenanza es regular las fianzas exigibles por el Ayuntamiento de Arantza en relación con la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición cuando se trate de obras menores de construcción o reparación en viviendas.

Artículo 7. Normas de gestión.

1. Al recibir la autorización de obra, los productores de residuos de construcción y demolición deberán depositar una fianza o aval bancario, según el anexo I, en el plazo de 15 días desde la notificación de la resolución.

2. Una vez finalizadas las obras, el productor de residuos deberá solicitar al Ayuntamiento de Arantza la devolución de la fianza. Dicha solicitud deberá ir acompañada del certificado/factura de la correcta gestión de los residuos. Asimismo, en el caso de obras realizadas por una o uno mismo en las que no se haya generado residuos, la o el productor de residuos deberá presentar una declaración responsable que lo acredite.

3. El Ayuntamiento procederá a la devolución de la fianza en el plazo máximo de 15 días desde la presentación de los justificantes/facturas de la correcta entrega de los RCD de la obra realizada a un gestor autorizado.o de la presentación de la declaración responsable de no generación de residuos. Podrá realizarse la devolución completa o parte de ella cuando se justifique la correcta gestión de parte de los residuos generados. Podría admitirse el depósito de una fianza inferior a la inicialmente depositada.

ANEXO I.–Fianzas

General:

3% del coste material de la obra o demolición

Como mínimo:

Fianza de 200,00 euros

Como máximo:

Fianza de 1.000,00 euros

Código del anuncio: L2312004