BOLETÍN Nº 176 - 24 de agosto de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 758E/2023, de 2 de agosto, del director general de Medio Ambiente por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de conversión de la carretera N-121 A, en vía 2+1 entre el p.k. 10+500 y el p.k. 22+500: variante de Burutain, promovido por la dirección general de Obras Públicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra (Servicio de Estudios y Proyectos).

Por las características del proyecto, este se encuentra comprendido en el Grupo 7. i) Construcción de variantes de población y carreteras convencionales no incluidas en el anexo I del anejo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en la citada norma, debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

–Tramitación de la evaluación ambiental simplificada.

Con fecha 6 de marzo de 2023, el Servicio de Estudios y Proyectos solicita el inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada para el "Proyecto de conversión de la carretera N-121-A en vía 2+1 entre el PK 10+500 y el PK 22+500: variante de Burutain".

La documentación aportada incluye además del proyecto técnico, el documento ambiental que se ajusta al contenido especificado en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Conforme al artículo 46 de la Ley 21/2013, con fecha de 10 de mayo de 2023, el Servicio de Biodiversidad inicia el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. En este trámite se han realizado 10 consultas y se han recibido respuestas de la Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología y de la Sección de Caza. El resultado de este trámite se recoge en el anejo II de este informe ambiental.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece en el artículo 47 que el órgano ambiental resolverá motivadamente sobre si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria o si se emite informe de impacto ambiental en los términos que se establezcan en este informe.

–Antecedentes.

En el año 2019 se tramita en esta Administración ambiental, con número de expediente 0001-0015-2019-000012, el "Proyecto constructivo de conversión de la carretera N-121 A en vía 2+1 entre el p.k. 10+500 (travesía de Olave) y el p.k. 22+500", proyecto que incluye la variante de Burutain. El proyecto sometido a autorización de afecciones ambientales de acuerdo al Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, cuenta con informe de afecciones ambientales favorable condicionado, de fecha 20 de diciembre de 2019.

En febrero de 2021 el Servicio de Estudios y Proyectos realiza consulta en relación a las alternativas propuestas para diversas variantes de población de la N-121 A entre las que se encuentra la variante de Burutain. La Sección de Impacto Ambiental emite informe en el que señala que los proyectos en consulta se han de someter a evaluación de impacto ambiental simplificada de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Para el caso concreto de la variante de Burutain, además, se informa sobre los impactos por el probable aumento de ruido sobre la población, la fragmentación de hábitats, el aumento del riesgo de atropello de fauna silvestre y la afección al robledal de la ladera situada en la margen izquierda de la carretera. Con el objeto de minimizar los efectos ambientales de la nueva vía, el informe señala entre otras soluciones, la creación de pasos de fauna y la instalación de vallado en la totalidad de la vía para dirigir a la fauna a pasos seguros de cruce.

Durante la redacción del proyecto constructivo de la variante de Burutain, subtramo del p.k.15+100 al 16+700, se comprueba que la solución inicial adoptada no logra resolver satisfactoriamente el problema del ruido dado que el trazado se encuentra muy cercano al núcleo urbano de Burutain. El estudio específico de ruido muestra la superación de los objetivos legalmente establecidos en el período nocturno en al menos 5 viviendas del núcleo urbano. Desde la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, se decide llevar a cabo un análisis multicriterio de varias alternativas de trazado, siendo la Alternativa 3 la finalmente seleccionada por considerar que resuelve de forma satisfactoria el problema de ruido y mejora el apantallamiento de la vía, además de atender a los condicionantes señalados en el informe de la Sección de Impacto Ambiental.

–Análisis del proyecto considerando los criterios del anexo III de la Ley 21/2013.

A grandes rasgos se plantea un cambio del trazado del tramo de la carretera N-121-A a su paso por la localidad de Burutain, desplazando la actual vía unos metros hacia el oeste y alejándola del casco urbano.

Se diseña una carretera con doble vía por cada sentido y dos enlaces uno superior y otro inferior que permiten los movimientos entre las poblaciones de Burutain, Pamplona e Irún. La longitud de la nueva vía es de 1626 m e irá en su totalidad vallada. Además de la construcción de la nueva carretera el proyecto contempla la reposición de una línea eléctrica.

El proyecto comprende además el desmantelamiento de la actual carretera desde el cruce de Burutain hacia el sur. Un resumen del proyecto se incluye en el anejo I de este informe de impacto ambiental.

La variante de Burutain se localiza en el municipio de Anue, en la mitad norte de Navarra, recorre el pie de monte del paraje Luzuri que delimita por el lateral occidental el valle del río Mediano o Elzarrain, afluente del río Ultzama.

Durante la fase de construcción el proyecto va a dar lugar a una modificación severa del relieve con la apertura de trincheras y sus correspondientes desmontes de grandes dimensiones, mayores en la margen izquierda de la carretera (dirección Pamplona - Irún), taludes que incluyen bermas cada 8 m de altura de banco. Además, en cabecera de talud se abre una calle para la reposición de una línea eléctrica. Los desmontes alcanzan alturas superiores a 25 m entre los PPKK 0+280-0+920 y 1+060-1+400. Se trata de dos tramos con una longitud conjunta de 980 m de los 1.600 m del total de la nueva vía. Esta modificación del relieve va a dar lugar a importantes movimientos de tierra con un excedente de material de excavación de 330.056 m³, material que se proyecta utilizar en la formación de motas o caballones junto al nuevo trazado, en su margen derecha y que se identifican como vertederos V-1, V-2 y V-3.

EL trazado de la variante recorre la base de una ladera forestal compuesta por un bosque mixto de roble peloso (Quercus pubescens) con abundancia de pino albar (Pinus sylvestris), aunque la mayor afección por ocupación permanente de superficies con cubierta vegetal se produce sobre praderas. El robledal afectado presenta un buen estado de conservación, y alberga en su interior todo el cortejo florístico propio de la serie Pirenaica occidental y Navarro-Alavesa de los robles pubescentes (Roso arvensis-Querco pubescentis S.): Cornus sanguinea, Ruscus aculeatus, Viburnum lantana, Crataegus monogyna, Acer campestre, Prunus spinosa, Lonicera xylosteum, etc.

A destacar la afección a varios setos con ejemplares arbóreos de fresno y arce acompañados de una buena representación de arbustos que delimitan las parcelas catastrales con pradera o que ocupan el centro de las mismas, como el cordón vegetal que recorre el camino de Ciaurriz compuesto mayoritariamente por ejemplares de Acer campestre y en el que destacan un par de ejemplares de tamaño relevante de roble peloso.

El proyecto incluye la reposición de un tramo de línea eléctrica aérea de media tensión (línea 4673-2-ULZAMA-OSTIZ8 13,2KV) que discurre al oeste de la actual carretera no incluida en el proyecto en trámite. En conjunto y considerando una calle de seguridad de la línea de 12+12 m desde su eje más la ocupación del propio eje central y ramales de la carretera se estima una pérdida de superficie forestal de 2,21 ha.

La variante con su diseño en trinchera, vallada en toda su longitud, y situada entre el límite de un denso robledal y el fondo del valle del río Mediano da lugar a un impacto por pérdida de conectividad y fragmentación del territorio muy significativo. Para la minimización de este impacto el informe de febrero de 2021 emitido por la Sección de Impacto Ambiental señalaba la necesidad de creación de un paso multifuncional que permitiera el movimiento seguro de fauna, medida que se ha incorporado en el proyecto constructivo.

El proyecto que se tramita, en respuesta a esta demanda propone una estructura de hormigón con sección rectangular, con un gálibo horizontal de 7 m y vertical de 4 m. Se trata de un paso con una anchura total de camino pavimentado de 3.50 m, de camino sin pavimento de 2 m para paso de fauna y de cuneta trapezoidal de 1.50 m de ancho total para el drenaje (paso de la regata). A la vista de la ubicación del citado paso se considera incierta su funcionalidad como paso de fauna dado que su salida desde la ladera forestal se encuentra próxima a una gasolinera y a la población de Burutain con iluminación y frecuentación humana.

En cualquier caso, atendiendo a las prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales (2006, actualizado en 2015) del Ministerio de Medio Ambiente, que establece una densidad mínima de pasos de fauna en zonas humanizadas de un paso cada 3 Km se considera que los mínimos se cumplen dada la presencia de los puentes sobre el río Mediano ubicados al final de la variante de Ostiz y en el cruce de Etulain, pasos inferiores acondicionados para su uso por cualquier grupo faunístico, y que se distancian entre sí 2,5 km Por otra parte, se ha comprobado que finalizado el tramo de obras desde el final del proyecto en trámite hasta el inicio de la variante de Olagüe se ha atendido a la recomendación del Servicio de Biodiversidad en su informe de afecciones ambientales del "Proyecto constructivo de conversión de la carretera N-121 A en vía 2+1 entre el p.k. 10+500 (travesía de Olave) y el p.k. 22+500" sobre la posibilidad de instalar un paso inferior en el PK 16+800, punto de la carretera sobre relleno en vaguada que en la antigua carretera se soportaba sobre sendos muros de escollera en ambas márgenes y que ahora acoge un marco funcional para el paso de fauna de pequeño y mediano tamaño.

También y respecto a la fauna, se incluye en el condicionado de este informe, además del vallado propuesto en el proyecto, el del tramo solicitado por el Concejo de Etulain tras el inicio de las obras del tramo de la N-121 (PK 10+500, travesía de Olave, a PK 22+500). La citada solicitud fue informada favorablemente con fecha 28 de septiembre de 2022, pero de forma parcial por la Sección de Impacto Ambiental, que da el visto bueno a la prolongación del cerramiento cinegético de obra en las proximidades del único paso seguro existente para la fauna (puente sobre el río Mediano).

El proyecto no afecta de forma significativa al medio hídrico más allá de la carga de sólidos que se pueda arrastrar hacia el río Mediano por las aguas de escorrentía en el momento de la ejecución de las obras, si estas coincidiesen con períodos de fuertes lluvias.

En relación al impacto por el aumento de los niveles de ruido con la referencia actual y considerando los niveles fijados por la legislación vigente en materia de objetivos de calidad acústica que viene fijada en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, el proyecto contempla la ejecución de un caballón de terreno dividido en dos tramos de 180 m y 160 m con altura suprior a 20 m, y una pantalla acústica dividida también en dos tramos de 40 y 75 m de longitud.

El nuevo trazado propuesto para la carretera (eje principal y ejes enlaces) y la variante de la línea eléctrica se superponen con el Monte de Utilidad Pública número 352 "Echeverrico-Borda-Aldea", siendo necesaria la tala de alguno de los ejemplares de roble que forman parte del conjunto forestal.

Atendiendo a la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de protección y desarrollo forestal de Navarra, el proyecto propone la compensación de superficie forestal perdida con la repoblación de los caballones de tierra o vertederos (V1, V2 y V3) en una superficie de reforestación no inferior a la superficie ocupada por la infraestructura. con el objeto además de su naturalización e integración paisajística. El Documento ambiental propone la plantación de 300 ejemplares de las siguientes especies: Quercus pubescens, Crataegus monogyna y Cornus sanguinea. Además, en las inmediaciones del río Mediano propone la plantación de Alnus glutinosa, Rubus ulmifolius, Prunus espinosa, Cornus sanguínea y Salix atrocinerea. El presupuesto estimado contempla la plantación de 300 ejemplares de Quercus robur, Acer campestre y Acer monspessulanum.

La nueva vía afecta al coto de caza Etsain (NA-10.383), por lo que se ha consultado a la Sección de Caza del Servicio Forestal y Cinegético que informa de forma condicionada el proyecto y cuyas consideraciones se han incluido en el condicionado de este informe de impacto ambiental.

El informe de 9 de febrero de 2018 de la Sección de Patrimonio Arquitectónico señala que el edificio de la parcela 1 del polígono 8 de Anue, en Burutain está catalogado en el planeamiento municipal por lo que la nueva calzada no debe reducir la distancia actual ni eleve su rasante sobre el mismo. El alejamiento de la nueva solución y su construcción en trinchera, además del caballón que se construye en el límite de la carretera con esta población garantiza la conservación de este valor cultural.

El documento ambiental incluye un capítulo de medidas de integración ambiental basado en la revegetación mediante siembras e hidrosiembras de todos los taludes y restos de superficies afectadas por las obras con especies autóctonas y propias de la zona.

Por otra parte, el proyecto incluye la renaturalización del espacio ocupado por la actual carretera N-121-A que queda fuera de servicio, se desmantela y que en parte está ocupado por el vertedero V1.

A la vista de la documentación aportada y analizado el impacto ambiental que se pueda derivar de la ejecución, explotación y abandono del proyecto, la Sección de Impacto Ambiental determina que, considerando el resultado de las consultas y en base a los criterios que al efecto se recogen el anexo III de la Ley 21/2013, el proyecto no tendrá efectos adversos significativos sobre el medio ambiente con el cumplimiento de las determinaciones recogidas en este Informe de Impacto.

Considerando que el procedimiento de evaluación ambiental simplificada se ha desarrollado adecuadamente y, de conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º El proyecto de conversión de la carretera N-121 A, en vía 2+1 entre el p.k. 10+500 y el p.k. 22+500: variante de Burutain, promovido por dirección general de Obras Públicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos establecidos en este Informe de Impacto Ambiental y, por tanto, no debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria prevista en la Sección 1.ª del capítulo I del título II de la Ley 21/2013.

No obstante, su autorización deberá asumir el cumplimiento del siguiente condicionado:

1. Se cumplirá el conjunto de condiciones generales recogidas en el informe de afecciones ambientales, de fecha 20 de diciembre de 2019 del proyecto constructivo de conversión de la carretera N-121 A en vía 2+1 entre el p.k. 10+500 (travesía de Olave) y el p.k. 22+500", que integra el tramo de la variante de Burutain objeto de esta evaluación de impacto ambiental simplificada.

2. Se minimizará la afección sobre el arbolado, y se talarán únicamente los pies que sea imprescindible eliminar para la creación de la calle de trabajo en el tronco principal, ramales, calles auxiliares de movimiento de maquinaria y calle de seguridad de la nueva línea eléctrica. Se tratará de evitar la tala de dos ejemplares de roble de buen porte ubicados en la margen izquierda del Camino de Ciaurriz, en el extremo final del tramo correspondiente a su reposición.

3. Si fuese preciso la conservación de algún ejemplar arbóreo singular se procederá a su protección individual mediante entablillado.

4. De forma previa a las cortas de arbolado se deberá solicitar autorización a Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente, unidad de coordinación de Pamplona/Iruña@navarra.es, según lo dispuesto en la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra, modificada por la Ley Foral 3/2007, de 21 de febrero, y el Reglamento que la desarrolla.

5. Los acopios temporales a ubicar en las parcelas 432, 435, 442 A, 526 y 447 A del polígono 8 de Anue, situados en la margen derecha del río Mediano deberán mantener una distancia con la ribera de este río de al menos 10 m con el objeto de evitar cualquier afección a su vegetación de ribera.

6. Para evitar el arrastre de sólidos en suspensión al río Mediano desde la zona anteriormente señalada (acopios temporales de tierra) se construirán drenajes auxiliares de las aguas superficiales hacia sistemas de retención de solidos a ubicar en las zonas previas de desagüe al río Mediano.

7. Los accesos se realizarán siempre que sea posible a través de campos de cultivo o caminos existentes, sin afectar a vegetación natural.

8. Se vallará la totalidad del eje del tronco principal de la Variante con un perfecto ajuste con la estructura del paso multifuncional de fauna en el camino de Ciaurriz, y con los tramos anterior y posterior de la recién adaptada N-121A a "2+1". Las características del vallado en cuanto a altura, sistema de sujeción y fijación al terreno responderán a las señaladas en el informe de afecciones de diciembre de 2019.

9. Se atenderá a la solicitud del Concejo de Etulain, respecto a la prolongación del cierre cinegético, de acuerdo a las condiciones impuestas por la Sección de Impacto Ambiental en su informe de fecha 28 de septiembre de 2022, colocación de vallado entre el final del último muro (PK 17+300) hasta el inicio de la escollera del estribo del puente mediano (PK 17+500), en margen derecha, y desde el final del cierre ganadero existente (PK 17+400) hasta el inicio de cierre cinegético de obra (PK 17+540), en margen izquierda.

10. Tal como señala el proyecto se retirarán por gestor de residuos autorizado todos los restos de afirmado, obras de drenaje, señalización y otros elementos del tramo de la carretera que queda fuera de servicio con el nuevo proyecto, además de cualquier otro residuo procedente de las obras. Sobre la superficie desmantelada se procederá a su limpieza, subsolado y revegetación mediante siembras y plantaciones arbustivas.

11. Una vez concluidas las obras se restaurarán todas las zonas afectadas mediante extendido de tierra vegetal, perfilado, descompactado y preparado del terreno para su revegetación según directrices del informe de afecciones ambientales de diciembre de 2019. Se incluyen tanto las zonas de acopio temporal como las zonas de instalaciones auxiliares a las que se devolverá su uso previo de pradera. Se realizarán hidrosiembras en doble pasada en taludes de desmonte, y en pasada simple en terraplén y en los caballones-vertederos de obra con la mezcla de semilla propuesta en el documento ambiental.

12. Las plantaciones se realizarán con las especies señaladas en el presupuesto estimado (Quercus pubescens, Acer campestre y Acer monspesulanum) a las que se podrá añadir, Fraxinus excelsior, y las siguientes especies arbustivas en marco menor como Crataegus monoguyna, Prunus spinosa, Viburnum lantana, Lonicera xylosteum o Euonymus europaeus. Las plantaciones que compensan suficientemente la superficie forestal perdida en cumplimiento de la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de protección y desarrollo forestal de Navarra, ocuparán la superficie de los caballones de tierra permitiendo así su integración ambiental y minimizando el impacto paisajístico desde la población de Burutain por la intrusión de estos tres montículos de tierra.

13. La reposición de la regata bajo el paso multifuncional del Camino de Ciaurriz, se realizará en piedra, incluido el lecho. Se evitarán geometrías rígidas y el uso de hormigón, salvo en la fijación de las piedras entre sí y al terreno. No se generarán socavones en la salida y entrada del drenaje y se garantizará la misma capacidad hidráulica.

14. Se incluirán rampas de salida de fauna en los extremos inicial y final de la Variante, allí donde la carretera no presente desmontes en sus laterales.

15. El proyecto constructivo incluirá las dos pantallas acústicas descritas en la documentación técnica.

16. Cualquier modificación del proyecto o de las medidas de prevención, corrección y compensación de impactos propuestas habrá de ser comunicada a la Sección de Impacto Ambiental del Servicio de Biodiversidad para su nueva evaluación ambiental.

17. En el caso de ser necesario el aviso a Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente de alguna circunstancia (inicio obras, etc.), este se deberá realizar mediante un mail a la Demarcación de Pamplona/Iruña (gmapamplona@navarra.es).

18. Una vez ejecutada la obra, se deberá dar aviso al Negociado de Seguimiento Ambiental (seguimiento.ambiental@navarra.es), haciendo referencia al código del expediente. En cualquier caso, el Plan de vigilancia ambiental responderá a lo dispuesto en el documento ambiental que acompaña al proyecto, además de al condicionado del informe de afecciones ambientales de diciembre de 2019.

2.º De conformidad con lo previsto en el artículo 47.6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el informe ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el proyecto o bien, sin perjuicio de los procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso de aprobación del plan o programa.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución al Ayuntamiento de Anue, al Guarderío Forestal (demarcación Pamplona/Iruña) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de agosto de 2023.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

ANEJO I.–RESUMEN DEL PROYECTO

El eje principal de la variante comienza en el P.K. 15+100, una vez pasada la estructura sobre el río Mediano (final de la Variante de Ostiz). La longitud total de la variante es de 1600 m.

Buena parte del trazado discurre en desmonte (sección en trinchera). En concreto, entre los pk 0+280 y 0+920 y desde el pk 1+060 al 1+400. Es decir, unos 980 m de los 1600 m del total de la variante de carretera.

En cuanto a sección transversal, la variante dispondrá, como criterio general, de dos carriles por sentido (3.25 m el de adelantamiento y 3.50 el derecho), mediana central de 2 m, arcenes de 1.50 m y bermas de 1 m.

Además del tronco de la variante se han definido otros ejes para el resto de ramales: ramales unidireccionales Burutain-Irún, Irún-Pamplona y Pamplona-Burutain (plataforma compuesta por carril de 4m, arcén izquierdo de 1m y arcén derecho de 1.50 m) y Ramal bidireccional: enlace, por encima de la variante con una sección de dos carriles de 3.50 m y arcenes de 1m.

Los taludes en desmonte se han diseñado en función de la calidad del terreno: talud en suelos coluviales: 2V:3H y talud en sustrato rocoso: 2V:1H. En desmontes superiores a los 8 m de altura se disponen bermas de 3 m de anchura. Esta berma se repite cada 8 m. En el desmonte de la margen izquierda se construye una cuneta de guarda que recogerá el agua de escorrentía procedente del monte y la conducirá hasta las cunetas de pie. Los rellenos consistirán en su mayoría en pedraplenes o rellenos todo-uno. Se diseñan con un talud 3H:2V.

Con estos criterios se obtiene un excedente de tierras (tierras + roca) de 330.056 m³, que será empleado en la formación de motas o caballones junto al nuevo trazado como apantallamiento natural que oculte la nueva carretera y reduzca los impactos visuales y de ruido. Las motas o caballones propuestos suman un volumen de 363.381 m³ y se identifican como vertederos V-1, V-2 y V-3.

La zona de instalaciones auxiliares se ubica en la parcela 416 del polígono 8 de Anue, al sur de la gasolinera. Durante las obras se emplean varias superficies para acopio temporal de materiales todas situadas en las parcelas que quedan en la margen derecha del río Mediano, aguas debajo de la población de Burutain.

En cuanto a estructuras se proyectan dos, la primera de ellas es el paso superior sobre la variante para el eje ENLACE. Se propone una estructura de unos 30 m de luz resuelta mediante un tablero de vigas prefabricadas de hormigón apoyado sobre estribos de hormigón armado. La segunda es el paso inferior para el Camino de Ciaurriz y la regata que discurre junto a él. Se propone una estructura de hormigón armado con sección rectangular, con un gálibo horizontal de 7 m y vertical de 4 m. Este paso inferior será un paso multifuncional, además de resolver la conexión con el citado camino, tendrá las funciones de paso de fauna y de obra de drenaje transversal. La distribución de la anchura total sería 3.50 m pavimentados para camino, 2 m sin pavimento para paso de fauna y cuneta trapecial de 1.50 m de ancho total para el drenaje (paso de la regata).

Se proyecta a lo largo de toda la variante vallado con malla cinegética.

El proyecto contempla la renaturalización del espacio ocupado por la actual carretera N-121-A que queda fuera de servicio.

El proyecto incluye la reposición de un tramo de línea eléctrica aérea de media tensión (línea 4673-2-ULZAMA-OSTIZ8 13,2KV) que discurre al oeste de la actual carretera. Las obras proyectadas afectan directamente a 7 apoyos (desde el apoyo AP-2506 hasta el AP-2514), desde el pk 0+360 hasta el 1+350 aproximadamente. A su vez, hay que modificar una derivación de esta línea que cruza transversalmente hacia Burutain, a la altura del pk 0+740 a través del mismo bosque.

Además, se reponen los servicios afectados de fibra óptica subterránea y de la línea subterránea de telefonía.

ANEJO II.–RESULTADO DEL TRÁMITE DE CONSULTA A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y PERSONAS INTERESADAS

Conforme al artículo 46 de la Ley 21/2013, con fecha de 10 de mayo de 2023, el Servicio de Biodiversidad, a través de la Sección de Impacto Ambiental, inicia el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. En concreto, Se han realizado consultas a:

–Ayuntamiento de Anue.

–Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana. Sección de Registro, Bienes muebles y Arqueología.

–Servicio Forestal y Cinegético.

  • Sección de Gestión Forestal.
  • Sección de Caza.

–Servicio de Territorio y Paisaje. Sección de Ordenación del Territorio.

–Ekologistak Martxan Iruñea-Ecologistas en Acción.

–Gurelur-Fondo navarro para la protección del medio natural.

–Asociación en Defensa de la tierra Lurra.

–Asociación de cazadores navarros "ADECANA".

–Fundación Sustrai Erakuntza.

Se han recibido las siguientes respuestas:

–Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología.

Esta sección informa, con fecha 23 de mayo de 2023, favorablemente el proyecto en tramitación, señalando que con motivo del proyecto y por Resolución 68/2023, de 4 de abril, del director general de Cultura-Institución Príncipe de Viana, se autorizó la realización de una intervención arqueológica de urgencia y que del resultado de esta actuación se concluye que en la zona afectada por el proyecto no se recoge ningún yacimiento que pudiera verse a priori afectado por los movimientos de tierra que conlleva el proyecto civil.

–Sección de Caza.

Esta sección con fecha 8 de junio de 2023 informa que la nueva Variante afecta al coto de caza Etsain (NA-10.383). Se trata de un coto enfocado principalmente a la caza de aves migratorias (paloma y malviz desde puesto palomero y becada) y de especies de caza mayor (jabalí, corzo y ciervo). El trazado de la variante discurriría fundamentalmente por espacios abiertos no forestales, donde no hay puestos palomeros autorizados por lo que no se espera un impacto directo sobre el aprovechamiento cinegético de las especies antes mencionadas.

El informe incide en el "efecto-barrera" para la fauna de la carretera, pero considera suficiente el acondicionamiento de un paso multiusos para que exista un cierto flujo faunístico a ambos lados de la variante.

Esta Sección ha realizado un análisis de la siniestralidad de la carretera en este tramo con fauna cinegética e informan que al menos hasta 2016 tienen constancia de 24 accidentes con fauna cinegética entre los puntos kilométricos 15 y 17 de ese tramo. Entre el año 2017 a 2022, informan que se han registrado 3 accidentes con jabalís, y uno con corzo (datos de Policía Foral). Los datos de recogida o mortandad del Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente de Navarra señalan el atropello de una ardilla, dos tejones, una nutria, una marta, un erizo, un milano real y un buitre leonado.

A la vista de la ubicación del eje principal de la nueva vía consideran que el acercamiento de la variante a la masa forestal podría implicar una pérdida de visibilidad temprana de los animales que se aproximan a la vía, con el consiguiente aumento del riesgo de accidentes.

En este mismo sentido informan, que en la masa forestal contigua hay diseñados dos resaques de Caza Mayor, y que la cuadrilla "Etsain" caza en ellos durante la temporada de caza. Al reducirse la franja no arbolada que los separa de la vía, se incrementa el riesgo de que los animales movidos durante la actividad irrumpan de repente en la variante.

Por este motivo señalan como indispensable la colocación de una valla cinegética para evitar accidentes que permita conducir a la fauna hacia el paso inferior multifuncional, así como otras medidas que se han incluido en el condicionado de este informe de impacto ambiental.

Código del anuncio: F2311411