2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
PUENTE LA REINA
Retribuciones y régimen de dedicación de los miembros de la corporación municipal
Considerando lo dispuesto en el artículo 75 y 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, conforme a reforma operada a través de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y el artículo 13 del ROF, se adoptó el siguiente,
ACUERDO:
1.–Declarar el régimen de dedicación exclusiva, en jornada completa, al cargo de alcaldía del Ayuntamiento de Puente la Reina / Gares desde el día 17 de junio de 2023.
2.–Establecer el siguiente importe bruto anual de 33.720,13 euros brutos a pagar por el Ayuntamiento de Puente la Reina / Gares al cargo de alcaldía, distribuidos en catorce pagas. A ese importe se le descontará la retención que proceda en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas y la parte de Seguridad Social del trabajador, de conformidad con la legislación vigente. El Ayuntamiento asumirá además el pago a la Seguridad Social de la cuota empresarial que corresponda. La partida presupuestaria prevista en el presupuesto vigente, es 1 912001000000 denominada Retribuciones básicas cargos electos.
Se recoge expresamente que los tenientes de alcalde no percibirán retribuciones por la sustitución de la alcaldía.
Dicha cantidad se actualizará conforme a la subida del IPC que Gobierno de Navarra apruebe en las tablas de retribuciones de su personal.
3.–Determinar que los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, tendrán derecho a percibir: Con cargo a la partida presupuestaria 1 912001000100 Otras remuneraciones cargos electos:
–Por asistencia a plenos: 40 euros.
–Por asistencia a Comisiones informativas: 70 euros.
–Por asistencia a Junta de Gobierno y Hacienda (periodicidad aproximada 15 días) 35 euros.
–Establecer como límite máximo bimensual por percepción por asistencia a las comisiones y Junta de Gobierno y Hacienda de 140 euros.
–La justificación de asistencia a las comisiones se realizará por presentación de acta de asistencia por la presidencia de las mismas a la Intervención municipal.
4.–Lo dispuesto en el presente acuerdo tendrá efectos desde el 17 de junio de 2023. A los importes mencionados se les descontará la retención que proceda en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas de conformidad con la legislación vigente.
5.–Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Puente la Reina / Gares.
Este acuerdo es firme en vía administrativa y contra el mismo puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la notificación de esta resolución, o,
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.
Puente la Reina / Gares, 9 de agosto de 2023.–La alcaldesa-presidenta, Itziar Imaz Artazcoz.
Código del anuncio: L2311674