2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
CINTRUÉNIGO
Retribuciones y régimen de dedicación de los miembros de la corporación municipal
El Pleno del Ayuntamiento de Cintruénigo, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de julio de 2023, adoptó con la mayoría legalmente exigida, entre otros, los siguientes acuerdos:
"Vista propuesta de Presidencia de retribuciones a miembros de la entidad por el ejercicio de sus cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
Considerando el informe emitido por la Intervención municipal en fecha 7 de julio de 2023, relativo al gasto que ocasiona el presente acuerdo, y visto el contenido de los artículos 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los artículos 13 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y la Disposición adicional vigésima séptima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Considerando el dictamen de la Comisión informativa de Régimen Interior, de fecha 12 de julio de 2023,
SE ACUERDA:
1.º Establecer el desempeño del cargo de Alcaldía por parte de don Óscar Bea Trincado en régimen de dedicación exclusiva en el ejercicio de dicho cargo, asignándole una retribución bruta anual de 41.099,10 euros (cuarenta y un mil noventa y nueve euros y diez céntimos) y disponiendo que el Ayuntamiento de Cintruénigo asumirá el pago de las cuotas empresariales que correspondan, todo ello con efectos desde el día siguiente al de adopción de este acuerdo por el Pleno.
2.º La cantidad establecida para la retribución del cargo que lleva aparejada dedicación exclusiva se revisará anualmente en la misma proporción en que se revisen las retribuciones del personal al servicio del Ayuntamiento.
3.º Abonar las indemnizaciones que correspondan a los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de sus cargos a los corporativos, que serán previamente justificados y autorizados.
4.º Dejar sin efecto el acuerdo relativo a establecimiento de retribuciones adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Cintruénigo en fecha 23 de julio de 2019.
5.º Notificar el presente acuerdo a la Alcaldía, a Intervención e incorporarlo al expediente a los efectos oportunos y proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de esta entidad local del presente acuerdo".
"Vista propuesta de Presidencia de percepciones por asistencias por la concurrencia efectiva a sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento, para los corporativos que no tengan dedicación exclusiva ni parcial.
Considerando el informe emitido por la Intervención municipal en fecha 7 de julio de 2023, relativo al gasto que ocasiona el presente acuerdo, y visto el contenido de los artículos 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los artículos 13 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y la Disposición adicional vigésima séptima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Considerando el dictamen de la Comisión informativa de Régimen Interior, de fecha 12 de julio de 2023,
SE ACUERDA:
1.º Aprobar el siguiente régimen de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento, para los corporativos que no tengan dedicación exclusiva ni parcial:
–150 (ciento cincuenta) euros/sesión de pleno.
–35 (treinta y cinco) euros/sesión Junta de Gobierno Local.
–35 (treinta y cinco) euros/sesión comisión informativa.
Todo ello con efectos desde el día siguiente al de adopción de este acuerdo por el Pleno.
2.º Las cantidades establecidas para las asistencias por concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados, se revisarán anualmente en la misma proporción en que se revisen las retribuciones del personal al servicio del Ayuntamiento.
3.º Abonar las indemnizaciones que correspondan a los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de sus cargos a los corporativos, que serán previamente justificados y autorizados.
4.º Dejar sin efecto el acuerdo relativo a establecimiento asistencias adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Cintruénigo en fecha 23 de julio de 2019.
5.º Notificar el presente acuerdo a los grupos municipales, a Intervención e incorporarlo al expediente a los efectos oportunos y proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de esta entidad local del presente acuerdo".
Cintruénigo, 2 de agosto de 2023.–El alcalde, Óscar Bea Trincado.
Código del anuncio: L2311544