BOLETÍN Nº 156 - 28 de julio de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Compensación por asistencia a sesiones de pleno

Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Tafalla de fecha 5 de julio de 2023, por el que se aprueba la compensación económica por asistencia acreditada o efectiva.

Tras la celebración de las elecciones celebradas el 28 de mayo de 2023, en la sesión plenaria que con carácter extraordinario se celebró el 17de junio de 2023 se constituyó la nueva corporación municipal para el mandato 2023-2027.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en su artículo 75 permite que los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma.

La retribución por asistencia está íntimamente vinculada a la concurrencia efectiva a las reuniones de los órganos colegiados de los que se trate de tal forma que carece de carácter mensual o periódico, debiendo acreditarse documentalmente la asistencia, pudiendo el importe variar según el órgano municipal de que se trate. Se trata de una dotación económica de naturaleza compensatoria por el esfuerzo, trabajo y dedicación que inevitablemente conlleva la preparación y estudio de los asuntos tratados.

En su virtud, el pleno del Ayuntamiento de Tafalla, a propuesta del alcalde de la Corporación,

ACUERDA:

Primero.–Aprobar la siguiente compensación económica por asistencia acreditada o efectiva:

Asistencia a sesiones plenarias ordinarias: 350 euros máximo mensuales correspondiente a un pleno al mes.

–Si se celebran más en un mismo mes, no serán compensados.

–En casos especiales en los que por motivos de fuerza mayor se suspenda la celebración del pleno ordinario de cualquier mes, y este se celebre en el mes siguiente pero con la misma consideración de pleno ordinario, se procederá igualmente a la liquidación de dicha compensación económica.

Segundo.–Señalar que dichas cantidades no podrán ser percibidas por las o los concejales que tengan asignada una dotación económica por dedicación exclusiva o parcial.

Tercero.–Determinar que estas cantidades deberán actualizarse anualmente según lo que para el personal funcionario disponga la Ley de Presupuestos generales de Navarra de cada año.

Cuarto.–Trasladar el presente acuerdo al Área de Servicios Económicos y Desarrollo Local.

Quinto.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tafalla así como en el Tablón Edictal Municipal.

Tafalla, 7 de julio de 2023.–El alcalde, Xabier Alcuaz Andueza.

Código del anuncio: L2310475