BOLETÍN Nº 155 - 27 de julio de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ATETZ

Convocatoria para la contratación de un puesto de trabajo de empleado servicios múltiples, en régimen laboral fijo (75% jornada)

Vistas las necesidades del Ayuntamiento de Atetz en lo que respecta a contar con una persona que se ocupe de estas funciones de servicios múltiples y control de las redes y averías, en general.

Para la correcta prestación y desempeño de las competencias de abastecimiento y saneamiento a cargo de este Ayuntamiento se hace preciso que la misma se provea de los efectivos previstos en la plantilla orgánica aprobada (1 plaza de servicios múltiples 75% jornada).

Igualmente resulta de importancia contar con una lista con la que poder contratar para momentos puntuales de trabajo, sustituciones u otras necesidades que pudieran surgir y que se deben atender de la manera más eficiente posible, a fin de que el normal funcionamiento de los servicios no se vea afectados.

Por todo ello, mediante resolución de Alcaldía, se ha aprobado la convocatoria para la contratación de un puesto de trabajo de servicios múltiples, en régimen laboral con una jornada del 75%. Constitución de una relación de aspirantes para posibles sustituciones, bajas o necesidades de refuerzo, conforme a lo establecido en la oferta pública de empleo para el ejercicio 2023, por lo que de conformidad con el artículo 25 por remisión del artículo 36, ambos del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, se proceden a publicar las siguientes:

BASES

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE EMPLEADO DE SERVICIOS MÚLTIPLES EN RÉGIMEN LABORAL FIJO Y CON 75% DE JORNADA ASI COMO CONSTITUCION DE LISTA DE ASPIRANTES A LA CONTRATACION TEMPORAL PARA POSIBLES SUSTITUCIONES PARA BAJAS O NECESIDADES DE REFUERZO

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, mediante el sistema de concurso-oposición, la contratación de un puesto de trabajo de Servicios Múltiples, en régimen laboral fijo encuadrado en el nivel D, con un 75% de jornada, así como la constitución de una relación de aspirantes para posibles sustituciones, bajas o necesidades de refuerzo al servicio del Ayuntamiento del Valle de Atetz, de conformidad con lo previsto en el citado artículo 42, a) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de retribuciones (por ser las funciones a realizar propias de este nivel) y las retribuciones complementarias previstas en la Plantilla Orgánica.

1.3. El régimen de jornada de trabajo y horario será el establecido para dicho puesto de trabajo por la plantilla orgánica, adaptándose en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano competente. Perteneciendo el puesto de trabajo al Área de Servicios Generales, la jornada podrá en su caso incluir trabajos en domingos y festivos. La jornada según plantilla orgánica es del 75%.

Base 2.–Funciones.

Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel relacionados con las actividades, instalaciones y obras, vinculadas al servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento prestado desde el Ayuntamiento del Valle de Atetz y que fueran propias de la brigada de mantenimiento general y obras. Entre sus funciones se realizarán tareas de limpieza de los edificios municipales, así como de la kultur-eskola De entre ellos, a título meramente enunciativo y no excluyente, se encuentran los siguientes:

–Servicios múltiples relacionados con las actividades propias de la brigada de mantenimiento general de las instalaciones y obras.

–Manejo, mantenimiento y reparación de maquinaria, herramienta y utillaje propios del servicio.

–Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano que sea preciso de acuerdo con las competencias y servicios del Ayuntamiento de Atetz así como vallas, elementos de cierre, señalizaciones, etc...

–Traslado y colocación de mobiliario y enseres que sean precisos de acuerdo con las competencias y servicios del Ayuntamiento del Valle de Atetz.

–Conducción de vehículos y manejo de maquinaria propia del servicio, hasta carnet conducción tipo B inclusive.

–Realizar las labores de mantenimiento y reparación en las dependencias, bienes inmuebles y resto de las infraestructuras del Ayuntamiento del Valle de Atetz, y fuera de ellas: fontanería, electricidad, pintura, albañilería, soldadura, carpintería, mecánica, limpieza, apertura y cierre de zanjas.

–Realizar nuevas instalaciones y acciones de mejora que les sean encomendadas dentro de su nivel, así como realizar labores de mantenimiento básico.

–Realizar la limpieza de las instalaciones, bienes inmuebles y resto de las infraestructuras del Ayuntamiento del Valle de Atetz de acuerdo con las posibilidades y los medios disponibles.

–Colaborar con otros servicios del Ayuntamiento del Valle de Atetz cuando fuera así requerido.

–Organizará, distribuirá y controlará la utilización, puesta a punto y mantenimiento de todas las Redes de Abastecimiento y Saneamiento, así como los trabajos y tareas que se subcontraten y el rendimiento de los mismos.

–Realizará el control de los trabajos y funcionamiento de las instalaciones y obras vinculadas al servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento prestado desde el Ayuntamiento de Atetz, así como supervisar el funcionamiento de las empresas contratadas para la prestación de los servicios de todas las Redes de Abastecimiento y Saneamiento y demás empresas contratadas que realicen funciones relacionadas con el objeto de la Plaza.

–Priorizará, de acuerdo con las indicaciones de Alcaldía o persona en quien ésta delegue, el orden de los trabajos a realizar.

–Vigilará y controlará toda la maquinaria, herramientas, vehículos, etc., pertenecientes a sus servicios.

–Controlará las medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

–Apertura y cierres de las dependencias municipales, así como puertas y ventanas, luces, calefacción, etc., así como la preparación de salas, aulas y otras instalaciones cuando así se le indique.

–Mantenimiento de pistas y de la red de senderos, limpieza, podas, plantaciones, señalización, etc.

–Mantenimientos viviendas alquiladas.

–Colaboración en trabajos relacionados con fiestas, actividades culturales y deportivas y otros trabajos afines que le sean encomendados por la corporación municipal y sean necesarias por razón del servicio.

–Labores de apoyo a la actividad administrativa del Ayuntamiento: notificación de documento.

–Ejecutará cuantas otras funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

Igualmente serán propias del cargo de Servicios múltiples, las siguientes tareas generales:

–Cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Comunicar puntualmente al coordinador deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales.

–Fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Revisión del correcto estado de las instalaciones y espacios públicos competencia del Ayuntamiento del Valle de Atetz así como estado de inmuebles de la misma proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.

–Prestación de cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la Presidencia del Ayuntamiento del Valle de Atetz u órganos delegados, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría; comprendiendo tareas de ejecución y auxilio a niveles superiores.

De la misma manera, realizarán actuaciones y gestiones fuera de las dependencias del Ayuntamiento del Valle de Atetz, si hubiera lugar.

Base 3.–Requisitos de los aspirantes.

Las personas aspirantes al puesto de trabajo deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español o española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

Podrán también participar el cónyuge de las personas españolas, de las nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de las nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como las personas descendientes de éstas y las personas descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo de Empleado de Servicios Múltiples.

e) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

g) Conocimiento de euskera: El nivel de conocimiento exigido será el calificado como B2 según el vigente sistema de valoración o equivalente (4.º curso de la Escuela Oficial de Idiomas o 9.ª urratsa).

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el período de contratación.

Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por las personas aspirantes que resulten seleccionadas y sean llamados para su contratación temporal, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato.

Base 4.–Solicitudes.

4.1. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Atetz (calle San Miguel 1, de Eritzegoiti de Atetz): el horario de apertura de las oficinas es de 08:00 a 15:00 horas de la mañana, de lunes a viernes, excluyendo los días inhábiles, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria y Bases en el Boletín Oficial de Navarra, o bien podrán presentarse en cualquiera de las formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.2. Las instancias deben ajustarse al modelo publicado en la presente Convocatoria como Anexo I.

4.3. A la misma se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificados originales o copias autenticadas acreditativas de los méritos alegados que deban ser valorados en la fase de concurso, señalando los méritos que se alegan en la propia instancia.

4.4. El plazo señalado para la presentación de instancias es improrrogable.

4.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4.6. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por el órgano competente.

4.7. Las personas aspirantes deberán acreditar el conocimiento de euskera mediante la presentación de Titulación B2 o equivalente.

Base 5.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en su caso, que se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento, su página web y en el Boletín Oficial de Navarra.

5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido, mediante escrito presentado en el Ayuntamiento del Valle de Atetz.

5.3. Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Presidencia del Ayuntamiento del Valle de Atetz, aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento, junto con la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

Base 6.–Tribunal calificador: constitución y actuaciones.

6.1. El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: don Iban Baztan Ibáñez, concejal del Ayuntamiento del Valle de Atetz.

Suplente: doña Paula Ibero Baraibar, alcaldesa del Ayuntamiento del Valle de Atetz.

Primer vocal: don Patxi Biurrarena Barrenetxea, empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Basaburua.

Suplente: un/a técnico/a designar.

Segundo vocal: don Xabi Sarasa Erice, empleado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Imotz.

Suplente: a designar.

Tercer vocal: don Javier Larrea Rastrilla, oficial de funcionamiento e Instalación del Ayuntamiento de Pamplona.

Suplente: a designar.

Vocal secretario: don Alberto Fernández Ejea, secretario del Ayuntamiento del Valle de Atetz.

Suplente: otro/a secretario/a-interventor/a de alguno de los Ayuntamientos de la zona designado al efecto.

6.4. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la Convocatoria; en caso de empate, la Presidencia puede hacer uso del voto de calidad.

6.5. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el tribunal y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 7.–Desarrollo y valoración del concurso-oposición.

7.1. Fase de concurso. Máximo 20 puntos.

7.1.1. La fase de concurso consistirá en la calificación por el Tribunal de los méritos alegados por las personas aspirantes.

7.1.2. Valoración del concurso.

La fase del concurso tendrá una valoración máxima de 20 puntos distribuidos de la siguiente forma:

–Por haber trabajado en una Administración Pública, en puestos de similares características que las del puesto que se convoca (realizando cualesquiera de las funciones expresamente enumeradas en el apartado 2. de estas Bases, en la categoría de nivel D o superior) -que deberá acreditarse mediante certificado de la Administración Pública correspondiente-: 1 punto por cada año; por fracción, la parte proporcional; con un máximo 10 puntos.

–Por titulación en Formación Profesional de segundo grado relacionado con las funciones del puesto de trabajo : 5 puntos.

–Por formación relacionada con las funciones del puesto que incluyan las materias de manejo de maquinaria, albañilería, fontanería, electricidad, soldadura, jardinería, mantenimiento o fitosanitarios : se sumarán las horas de todos los cursos y se otorgará una puntuación de 0,1 puntos por hora de duración del curso, con un máximo de 5 puntos.

7.2. Fase de oposición.

Los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas correspondientes a esta Convocatoria se publicarán exclusivamente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Atetz y en el lugar de celebración de las pruebas.

7.3. Los ejercicios de la oposición que sean susceptibles de ello, se realizarán por el sistema de plicas cerradas y su puntuación máxima total será de 80 puntos. Constará de los siguientes ejercicios:

7.3.1. Primer ejercicio, de carácter práctico: consistirá en la realización de ejercicios prácticos relacionados con las funciones propias del puesto relacionadas en el anexo II Temario., inclusive manejo de todo tipo de maquinaria.

La valoración de este ejercicio tendrá una puntuación total máxima de 50 puntos, siendo eliminatorio.

7.3.2. Segundo ejercicio, de carácter teórico: consistirá en responder por escrito a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que solo una de ellas será la correcta, relativas al temario que se indica en el anexo II de la presente convocatoria. En esta prueba el tribunal podrá conceder hasta un máximo de 30 puntos. El criterio de valoración de cada prueba y la penalización de los errores en las preguntas con respuesta alternativa se detallarán antes del comienzo de las mismas. Superarán la prueba aquellas personas que obtengan, al menos el 50% de la puntuación máxima establecida en la prueba.

Estos dos ejercicios podrán realizarse en el mismo día, y en horario continuado, pudiendo el tribunal establecer un período intermedio de descanso; o, en su caso, establecer varios días de realización de pruebas.

La duración máxima de los dos ejercicios se determinará por el tribunal antes de su comienzo.

Las pruebas darán comienzo a partir del mes de septiembre de 2023.

7.4. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único. Las personas aspirantes deberán acudir provistas de DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que acredite su identidad y el tribunal considere suficiente. Quedarán excluidas de la oposición las personas que no comparezcan o no acrediten su personalidad de la forma indicada.

Para las personas con minusvalías acreditadas (mediante certificación del órgano competente) que lo hayan solicitado en su instancia se establecerán las adaptaciones de tiempos y medios que procedan para la realización de los ejercicios.

Base 8.–Relación de aprobados y presentación de documentos por la persona seleccionada.

8.1. Terminada la calificación de las pruebas el Tribunal confeccionará una lista con las personas aprobadas, ordenadas de mayor a menor puntuación, y publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida. Igualmente remitirá la misma a la Alcaldía para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo, por el órgano competente.

El órgano competente aprobará la contratación y el nombramiento de la persona aspirante situada en primer lugar de la lista, en un plazo no superior a los tres meses desde la aprobación de la lista de las personas aprobadas y la finalización del expediente.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de la persona aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la prueba práctica del segundo ejercicio. En el supuesto de que persista el empate el mismo se resolverá mediante sorteo.

El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. La persona aspirante propuesta deberá presentar en el registro general del Ayuntamiento del Valle de Atetz con anterioridad al inicio del período de contratación, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.

b) Copia compulsada del título exigido en la base 3 de esta convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos de examen para su obtención (antes de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la convocatoria).

c) Certificado médico oficial, expedido por el Colegio Oficial de Médicos, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo de empleado de servicios múltiples.

d) Las personas aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada bajo su responsabilidad de no hallarse la persona aspirante inhabilitada o suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de ninguna Administración pública.

f) Si la persona aspirante propuesta no tuviera la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

g) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos/as que pertenezcan a la Unión Europea.

h) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos/as de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

i) La demás documentación que les sea requerida por el Ayuntamiento de Atetz.

8.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, la persona aspirante propuesta no presentase los documentos indicados en el punto anterior, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en su instancia.

Base 9.–Gestión de las listas de contratación.

9.1. Las listas de contratación tendrán una vigencia de cuatro años, salvo que se agote en un plazo inferior o se realice una nueva convocatoria.

9.2. Normas de gestión de la lista de personas aspirantes para la contratación temporal.

A) Llamamiento:

La contratación de las personas aspirantes aprobadas se efectuará, con carácter general, previo llamamiento individual de acuerdo con las necesidades del servicio.

Con el fin de facilitar su localización, las personas aspirantes podrán comunicar varios teléfonos de contacto, dirección de correo electrónico, que deberán mantener continuamente actualizadas.

El llamamiento de las personas aspirantes se efectuará de acuerdo con el orden de prelación en que figuren en la correspondiente lista. No obstante lo anterior, para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la disposición adicional séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

A cada persona aspirante al que se oferte un contrato por teléfono, se realizarán al menos tres intentos de localización, a través de los medios de comunicación facilitados, durante un periodo de dos días.

De cada llamamiento se dejará constancia por escrito, señalando las circunstancias, fecha y hora en la que se ha efectuado.

Cuando una persona aspirante no pueda ser localizada se contactará con la siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de trabajo ofertados sean cubiertos.

Las personas interesadas con los que no se haya podido contactar mantendrán su lugar en la lista correspondiente.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los llamamientos, cuando una persona aspirante esté desempeñando o haya desempeñado un puesto de trabajo en el Ayuntamiento del Valle de Atetz en virtud de esta convocatoria y dentro del plazo de los 12 meses siguientes a la finalización del citado contrato se produzca la necesidad de proveer un puesto de trabajo igual en dicha entidad se le ofertará el contrato a dicha persona aspirante, siempre que, en el momento del nuevo llamamiento, esté disponible en la correspondiente lista.

Una persona contratada podrá renunciar a su contrato por otro de larga duración, siempre que se produzca en el ámbito de su lista y sea a ella a quien por orden de prelación le corresponda.

B) Renuncias:

1. Si alguna persona aspirante renunciare al puesto de trabajo ofertado pasará el último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

1.–Estar obligada en virtud de un nombramiento o contrato administrativo o laboral en vigor.

2.–Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia por maternidad o adopción.

3.–Tener a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción.

4.–Tener a su cuidado a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

5.–Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la renuncia se produce dentro de los quince días naturales siguientes o anteriores a su constitución.

Las personas aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en el apartado anterior, o en circunstancias asimiladas que deberán ser valoradas por el órgano competente en materia de contratación, deberán acreditarlo documental y fehacientemente en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se les haya ofertado el puesto de trabajo al que renuncian, en cuyo caso permanecerán en el mismo lugar que ocupan en la lista.

En todos los casos enumerados en el apartado primero del presente artículo las personas aspirantes deberán comunicar su disponibilidad para prestar servicios, mediante documentación en la que se indique la fecha de finalización de la situación que justificó la renuncia. Mientras no se produzca esta comunicación, no se les ofertará ningún puesto de trabajo.

C) Exclusiones:

Serán excluidas de la lista que haya dado lugar al llamamiento, las personas aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Renuncia injustificada al puesto de trabajo ofertado.

b) Renuncia al contrato suscrito.

c) No suscripción del correspondiente contrato, una vez aceptado el puesto de trabajo en virtud del llamamiento.

9.3. Las personas contratadas serán dadas de alta y afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

Base 10.–Contratación e inicio del contrato.

10.1. La Alcaldía del Ayuntamiento del Valle de Atetz será el órgano competente para suscribir la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la Base 1 de esta Convocatoria, de la persona aspirante propuesta que haya dado cumplimiento a lo dispuesto en las bases anteriores.

10.2. La persona aspirante contratada deberá iniciar el desempeño del puesto de trabajo el día que proceda según contrato formalizado al efecto.

10.3. Se establece un periodo de prueba de un mes desde la fecha de inicio de su contratación.

Base 11.–Aplicación supletoria.

En todo lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación lo establecido en la normativa vigente en la materia que resulte aplicable.

Base 12.–Recursos.

12.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas, se podrá interponer:

a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona que proceda en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

b) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano de la Administración convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Eritzegoiti de Atetz, 20 de junio de 2023.–La alcaldesa, Paula Ibero Baraibar.

ANEXO I

Modelo de solicitud (PDF).

ANEXO II.–TEMARIO

Tema 1.–Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas; uso y mantenimiento. Principales obras de albañilería. Principales reparaciones de albañilería.

Tema 2.–Fontanería: conceptos generales de fontanería y calefacción.. Herramientas y útiles. Mantenimiento de instalaciones de fontanería. Averías y reparaciones. Esquemas de fontanería.

Tema 3.–Conceptos básicos sobre electricidad. Instalaciones eléctricas. Transporte de energía eléctrica. Dispositivos de mando y protección. Puesta a tierra. Conductores y aislantes. Canalizaciones. Herramientas y útiles empleados en trabajos de electricidad. Tipos de averías y sus reparaciones. Instalaciones de alumbrado. Instalaciones interiores. Esquemas eléctricos.

Tema 4.–Carpintería: conceptos generales. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Trabajos de mantenimiento y reparaciones más frecuentes.

Tema 5.–La Cerrajería: consideraciones generales. Tareas básicas de cerrajería. Herramientas y útiles de trabajo. Reparaciones y mantenimiento.

Tema 6.–Conceptos generales sobre pintura en exteriores e interiores. Herramientas para aplicar y quitar pinturas: limpieza y conservación. Errores y reparaciones más habituales.

Tema 7.–Conocimientos generales de metalistería y soldadura.

Tema 8.–Acopio de materiales y herramientas. Organización y mantenimiento.

Tema 9.–Jardinería: Consideraciones generales. Tareas básicas de jardinería. Herramientas y maquinaría. Desbrozadora y motosierra.

Tema 10.–Sistemas de abastecimiento y saneamiento. Conceptos generales. Elementos de las instalaciones. Ubicación y estado de redes de abastecimiento, saneamiento y depósitos del valle de Atetz. Líneas de tuberías de mediante las que se presta el servicio. Secciones y arquetas.

Tema 11.–Materiales, aparatos y herramientas a emplear para el mantenimiento de las redes, acometidas Obras comunes y frecuentes.

Tema 12.–Contadores de agua. Tipos y lecturas.

Tema 13.–Cloración y otros sistemas de depuración del agua para que sea apta para el consumo humano, niveles aceptables.

Tema 14.–EPIS. Equipos de protección individual y colectivo en los trabajos habituales relacionados con el puesto de trabajo.

Código del anuncio: L2310512