BOLETÍN Nº 146 - 13 de julio de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 201E/2023, de 2 de junio, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, por la que se deniega la autorización para la modificación sustancial de la planta de hormigón y asfalto, cuyo titular es Hormigones Beriain, S. A., ubicada en término municipal de Buñuel, con objeto de llevar a cabo el proyecto de planta de asfalto.

Con fecha 22/12/2021, el titular de esta instalación, actualmente en funcionamiento, sometida al régimen de autorización ambiental unificada, comunicó la modificación de su instalación, con objeto de poder llevar a cabo el proyecto de Planta de asfalto, respecto del cual, este Servicio emitió con fecha 12/01/2022 un dictamen de modificación sustancial procediéndose a dar inicio al presente expediente de modificación sustancial.

Con fecha 08/08/2022, el servicio de Territorio y Paisaje ha emitido informe desfavorable, a los efectos de autorización territorial de actividad en suelo no urbanizable, por los siguientes motivos:

–Las parcelas 385, 386, 387, 388 y 389 del polígono 3 de Buñuel en el planeamiento urbanístico municipal vigentes se identifican como suelo no urbanizable de protección para su explotación natural (elevada capacidad agrológica), categoría en la que la implantación de una planta de asfaltado no es autorizable.

–La planta, ya construida, se halla situada parcialmente encima del camino de separación entre las parcelas 385, 386, 387, 388, 389 del polígono 3 y la parcela 733, pese al condicionado de la autorización para la extracción de gravas en esas parcelas (expediente. Y-0562-07) e incumpliendo el artículo 111.2 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como el artículo 13.1.b) de la modificación del Plan Municipal de Buñuel aprobada mediante la Orden Foral 81E/2019 de 9 de mayo, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Una primera propuesta de resolución fue sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días. Como consecuencia de las alegaciones presentadas, se elaboró una segunda propuesta de resolución que ha vuelto a ser sometida a un trámite de audiencia con el titular, durante un nuevo período de quince días. En el anejo II de la presente resolución se incluyen una relación de las alegaciones presentadas por el titular y la respuesta a las mismas por parte del Servicio de Territorio y Paisaje.

En consecuencia, procede la denegación de la autorización para la modificación sustancial solicitada.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Denegar la autorización para la modificación sustancial de la planta de hormigón y asfalto, cuyo titular es Hormigones Beriain, S. A., ubicada en término municipal de Buñuel, con objeto de llevar a cabo el proyecto de planta de asfalto.

Segundo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución

Cuarto.–Trasladar la presente resolución a Hormigones Beriain, S. A., al Ayuntamiento de Buñuel, al servicio de Protección Civil y Emergencias, al servicio de Territorio y Paisaje, al servicio de Biodiversidad y al servicio de Guarderío de Medio Ambiente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de junio de 2023.–El director del servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la dirección general de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/

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